GACETA OFICIAL - Cámara de Diputados

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-16-________________________________________________________________________que hubiese recibido por concepto de pagos adelantados a la fecha de la desocupación delinmueble.DUODECIMO: Para los fines del presente contrato, EL VENDEDOR eligedomicilio en la oficina de la Administración General de Bienes Nacionales, y ELCOMPRADOR en la casa objeto del presente contrato.HECHO Y FIRMADO de buena fe, en cuatro originales, en Santo Domingo,Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de abril delaño mil novecientos ochentinueve (1989).POR EL ESTADO DOMINICANO:CAMILO ANTONIO NAZIR TEJADA,Capitán de Fragata, M. de G.Adm. Gral. de Bienes NacionalesVENDEDORMELBA A. DEL ROSARIO,COMPRADORYO, DRA. MERCEDES PIMENTEL DE CANALDA, Abogado-NotarioPúblico de los del Número del Distrito Nacional CERTIFICO y DOY FE: de que las firmasque anteceden fueron puestas en mi presencia libre y voluntariamente por los señores:CAMILO ANTONIO NAZIR TEJADA Y SRA. MELBA A. DEL ROSARIO, cuyasgenerales constan en este mismo documento, quienes me declararon que son esas las firmasque usan en todos los actos de su vida jurídica. En Santo Domingo, Distrito Nacional,capital de la República Dominicana a los trece (13) días del mes de enero del año milnovecientos ochentinueve (1989).DRA. MERCEDES PIMENTEL DE CANALDA,Abogado-Notario Público.DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional,en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, alos tres días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y seis; años 153 de laIndependencia y 134 de la Restauración.Amable Aristy Castro,PresidenteEnrique Pujals,SecretarioRafael Octavio Silverio,Secretario

-17-________________________________________________________________________DADA en la Sala de Sesiones de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, alos doce días del mes de octubre del año dos mil cuatro, años 161º de la Independencia y142º de la Restauración.Alfredo Pacheco Osoria,PresidenteNemencia de la Cruz Abad,SecretariaRamón Porfirio Colón VerasSecretario Ad-Hoc.LEONEL FERNANDEZPresidente de la República DominicanaEn ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de laConstitución de la República.PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en laGaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de laRepública Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de marzo del año dos mil seis(2006), años 163 de la Independencia y 143 de la Restauración.LEONEL FERNÁNDEZRes. No. 87-06 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominicano y laseñora Patria García Santos, mediante el cual el primero vende a la segunda unapartamento en El Pensador, Villa Duarte.Res. No. 87-06EL CONGRESO NACIONALEn Nombre de la RepúblicaVISTO el inciso 19 del Art. 37 de la Constitución de la República.

-17-________________________________________________________________________DADA en la Sala <strong>de</strong> Sesiones <strong>de</strong> <strong>Diputados</strong>, Palacio <strong>de</strong>l Congreso Nacional,en Santo Domingo <strong>de</strong> Guzmán, Distrito Nacional, Capital <strong>de</strong> la República Dominicana, alos doce días <strong>de</strong>l mes <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong>l año dos mil cuatro, años 161º <strong>de</strong> la In<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia y142º <strong>de</strong> la Restauración.Alfredo Pacheco Osoria,Presi<strong>de</strong>nteNemencia <strong>de</strong> la Cruz Abad,SecretariaRamón Porfirio Colón VerasSecretario Ad-Hoc.LEONEL FERNANDEZPresi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República DominicanaEn ejercicio <strong>de</strong> las atribuciones que me confiere el Artículo 55 <strong>de</strong> laConstitución <strong>de</strong> la República.PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en laGaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.DADA en Santo Domingo <strong>de</strong> Guzmán, Distrito Nacional, Capital <strong>de</strong> laRepública Dominicana, a los veintiocho (28) días <strong>de</strong>l mes <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong>l año dos mil seis(2006), años 163 <strong>de</strong> la In<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia y 143 <strong>de</strong> la Restauración.LEONEL FERNÁNDEZRes. No. 87-06 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominicano y laseñora Patria García Santos, mediante el cual el primero ven<strong>de</strong> a la segunda unapartamento en El Pensador, Villa Duarte.Res. No. 87-06EL CONGRESO NACIONALEn Nombre <strong>de</strong> la RepúblicaVISTO el inciso 19 <strong>de</strong>l Art. 37 <strong>de</strong> la Constitución <strong>de</strong> la República.

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