Código Fiscal del Estado de Sonora - H. Congreso del Estado de ...
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VI.- Los representantes, sea cual fuere el nombre con que se les <strong>de</strong>signe, <strong>de</strong> personas noresi<strong>de</strong>ntes en el país, con cuya intervención éstas efectúen activida<strong>de</strong>s por las que <strong>de</strong>ban pagarsecontribuciones, hasta por el monto <strong>de</strong> dichas contribuciones;VII.- Quienes ejerzan la patria potestad o la tutela, por las contribuciones a cargo <strong>de</strong> surepresentado;VIII.- Los legatarios y los donatarios a título particular respecto <strong>de</strong> las obligaciones fiscalesque se hubieran causado en relación con los bienes legados o donados, hasta por el monto <strong>de</strong>éstos;IX.- Quienes manifiesten su voluntad <strong>de</strong> asumir responsabilidad solidaria;X.- Los terceros que para garantizar el interés fiscal constituyan <strong>de</strong>pósito, prenda ohipoteca o permitan el secuestro <strong>de</strong> bienes, hasta por el valor <strong>de</strong> los dados en garantía, sin que enningún caso su responsabilidad exceda <strong><strong>de</strong>l</strong> monto <strong><strong>de</strong>l</strong> interés garantizado;XI.- Los socios o accionistas, respecto <strong>de</strong> las contribuciones que se hubieran causado por lasociedad cuando tenía tal calidad, en la parte <strong><strong>de</strong>l</strong> interés fiscal que no alcance a ser garantizadocon los bienes <strong>de</strong> la misma, siempre que dicha sociedad incurra en cualquiera <strong>de</strong> los supuestos aque se refieren los incisos a), b), c) y d) <strong>de</strong> la fracción IV <strong>de</strong> este artículo, sin que la responsabilida<strong>de</strong>xceda <strong>de</strong> la participación que tenían en el capital social <strong>de</strong> la sociedad durante el período o a lafecha <strong>de</strong> que se trate;XII.- Los que se encuentren e posesión <strong>de</strong> un bien que se encuentre afecto al pago <strong>de</strong> uncrédito fiscal insoluto; y,XIII.- Las personas, sea cual fuere el nombre con que se les <strong>de</strong>signe, con cuya intervenciónlos sujetos pasivos no domiciliados en el <strong>Estado</strong> <strong>de</strong> <strong>Sonora</strong> realicen activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las que <strong>de</strong>rivencréditos fiscales.XIV.- Los asociantes, respecto <strong>de</strong> las contribuciones que se hubieran causado en relacióncon las activida<strong>de</strong>s realizadas mediante la asociación en participación, cuando tenían tal calidad,en la parte <strong><strong>de</strong>l</strong> interés fiscal que no alcance a ser garantizada por los bienes <strong>de</strong> la misma, siempreque la asociación en participación incurra en cualquiera <strong>de</strong> los supuestos a que se refieren losincisos a), b), c) y d) <strong>de</strong> la fracción IV <strong>de</strong> este artículo, sin que la responsabilidad exceda <strong>de</strong> laaportación hecha a la asociación en participación durante el período o a la fecha <strong>de</strong> que se trate.La responsabilidad solidaria compren<strong>de</strong>rá los accesorios, con excepción <strong>de</strong> las multas. Lodispuesto en este párrafo no impi<strong>de</strong> que los responsables solidarios puedan ser sancionados porlos actos u omisiones propios.ARTÍCULO 14.- Se enten<strong>de</strong>rá por activida<strong>de</strong>s empresariales las siguientes:I.- Las comerciales que son las que <strong>de</strong> conformidad con las leyes fe<strong>de</strong>rales tienen esecarácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes;II.- Las industriales entendidas como la extracción, conservación o transformación <strong>de</strong>materias primas, acabado <strong>de</strong> productos y la elaboración <strong>de</strong> satisfactores;III.- Las agrícolas que compren<strong>de</strong>n las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> siembra, cultivo, cosecha y la primeraenajenación <strong>de</strong> los productos obtenidos, que no hayan sido objeto <strong>de</strong> transformación industrial;IV.- Las gana<strong>de</strong>ras que son las consistentes en la cría y engorda <strong>de</strong> ganado, aves <strong>de</strong> corraly animales, así como la primera enajenación <strong>de</strong> sus productos, que no hayan sido objeto <strong>de</strong>transformación industrial;5