Cadena del Gas Natural en Colombia - Unidad de Planeación ...
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PRECIOSAun cuando la metodología de cálculo utilizada por la CREG responde a los costos medios de expansióndel sistema de transporte, el recobro de las inversiones se ha visto afectado por las discrepancias habidasentre el factor de demanda previsto y el real, de modo tal que el sistema de transporte de Ecogas hapresentado en muchos de sus tramos factores de utilización muy bajos. Así mismo, las expansionesrealizadas para atender la mayor demanda eléctrica han tenido problemas financieros.En la actualidad la tarifa media internalizada en tarifas de distribución es de 1.76 US$/MBTU para las áreasexclusivas y de 1.08 US$/MBTU para las áreas no exclusivas. Es decir, considerando que la mayor demandase halla concentrada en éstas últimas, la tarifa media ha rondado los 1.2 US$/MBTU.Si se consideran parámetros estándar de costos de inversión en gasoductos del orden de los 60 millonesde dólares por m 3 /día de capacidad adicional (el valor es aproximadamente similar al que surge de dividirla inversión en gasoductos reconocida por la CREG al 31 de diciembre de 2004 por la demanda diariamedia) y que las proyecciones de incremento de la demanda entre 2006 y 2025 se sitúan en un orden de39 millones de m 3 /día, se infiere que se requerirán inversiones en transporte de gas del orden de los2,330 millones de dólares. Considerando el cociente entre en VNA 23 al 16% de los flujos transportadosvalorados a una tarifa promedio de 1,2 US$/MBTU y las inversiones requeridas, se tiene que la tarifacubriría adecuadamente los costos de expansión.De otra parte, puede pensarse también que en un mercado de gas natural en vías de maduración comoel colombiano con dos grandes campos de producción, un sistema de transporte con dos ramales principaleshasta Vasconia y de ahí en adelante un solo gran gasoducto al interior del país, podría lograr una mayorpenetración del gas natural mediante una tarifa estampilla antes que un esquema basado en señales dedistancia, abriendo las puertas a una mayor competencia entre los campos de gas para atender losmercados del interior y de la Costa Atlántica.Además, el modelo tarifario que se defina para ser aplicado con posterioridad a 2007, debe ser tal quepermita el intercambio de gas entre los Sistemas del Norte y del Sur de tal manera que sea posible apoyarnuevos negocios en ambos sistemas, en particular teniendo en cuenta que los nuevos desarrollos del sectorde gas pueden estar orientados a los negocios de exportación o de GTL.4.3 Regulación de distribución y comercializaciónLa política regulatoria que entró en vigencia con la Resolución 057 de 1996, estableció un cargo máximopor distribuidor, el cual reflejaba todos los costos en que éste incurre en la prestación del servicio,incluyendo los costos de comercialización. Por tratarse de tarifas máximas, el Distribuidor podía modificarla tarifa de distribución hacia abajo en el momento que algún otro comercializador quisiera atender unusuario no regulado, aún por debajo de los costos económicos de prestación del servicio.La nueva regulación que entró en vigencia mediante la Resolución 011 de 2003, estableció una metodologíaque permite al distribuidor estructurar tarifas diferenciales por rangos de consumo de tal manera que losingresos totales no superen los que corresponden al cargo promedio de distribución y se basa en laaplicación de los llamados cargos por uso de los sistemas de distribución con fundamento en los siguientesprincipios generales: i) los usuarios pagarán un único cargo por el uso de cada sistema, ii) se remunerarála infraestructura necesaria para llevar el suministro desde el punto de salida del Sistema Nacional deTransporte hasta el punto de entrega al usuario y iii) el cargo por uso deberá ser el mismo23VNA: Valor Presente Neto.79
