DERECHO FINANCIERO MEXICANO - Acceso al sistema
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Centro de Documentación, Información y AnálisisServicio de Investigación y AnálisisPolítica Interior20. LeyOrgánicadelBancoNacion<strong>al</strong>de ObrasyServiciosPúblicos.21. LeypararegularlasAgrupacionesFinancieras22. LeyPara LaTransparencia YOrdenamiento Denacion<strong>al</strong> y region<strong>al</strong> del país.La operación y funcionamiento de la Institución se re<strong>al</strong>izarácon apego <strong>al</strong> marco leg<strong>al</strong> aplicable y a las sanas prácticas yusos bancarios para <strong>al</strong>canzar en colaboración con el Sector,los objetivos de carácter gener<strong>al</strong> señ<strong>al</strong>ados en el artículo4o. de la Ley de Instituciones de Crédito.Artículo 1o.- La presente Ley rige <strong>al</strong> Banco Nacion<strong>al</strong> deObras y Servicios Públicos, Sociedad Nacion<strong>al</strong> de Crédito,institución de banca de desarrollo, con person<strong>al</strong>idad jurídicay patrimonio propios.Artículo 2o.- La Sociedad, en su carácter de banca dedesarrollo, prestará el servicio público de banca y créditocon sujeción a los objetivos y prioridades del Plan Nacion<strong>al</strong>de Desarrollo, y en especi<strong>al</strong> del Programa Nacion<strong>al</strong> deFinanciamiento del Desarrollo, de acuerdo a los programassectori<strong>al</strong>es y region<strong>al</strong>es y a los planes estat<strong>al</strong>es ymunicip<strong>al</strong>es, para promover y financiar las actividades ysectores que le son encomendados en la presente Ley.Artículo 3o.- El Banco Nacion<strong>al</strong> de Obras y ServiciosPúblicos, como institución de banca de desarrollo, tendrápor objeto financiar o refinanciar proyectos de inversiónpública o privada en infraestructura y servicios públicos, asícomo coadyuvar <strong>al</strong> fort<strong>al</strong>ecimiento institucion<strong>al</strong> de losgobiernos Feder<strong>al</strong>, estat<strong>al</strong>es y municip<strong>al</strong>es, con el propósitode contribuir <strong>al</strong> desarrollo sustentable del país.La operación y funcionamiento de la Institución, se re<strong>al</strong>izarácon apego <strong>al</strong> marco leg<strong>al</strong> aplicable y a las sanas prácticas yusos bancarios, buscando <strong>al</strong>canzar dentro de los sectoresencomendados <strong>al</strong> prestar el servicio público de banca ycrédito, los objetivos de carácter gener<strong>al</strong> señ<strong>al</strong>ados en elartículo 4o. de la Ley de Instituciones de Crédito.Artículo 1o.- La presente Ley tiene por objeto regular lasbases de organización y funcionamiento de los gruposfinancieros; establecer los términos bajo los cu<strong>al</strong>es habránde operar, así como la protección de los intereses dequienes celebren operaciones con los integrantes de dichosgrupos.Artículo 1. La presente Ley es del orden feder<strong>al</strong> y susdisposiciones son de orden público y de interés soci<strong>al</strong>.Tiene por objeto regular las Comisiones y Cuotas deIntercambio así como otros aspectos relacionados con losservicios financieros y el otorgamiento de créditos decu<strong>al</strong>quier natur<strong>al</strong>eza que re<strong>al</strong>icen las Entidades, con el finArtículos25párrafos1°, 2° y3°, 73fracciónX .Artículo73fracciónX .Artículo73fracciónX .- 45 -