DERECHO FINANCIERO MEXICANO - Acceso al sistema

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Centro de Documentación, Información y AnálisisServicio de Investigación y AnálisisPolítica Interior‣ Determinar las condiciones en que las instituciones de Crédito debancanjear y retirar los billetes y las monedas en circulación, para proveer que la monedaen poder del público satisfaga los requerimientos de éstos en cuanto al manejo deefectivo, y en general, procurar una adecuada composición de las diversas piezas queintegran la moneda circulante.‣ Por otra parte, debe homologarse con el régimen aplicable a lasinstituciones de banca múltiple, por lo que debe facultarse al Banco Central pararegular las operaciones que a continuación se indican de los bancos de desarrollo: Mercado de Dinero; y Operaciones financieras derivadas.Señala que el Banxico cuenta con un marco legal para regular prácticamente todasy cada una de las operaciones bancarias en sus tres expresiones:‣ Captación de recursos;‣ Otorgamiento de financiamientos; y‣ Prestación de servicios.b) Operar como acreedor de última instancia para las instituciones decrédito. 23 Dispone que la doctrina clásica considera que, la necesidad de unprestamista de última instancia surge cuando una corrida bancaria (demanda súbita ymasiva de dinero de alto poder) amenaza el acervo de circulante y, por lo tanto, elnivel de actividad económica.Debido a que los créditos que otorgan las instituciones de crédito son por lo generala un plazo mayor que los depósitos que reciben de los ahorradores, no cuentan con laliquidez suficiente para atender un retiro masivo, lo que puede provocar un colapso enel sistema financiero.c) Operaciones con entidades financieras. 24 La Ley del Banco de México,puede realizar diversas operaciones con las entidades financieras, entre ellas sedestacan:‣ Otorgar financiamientos a las instituciones de crédito. Estos serán mediante elotorgamiento de crédito, o a través de la adquisición de valores, éstos sólo podrántener propósitos de regulación monetaria, con lo que se protege al Banco contrapresiones de solicitantes de crédito, los cuales eventualmente pudieren llevarlo aexpandir excesivamente la base monetaria. Esto se deberá hacer conforme a lascondiciones del mercado y conforme a disposiciones de carácter general;‣ Por lo que corresponde a los financiamientos del Banco Central a lasinstituciones de crédito en su función de acreditante de última instancia o para evitartrastornos en el sistema de pagos, los mismos se ajustarán también a las citadascondiciones del mercado, pero no tendrán que efectuarse conforme a las referidasdisposiciones generales;23 Ibídem. Pág. 12124 Ibídem. Pág. 121.- 23 -

Centro de Documentación, Información y AnálisisServicio de Investigación y AnálisisPolítica Interior‣ Constituir depósitos en instituciones de crédito y de valores del país o delextranjero;‣ Recibir depósitos de dinero; y‣ Recibir depósitos de títulos o valores en custodia o en administración de lasentidades financieras del país.‣ Abrir o mantener a las instituciones de banca múltiple una cuenta en monedanacional que en los libros del Banxico se denomina “Cuenta Única”. La misma tienecomo fin el que dicho Instituto Central cuente con instrumentos adicionales para eleficaz manejo de la política monetaria y reducir el riesgo a que el propio Instituto seencuentra expuesto en las operaciones que realiza con las instituciones de crédito.d) Sanciones a los intermediarios. 25 En congruencia con las atribuciones deautoridad (en virtud de que realiza actos de naturaleza jurídica que afectan la de losparticulares e impone a éstos determinaciones que la Constitución confiere alBanxico), éste podrá imponer a las entidades financieras, sanciones que tengan comoobjetivo preservar la efectividad de las normas de orden público establecidas en laLBM y, de esta manera, proveer a los propósitos de regulación monetaria o cambiaria,al sano desarrollo del sistema financiero, al buen funcionamiento del sistema depagos y a la protección de los intereses del público.En congruencia con lo anterior, éste tendrá la facultad de imponer multas a losintermediarios financieros, bajo ciertos lineamientos, en los siguientes casos:‣ Por realizar operaciones activas, pasivas o de servicios en contravención a losdispuestos por la LBM o a las disposiciones que éste expida;‣ Por incurrir en faltantes, respecto de los recursos que deberán tener invertidosen depósitos en el propio Banco, en valores de amplio mercado o en ambos tipos deinversiones; y‣ Por transgredir las disposiciones que establezcan límites al monto de lasoperaciones activas y pasivas que impliquen riegos cambiarios.Estructura Orgánica actual del Banco de México.De acuerdo a lo dispuesto por la Ley, su estructura se encuentra comprendida por:Junta de Gobierno.‣ Se integra por cinco miembros.‣ Son designados de acuerdo a lo previsto por el párrafo séptimo del artículo 28.El Ejecutivo Federal nombrará al Gobernador del Banco, quien preside la Junta deGobierno.El Gobernador tiene a su cargo las siguientes funciones:25 Ibídem. Pág. 123.- 24 -

