12.07.2015 Views

programa - Facultad Mexicana de Arquitectura, Diseño y ...

programa - Facultad Mexicana de Arquitectura, Diseño y ...

programa - Facultad Mexicana de Arquitectura, Diseño y ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

NORMAS Y REGLAMENTACIONARTÍCULO 49.- En el caso <strong>de</strong> las zonas arboladas que la obra pueda afectar, la Delegación establecerá lascondiciones mediante las cuales se llevará a cabo la reposición <strong>de</strong> los árboles afectados con base en lasdisposiciones que al efecto expida la Secretaría <strong>de</strong>l Medio Ambiente.ARTÍCULO 79.- Las edificaciones <strong>de</strong>ben contar con la funcionalidad, el número y dimensiones mínimas <strong>de</strong> losespacios para estacionamiento <strong>de</strong> vehículos, incluyendo aquellos exclusivos para personas con discapacidad quese establecen en las Normas.ARTÍCULO 82.- Las edificaciones <strong>de</strong>ben estar provistas <strong>de</strong> servicios sanitarios con el número, tipo <strong>de</strong> muebles ycaracterísticas que se establecen a continuación :III. Los locales <strong>de</strong> trabajo y comercio con superficie hasta <strong>de</strong> 120 m2 y con hasta 15 trabajadores ousuarios contarán, como mínimo, con un excusado y un lavabo o verte<strong>de</strong>ro;IV. En los <strong>de</strong>más casos se proveerán los muebles sanitarios, incluyendo aquéllos exclusivos parapersonas con discapacidad, <strong>de</strong> conformidad con lo dispuesto en las Normas, yV. Las <strong>de</strong>scargas <strong>de</strong> agua residual que produzcan estos servicios se ajustarán a lo dispuesto en lasNormas y/o Normas Oficiales <strong>Mexicana</strong>sARTÍCULO 89.- Las edificaciones que se <strong>de</strong>stinen a industrias, establecimientos mercantiles, <strong>de</strong> servicios, <strong>de</strong>recreación, centros comerciales, obras en construcción mayores a 2,500 m2 y establecimientos <strong>de</strong>dicados allavado <strong>de</strong> autos, <strong>de</strong>be utilizar agua residual tratada, <strong>de</strong> conformidad con lo establecido en la Ley <strong>de</strong> Aguas <strong>de</strong>lDistrito Fe<strong>de</strong>ral, las Normas y <strong>de</strong>más disposiciones aplicables en la materia.ARTÍCULO 92.- La distancia <strong>de</strong>s<strong>de</strong> cualquier punto en el interior <strong>de</strong> una edificación a una puerta, a una circulaciónhorizontal o vertical que conduzca directamente a la vía pública, áreas exteriores o al vestíbulo <strong>de</strong> acceso <strong>de</strong> laedificación, medidas a lo largo <strong>de</strong> la línea <strong>de</strong> recorrido, será <strong>de</strong> cincuenta metros como máximo en edificaciones<strong>de</strong> riesgo alto y <strong>de</strong> sesenta metros como máximo en edificaciones <strong>de</strong> riesgos medio y bajo.ARTÍCULO 119.- Las edificaciones <strong>de</strong>stinadas a la educación, centros culturales, recreativos, centros <strong>de</strong>portivos, <strong>de</strong>alojamiento, comerciales e industriales <strong>de</strong>ben contar con un local <strong>de</strong> servicio médico para primeros auxilios <strong>de</strong>acuerdo con lo establecido en las Normas.ARTÍCULO 133.- Las edificaciones <strong>de</strong> salud, recreación, comunicaciones y transportes <strong>de</strong>ben tener sistemas <strong>de</strong>iluminación <strong>de</strong> emergencia con encendido automático, para iluminar pasillos, salidas, vestíbulos, sanitarios, salas ylocales <strong>de</strong> concurrentes, salas <strong>de</strong> curaciones, operaciones y expulsión y letreros indicadores <strong>de</strong> salidas <strong>de</strong>37emergencia en los niveles <strong>de</strong> iluminación establecidos en las Normas y las Normas Oficiales <strong>Mexicana</strong>s.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!