LA CADENA DEL GAS NATURAL EN COLOMBIAindependientemente del Comercializador que lo atienda. Considera también la inversión en expansiónpara los siguientes cinco años.El marco regulatorio de la distribución de gas natural de igual forma contempla criterios de eficienciaestableciendo ajustes entre la longitud total del sistema de distribución y el número de usuarios, asícomo ajuste en costos de nuevas inversiones por medio de la definición de los costos eficientes de lasUnidades Constructivas.En lo que respecta a la Comercialización del Gas Natural, la Resolución 057 de 1996 estableció un cargoúnico para todos los mercados o agentes, el cual estaba fijado en $3/m 3 desde noviembre de 1995,ajustándolo anualmente con el índice de precios al consumidor - IPC. Esta tarifa no permitía la incursiónde otros comercializadores por cuanto el Distribuidor de una zona compite con el cargo de distribucióncuyo efecto final en la tarifa es muy superior al cargo de comercialización.Con la Resolución 011 de 2003 los comercializadores tienen oportunidad de competir por el mercado noregulado, ya que las tarifas de distribución actuales son únicas para cada mercado, y las tarifas decomercialización son máximas, lo cual permite competir con eficiencias en la compra del gas, la negociacióndel servicio de transporte y la eficiencia en la prestación del servicio, permitiendo así cobrar un cargo porcomercialización acorde con los servicios prestados.En general esta metodología, como se mencionó anteriormente, le permite al distribuidor establecertarifas por volumen, lo que dificulta aún más los procesos de competencia por cuanto el distribuidorpuede establecer para su propio mercado la “canasta de tarifas” que más le convenga a sus intereses yque además le permita neutralizar la incursión de comercializadores independientes.De otra parte, esta metodología puede prestarse para que los usuarios regulados terminen apalancandoa los no regulados, por dos consideraciones a saber: i) la discriminación tarifaria por volumen autorizadaexplícitamente en la Resolución 011 de 2003 y ii) carencia de información de los usuarios sobre lasprácticas comerciales de los distribuidores y en particular sobre las escalas de tarifas con respecto avolumen.Esta situación constituye una barrera de acceso para el ingreso de un comercializador externo por larestricción de información, salvo en aquellos casos de usuarios no regulados que pueden conectarsedirectamente al sistema de transporte haciendo by-pass a la red de distribución.De otra parte, un análisis efectuado ha mostrado una considerable amplitud de las tarifas de distribuciónpara cubrir los costos totales a una tasa de rentabilidad adecuada. Tal holgura proviene del hecho que lasempresas presentan a los fines del cálculo de las tarifas, cifras de planes de inversión quinquenal queimplican costos marginales superiores a los medios. En este contexto, la regulación debería tender avincular los cargos con inversiones reales.4.4 Tarifas de gas naturalExisten en Colombia 15 áreas de distribución no exclusivas y 6 áreas de servicio exclusivo. A continuaciónse presenta la formación de precios en ambas categorías, a nivel de tarifa media estimada.4.4.1 Áreas de Servicio ExclusivoSe hallan las siguientes distribuidoras: Gases del Quindío; Gases de Risaralda; Gases del Norte del Valle;Gas Natural del Centro; Gas Natural Cundiboyacense; Alcanos de Colombia, Centro y Tolima.80
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LA CADENA DEL GAS NATURAL EN COLOMBIAin<strong>de</strong>p<strong>en</strong>di<strong>en</strong>tem<strong>en</strong>te <strong><strong>de</strong>l</strong> Comercializador que lo ati<strong>en</strong>da. Consi<strong>de</strong>ra también la inversión <strong>en</strong> expansiónpara los sigui<strong>en</strong>tes cinco años.El marco regulatorio <strong>de</strong> la distribución <strong>de</strong> gas natural <strong>de</strong> igual forma contempla criterios <strong>de</strong> efici<strong>en</strong>ciaestableci<strong>en</strong>do ajustes <strong>en</strong>tre la longitud total <strong><strong>de</strong>l</strong> sistema <strong>de</strong> distribución y el número <strong>de</strong> usuarios, asícomo ajuste <strong>en</strong> costos <strong>de</strong> nuevas inversiones por medio <strong>de</strong> la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong> los costos efici<strong>en</strong>tes <strong>de</strong> las<strong>Unidad</strong>es Constructivas.En lo que respecta a la Comercialización <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>Gas</strong> <strong>Natural</strong>, la Resolución 057 <strong>de</strong> 1996 estableció un cargoúnico para todos los mercados o ag<strong>en</strong>tes, el cual estaba fijado <strong>en</strong> $3/m 3 <strong>de</strong>s<strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 1995,ajustándolo anualm<strong>en</strong>te con el índice <strong>de</strong> precios al consumidor - IPC. Esta tarifa no permitía la incursión<strong>de</strong> otros comercializadores por cuanto el Distribuidor <strong>de</strong> una zona compite con el cargo <strong>de</strong> distribucióncuyo efecto final <strong>en</strong> la tarifa es muy superior al cargo <strong>de</strong> comercialización.Con la Resolución 011 <strong>de</strong> 2003 los comercializadores ti<strong>en</strong><strong>en</strong> oportunidad <strong>de</strong> competir por el mercado noregulado, ya que las tarifas <strong>de</strong> distribución actuales son únicas para cada mercado, y las tarifas <strong>de</strong>comercialización son máximas, lo cual permite competir con efici<strong>en</strong>cias <strong>en</strong> la compra <strong><strong>de</strong>l</strong> gas, la negociación<strong><strong>de</strong>l</strong> servicio <strong>de</strong> transporte y la efici<strong>en</strong>cia <strong>en</strong> la prestación <strong><strong>de</strong>l</strong> servicio, permiti<strong>en</strong>do así cobrar un cargo porcomercialización acor<strong>de</strong> con los servicios prestados.En g<strong>en</strong>eral esta metodología, como se m<strong>en</strong>cionó anteriorm<strong>en</strong>te, le permite al distribuidor establecertarifas por volum<strong>en</strong>, lo que dificulta aún más los procesos <strong>de</strong> compet<strong>en</strong>cia por cuanto el distribuidorpue<strong>de</strong> establecer para su propio mercado la “canasta <strong>de</strong> tarifas” que más le conv<strong>en</strong>ga a sus intereses yque a<strong>de</strong>más le permita neutralizar la incursión <strong>de</strong> comercializadores in<strong>de</strong>p<strong>en</strong>di<strong>en</strong>tes.De otra parte, esta metodología pue<strong>de</strong> prestarse para que los usuarios regulados termin<strong>en</strong> apalancandoa los no regulados, por dos consi<strong>de</strong>raciones a saber: i) la discriminación tarifaria por volum<strong>en</strong> autorizadaexplícitam<strong>en</strong>te <strong>en</strong> la Resolución 011 <strong>de</strong> 2003 y ii) car<strong>en</strong>cia <strong>de</strong> información <strong>de</strong> los usuarios sobre lasprácticas comerciales <strong>de</strong> los distribuidores y <strong>en</strong> particular sobre las escalas <strong>de</strong> tarifas con respecto avolum<strong>en</strong>.Esta situación constituye una barrera <strong>de</strong> acceso para el ingreso <strong>de</strong> un comercializador externo por larestricción <strong>de</strong> información, salvo <strong>en</strong> aquellos casos <strong>de</strong> usuarios no regulados que pued<strong>en</strong> conectarsedirectam<strong>en</strong>te al sistema <strong>de</strong> transporte haci<strong>en</strong>do by-pass a la red <strong>de</strong> distribución.De otra parte, un análisis efectuado ha mostrado una consi<strong>de</strong>rable amplitud <strong>de</strong> las tarifas <strong>de</strong> distribuciónpara cubrir los costos totales a una tasa <strong>de</strong> r<strong>en</strong>tabilidad a<strong>de</strong>cuada. Tal holgura provi<strong>en</strong>e <strong><strong>de</strong>l</strong> hecho que lasempresas pres<strong>en</strong>tan a los fines <strong><strong>de</strong>l</strong> cálculo <strong>de</strong> las tarifas, cifras <strong>de</strong> planes <strong>de</strong> inversión quinqu<strong>en</strong>al queimplican costos marginales superiores a los medios. En este contexto, la regulación <strong>de</strong>bería t<strong>en</strong><strong>de</strong>r avincular los cargos con inversiones reales.4.4 Tarifas <strong>de</strong> gas naturalExist<strong>en</strong> <strong>en</strong> <strong>Colombia</strong> 15 áreas <strong>de</strong> distribución no exclusivas y 6 áreas <strong>de</strong> servicio exclusivo. A continuaciónse pres<strong>en</strong>ta la formación <strong>de</strong> precios <strong>en</strong> ambas categorías, a nivel <strong>de</strong> tarifa media estimada.4.4.1 Áreas <strong>de</strong> Servicio ExclusivoSe hallan las sigui<strong>en</strong>tes distribuidoras: <strong>Gas</strong>es <strong><strong>de</strong>l</strong> Quindío; <strong>Gas</strong>es <strong>de</strong> Risaralda; <strong>Gas</strong>es <strong><strong>de</strong>l</strong> Norte <strong><strong>de</strong>l</strong> Valle;<strong>Gas</strong> <strong>Natural</strong> <strong><strong>de</strong>l</strong> C<strong>en</strong>tro; <strong>Gas</strong> <strong>Natural</strong> Cundiboyac<strong>en</strong>se; Alcanos <strong>de</strong> <strong>Colombia</strong>, C<strong>en</strong>tro y Tolima.80