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ciudadanos y oportunidades económicas y la construccióndel bien común.Aunque los campos en que el Estado debe articular lasactividades económicas son amplios, hay dos rubrosparticularmente sensibles a las posibilidades de su<strong>pe</strong>raciónde la pobreza: la provisión de servicios públicosy las garantías de acceso y ejercicio de la com<strong>pe</strong>tenciaen el mercado.Avances en la regulación de los serviciospúblicosLa regulación de los servicios públicos cobra es<strong>pe</strong>cialimportancia en el contexto del proceso de privatizacióniniciado en la década pasada.La privatización de la década de 1990 estuvo precedidapor la promulgación de un conjunto de normas dirigidasa generar un entorno más atractivo para los inversionistas,en particular para el capital extranjero. La ex<strong>pe</strong>rienciade regulación en el <strong>pe</strong>riodo se caracterizó por la faltade transparencia y de autonomía de los reguladores. Lopoco que se avanzó en ese terreno no tuvo como correlatola adopción de un marco normativo general decumplimiento obligatorio: más bien fue el resultado deiniciativas aisladas. Tampoco se avanzó en mecanismosde participación ciudadana ni de rendición de cuentas.Durante el Gobierno de Transición, 231 y luego duranteel Gobierno de Alejandro Toledo, se llevaron adelantereformas sustantivas en la regulación de varios serviciospúblicos elevando el nivel de autonomía de los organismosreguladores —OSINERG (en energía), OSIPTEL(en telecomunicaciones), OSITRAN (en infraestructurade transporte) y SUNASS (en agua y saneamiento)—, ypromoviendo la transparencia y participación ciudadanaen los procesos de regulación. En octubre de 2002 sepromulgó la Ley de Transparencia y Simplificación delos Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y luego, enagosto de 2004, se dio otra ley que refuerza la autonomíade los organismos reguladores y establece nuevosmecanismos e instancias de participación.• Para fortalecer la autonomía, se estableció quelos miembros de los Consejos Directivos (directores)serán designados por <strong>pe</strong>riodos de cincoaños, utilizando un mecanismo de renovaciónsecuencial y escalonada, de manera que una vezpor año se renueva un miembro, lo que impidecambios drásticos en la composición de estosconsejos asociados a los ciclos políticos. 232• Se han definido normas exigentes de transparenciapara la fijación de las tarifas. Los reguladores estánobligados a convocar a audiencias públicas paraexponer los fundamentos que se aplican para la fijaciónde las tarifas, y tanto las empresas prestadorascomo los usuarios tienen el derecho a acceder atoda la información al res<strong>pe</strong>cto. El incumplimientode estas normas es considerado falta grave, sancionablecon destitución.• Se han creado consejos de usuarios adscritos a cadauno de los organismos reguladores (emiten opinióncon res<strong>pe</strong>cto al desem<strong>pe</strong>ño del ente regulador, participanen las consultas y proponen líneas de acción).Por otro lado, cabe destacar la función del Congreso dela República, no solo por la promulgación de las nuevasnormas legales, sino también por el desarrollo de unmayor trabajo de fiscalización y su<strong>pe</strong>rvisión en la regulaciónde los servicios públicos.231 En marzo de 2001, el Gobierno de Transición promulgó un decreto supremo dirigido a “fortalecer los actuales niveles de autonomía e inde<strong>pe</strong>ndencia de losorganismos reguladores”, expresando una nueva concepción sobre el desarrollo de la regulación.232 También se han establecido restricciones a la remoción arbitraria de los directores: esta solo procede “en casos de falta grave, comprobada y fundamentada,previa investigación”.Parte 2: Desem<strong>pe</strong>ño de los actores 145

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