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Aun así, en este marco conceptual, la dirección pública profesional como «tipoideal» debería asentarse, por tanto, en esta primera premisa: los <strong>directivo</strong>s públicosson personas reclutadas mediante procesos competitivos por las administracionespúblicas en función de sus conocimientos, destrezas, aptitudes, habilidades y actitudespara dirigir un determinado ámbito o sector de lo público.Evidentemente, estas personas deben tener conocimiento del contexto y del entornoen que han de desempeñar su actividad profesional, por lo que es común queen todo modelo de dirección pública profesional, incluso en aquellos que se puedencalificar de «abiertos» (esto es, en los que pueden competir para esos puestos<strong>directivo</strong>s tanto personas provenientes del sector público como del privado),la mayor parte de los <strong>directivo</strong>s provengan de la cantera funcionarial. En el ReinoUnido, por ejemplo, a pesar de que los puestos de director ejecutivo de las agenciasestán abiertos a personas que proceden del sector privado, más del ochentay cinco por ciento de los puestos <strong>directivo</strong>s son cubiertos por <strong>personal</strong> procedentedel Civil Service. Y esta es una regla general en todos los países. Incluso existenotros sistemas que se articulan como «modelos cerrados», no pudiendo aspirar atales puestos <strong>directivo</strong>s más que personas provenientes del sector público.Las razones de la escasa presencia de <strong>directivo</strong>s públicos procedentes del sectorprivado en los modelos de dirección pública profesional son evidentes. Por unlado, está la necesidad de que el <strong>directivo</strong> público conozca el contexto normativosingular (las reglas de funcionamiento en materias tales como presupuestos, contratación,recursos humanos, procedimiento, etc., que difieren sustancialmentedel sector privado), así como la necesidad también de que el <strong>directivo</strong> esté familiarizadocon el peculiar entorno institucional en el que ha de desarrollar sus funciones(ciclo político, papel de la oposición, control parlamentario o de la asamblea,control de los medios de comunicación, etc.). No es menos evidente que el<strong>directivo</strong> público deberá tener presente una serie de valores que informan toda suactuación y que deben inspirar su funcionamiento dentro de los estándares de laética pública: los valores y principios constitucionales y estatutarios, la condiciónde gestor de intereses públicos (con lo que ello implica), la rectitud en su gestión yel decoro de su imagen externa, así como un largo etcétera. Sobre ello volveremosen otro momento de este trabajo.Por otro lado, es evidente que, por lo común, el sector privado retribuye más asus <strong>directivo</strong>s que el sector público, por lo que no es frecuente el trasvase de aquéla éste. En efecto, no es habitual que personas que desarrollan su carrera profesionalde dirección en el sector privado recalen en el sector público. Las diferenciasretributivas pueden ser (y de hecho son) un freno a ese trasvase, pero tambiénlo es que, tal como decíamos, el contexto normativo y el entorno institucional sonradicalmente diferentes, lo que conlleva un coste adicional de aprendizaje cuyosefectos generan no pocas dificultades de adaptación de quien llega del sector privadoal público y asimismo genera notables disfunciones a las propias administra-16

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