Centro de Documentación, Información y AnálisisServicio de Investigación y AnálisisPolítica Interior‣ Determinar las condiciones en que las instituciones de Crédito debancanjear y retirar los billetes y las monedas en circulación, para proveer que la monedaen poder del público satisfaga los requerimientos de éstos en cuanto <strong>al</strong> manejo deefectivo, y en gener<strong>al</strong>, procurar una adecuada composición de las diversas piezas queintegran la moneda circulante.‣ Por otra parte, debe homologarse con el régimen aplicable a lasinstituciones de banca múltiple, por lo que debe facultarse <strong>al</strong> Banco Centr<strong>al</strong> pararegular las operaciones que a continuación se indican de los bancos de desarrollo: Mercado de Dinero; y Operaciones financieras derivadas.Señ<strong>al</strong>a que el Banxico cuenta con un marco leg<strong>al</strong> para regular prácticamente todasy cada una de las operaciones bancarias en sus tres expresiones:‣ Captación de recursos;‣ Otorgamiento de financiamientos; y‣ Prestación de servicios.b) Operar como acreedor de última instancia para las instituciones decrédito. 23 Dispone que la doctrina clásica considera que, la necesidad de unprestamista de última instancia surge cuando una corrida bancaria (demanda súbita ymasiva de dinero de <strong>al</strong>to poder) amenaza el acervo de circulante y, por lo tanto, elnivel de actividad económica.Debido a que los créditos que otorgan las instituciones de crédito son por lo gener<strong>al</strong>a un plazo mayor que los depósitos que reciben de los ahorradores, no cuentan con l<strong>al</strong>iquidez suficiente para atender un retiro masivo, lo que puede provocar un colapso enel <strong>sistema</strong> financiero.c) Operaciones con entidades financieras. 24 La Ley del Banco de México,puede re<strong>al</strong>izar diversas operaciones con las entidades financieras, entre ellas sedestacan:‣ Otorgar financiamientos a las instituciones de crédito. Estos serán mediante elotorgamiento de crédito, o a través de la adquisición de v<strong>al</strong>ores, éstos sólo podrántener propósitos de regulación monetaria, con lo que se protege <strong>al</strong> Banco contrapresiones de solicitantes de crédito, los cu<strong>al</strong>es eventu<strong>al</strong>mente pudieren llevarlo aexpandir excesivamente la base monetaria. Esto se deberá hacer conforme a lascondiciones del mercado y conforme a disposiciones de carácter gener<strong>al</strong>;‣ Por lo que corresponde a los financiamientos del Banco Centr<strong>al</strong> a lasinstituciones de crédito en su función de acreditante de última instancia o para evitartrastornos en el <strong>sistema</strong> de pagos, los mismos se ajustarán también a las citadascondiciones del mercado, pero no tendrán que efectuarse conforme a las referidasdisposiciones gener<strong>al</strong>es;23 Ibídem. Pág. 12124 Ibídem. Pág. 121.- 23 -

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