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1 - EUR-Lex - Europa

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ES29.9.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 255/81ANEXO 8Requisitos para los dispositivos técnicos que facilitan el acceso a los viajeros con movilidad reducida1. GENERALIDADESEn el presente anexo figuran las disposiciones aplicables a los vehículos diseñados para facilitar el acceso a losviajeros con movilidad reducida y a los usuarios de sillas de ruedas.2. ÁMBITO DE APLICACIÓNLos requisitos que figuran a continuación se aplicarán a los vehículos que facilitan el acceso a los viajeros conmovilidad reducida.3. REQUISITOS3.1. EscalonesLa altura del primer escalón a partir del suelo en al menos una de las puertas de servicio no superará los250 mm en los vehículos de las clases I y A y los 320 mm en los vehículos de las clases II, III y B. Cuandosolo se cumpla este requisito en una de las puertas de servicio, ninguna barrera o señal impedirá que lapuerta en cuestión se utilice tanto para entrar como para salir.A modo de alternativa, en los vehículos de las clases I y A, el primer escalón a partir del suelo no superarálos 270 mm en dos de los huecos de las puertas, uno de entrada y otro de salida.Podrá instalarse un sistema de inclinación o un escalón escamoteable.La altura de los escalones en los espacios de acceso de las puertas mencionadas y en el pasillo no superará los200 mm en los vehículos de las clases I y A ni los 250 mm en los vehículos de las clases II, III y B.No se considerará escalón la transición desde un pasillo rebajado hacia una zona de asientos.3.2. Asientos reservados y espacio para viajeros con movilidad reducida3.2.1. (Reservado)3.2.2. Habrá espacio suficiente para un perro guía debajo de al menos uno de los asientos reservados o junto a él.Este espacio no formará parte del pasillo.3.2.3. Se colocarán reposabrazos en los asientos, entre asiento y el pasillo, de manera que puedan retirarsefácilmente para permitir el acceso libre al asiento. En los asientos colocados frente a frente, podrá colocarse,alternativamente, una barra vertical de sujeción en uno de los asientos del pasillo. Dicha barra se colocará demanera que el ocupante del asiento esté seguro mientras esté sentado, sin impedir el libre acceso al asiento.3.2.4. La anchura mínima del cojín de un asiento reservado, medido desde un plano vertical que atraviese el centrodel asiento, será de 220 mm en cada lado.3.2.5. La altura del cojín no comprimido en relación con el piso deberá ser tal que la distancia desde el piso hastaun plano horizontal tangencial a la parte delantera de la cara superior del cojín esté comprendida entre 400 y500 mm.3.2.6. En los asientos reservados, el espacio para los pies se extenderá hacia delante del asiento a partir de un planovertical que pase a través del borde anterior del cojín del asiento. El espacio para los pies no deberá tener unainclinación superior al 8 % en ninguna dirección.3.2.7. Cada asiento reservado tendrá una altura libre no inferior a 1 300 mm en los vehículos de las clases I y A y a900 mm en los vehículos de la clase II, medidos a partir del punto más alto del cojín del asiento nocomprimido. Esta altura libre se extenderá por encima de la proyección vertical del conjunto del asiento ydel espacio para los pies correspondiente.Se tolerará la intrusión del respaldo de un asiento o de otro objeto dentro de este espacio siempre que semantenga despejado un espacio vertical mínimo de 230 mm por delante del cojín del asiento. Cuando elasiento reservado esté situado frente a un mamparo de más de 1 200 mm de altura, este espacio será de300 mm. Desde los bordes del espacio libre definido anteriormente, se permiten intrusiones de conformidadcon los puntos 7.7.8.6.3.1 a 7.7.8.6.3.4 del anexo 3, como si las referencias al espacio libre de los puntos7.7.8.6.1 y 7.7.8.6.2 del anexo 3 se hicieran al espacio libre definido anteriormente. Podrá aplicarse lodispuesto en el punto 7.7.8.1.4 del anexo 3. Los asideros o barras de sujeción mencionados en elpunto 3.4.2 podrán sobresalir de la pared lateral e invadir el espacio libre un máximo de 100 mm porencima de la proyección vertical del espacio para los pies.

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