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Código de Procedimientos Penales - H. Congreso del Estado de ...

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ARTICULO 389.- Los inci<strong>de</strong>ntes sobre competencia se tramitarán siempre por separado.ARTICULO 390.- El Tribunal <strong>de</strong> competencia en los casos <strong>de</strong> los artículos 384 y 388, dará vista alMinisterio Público por el término <strong>de</strong> seis días y resolverá lo que corresponda <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los quince días siguientes,remitiendo las actuaciones al Tribunal que <strong>de</strong>clare competente.ARTICULO 391.- En la substanciación <strong>de</strong> las competencias, una vez transcurridos los términos, seproveerá <strong>de</strong> oficio el trámite que corresponda.ARTICULO 392.- En todas las controversias <strong>de</strong> competencia, será oído el Ministerio Público.ARTICULO 393.- Lo actuado por un Tribunal incompetente será valido si se tratare <strong>de</strong> Tribunal <strong>de</strong>l mismofuero. Si se tratare <strong>de</strong> distinto fuero también será válido, pero el Tribunal competente dictará auto <strong>de</strong>clarando quequeda abierta la instrucción para que las partes promuevan las diligencias <strong>de</strong> prueba que estimen convenientes,procediéndose en seguida conforme a las disposiciones <strong>de</strong> este Código.CAPITULO IIIMPEDIMENTOS, EXCUSAS Y RECUSACIONESARTICULO 394.- Los magistrados y jueces <strong>de</strong>ben excusarse en los asuntos en que intervengan, porcualquiera <strong>de</strong> las causas siguientes:I. Tener parentesco en línea recta, sin limitación <strong>de</strong> grados; en la colateral por consanguinidad,hasta el cuarto grado, y en la colateral por afinidad, hasta el segundo, con alguno <strong>de</strong> los interesados, susrepresentantes, patronos o <strong>de</strong>fensores;II.anterior;Tener amistad íntima o enemistad con alguna <strong>de</strong> las personas a que se refiere la fracciónIII. Tener interés personal en el asunto, o tenerlo su cónyuge o sus parientes, en los grados queexpresa la fracción I;IV. Haber presentado querella o <strong>de</strong>nuncia el funcionario, su cónyuge o sus parientes, en los gradosque expresa la fracción I, en contra <strong>de</strong> alguno <strong>de</strong> los interesados;V. Tener pendiente el funcionario, su cónyuge o sus parientes, en los grados que expresa lafracción I, un juicio contra alguno <strong>de</strong> los interesados, o no haber transcurrido más <strong>de</strong> un año <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong>la terminación <strong>de</strong>l que haya seguido hasta la en que se tome conocimiento <strong>de</strong>l asunto;VI. Haber sido procesado el funcionario, su cónyuge o parientes, en los grados expresados en lamisma fracción I, en virtud <strong>de</strong> querella o <strong>de</strong>nuncia presentada ante las autorida<strong>de</strong>s por alguno <strong>de</strong> losinteresados, sus representantes, patronos o <strong>de</strong>fensores;VII. Tener pendiente <strong>de</strong> resolución un asunto semejante al <strong>de</strong> que se trate, o tenerlo su cónyuge osus parientes, en los grados expresados en la fracción I;VIII.Seguir algún negocio en que sea juez, árbitro o arbitrador <strong>de</strong> alguno <strong>de</strong> los interesados;IX. Asistir, durante la tramitación <strong>de</strong>l asunto, a convites que le diere o costeare alguno <strong>de</strong> losinteresados; tener mucha familiaridad o vivir en familia con alguno <strong>de</strong> ellos;X. Aceptar presentes o servicios <strong>de</strong> alguno <strong>de</strong> los interesados;63

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