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TORTUGAS CONTINENTALES DE LA ORINOQUIA VENEZOLANA:SITUACIÓN ACTUAL E INICIATIVAS PARA SU CONSERVACIÓN YUSO SUSTENTABLEBIODIVERSIDAD DE LA CUENCA DEL ORINOCO:II. ÁREAS PRIORITARIAS PARA LA CONSERVACIÓNY USO SOSTENIBLEF. J. M. Rojas-RunjaicF. J. M. Rojas-Runjaicha sido una de las principales causas de la disminución deléxito reproductivo de las tortugas dulceacuícolas, junto conla depredación de nidos (tanto natural como antrópica).En este ítem también podrían ser consideradas las sequías,tormentas, variaciones extremas en la temperatura y precipitación(cambio climático), entre otros. Los porcentajesde pérdida de nidadas por inundación van desde el 25%hasta su totalidad en varias especies del género Podocnemisy para Chelus fimbriatus (Hernández et al. 2010b), razónpor la cual el manejo de nidos ha sido contemplado en losplanes de conservación como medida para incrementar eléxito reproductivo y a la vez disminuir la depredación eneste estadío de vida (Hernández y Martínez, 2010b).Haciendo un análisis mas detallado de la categoría “cosecha”en las tortugas orinoquenses, se observa una importanteintensidad de uso sobre todas las especies de lafamilia Podocnemididae, resultado sinérgico de su aprovechamientocon fines de subsistencia (tanto por comunidadesindígenas como criollas) y su extracción con finescomerciales (Gorzula y Señaris 1999, Rueda-Almonacid etal. 2007, Barrio-Amorós y Narbaiza 2008). León-Mata et al.(2006) mencionan el incremento en la demanda y preciosde la fauna silvestre, entre ellos Peltocephalus dumerilianus,Podocnemis erythrocephala y P. unifilis, como resultado delestablecimiento de campamentos mineros ilegales en los alrededoresde la confluencia Orinoco-Ventuari (incluyendoel P. N. Yapacana). Es así como actividades ajenas a la culturalocal o desarrollos no sustentables deben ser consideradoscomo factores de riesgo sustanciales por cuanto no sóloinciden puntualmente en la estabilidad de las poblacionesde tortugas de la Orinoquia, sino también en las dinámicasambientales y socioeconómicas regionales. En el caso deChelus fimbriatus la cosecha ocurre fundamentalmente durantelos estadios juveniles (para mascotas), mientras queen los morrocoyes afecta a todas las etapas de vida, al igualque en las especies de Podocnemis.Un factor de riesgo que amerita ser estudiado se refiere ala contaminación de los cuerpos de agua y su incidenciaen las poblaciones de tortugas; se supone que este factorpodría estar afectando algunas poblaciones de tortugas alnorte de Venezuela (p. ej. P. unifilis en el río Cojedes), cursoprincipal del Orinoco, así como en localidades puntualesdonde ocurre minería ilegal con uso de mercurio (p. ej.confluencia Orinoco-Ventuari y cuenca del Cuyuní en Venezuela).Este último aspecto es especialmente importanteen los quelonios que consumen peces e invertebrados, porcuanto se han detectado altos nivel de contaminación mercurialen la ictiofauna de estas regiones (Lasso et al. 2006,Farina et al. 2009), comprometiendo a su vez la salud de lascomunidades que consumen estos recursos.INICIATIVAS DECONSERVACIÓN DE TORTUGASCONTINENTALES EN LAORINOQUIA VENEZOLANADe las tortugas continentales presentes en Venezuela, latortuga arrau es sin duda la más emblemática por su largahistoria de sobreexplotación. Su otrora particular abundancia,su gran talla corporal (la mayor de entre las tortugasfluviales de Suramérica), y su conducta gregaria durantela temporada reproductiva le hicieron objeto una desmesuradaexplotación desde tiempos precolombinos, inicialmentepor parte de indígenas y luego también por los colonos,quienes aprovechaban principalmente el aceite de sushuevos y la carne de las hembras adultas (Mosqueira 1960,Smith 1974).En vista de tal situación, la primera medida oficial destinadaa regular el aprovechamiento de una especie de quelonioen Venezuela estuvo dirigida a la tortuga arrau. Esta correspondea una resolución del entonces Ministerio de Agriculturay Cría (MAC) (Resolución MAC No. 4, del 28 de enerode 1946) en la que se prohibía la recolección de huevos ytortuguillos de las playas de nidificación y regulaba el númerode tortugas adultas capturadas. De manera complementaria,desde 1945 se desarrollaron varios proyectos deinvestigación fomentados por el MAC y destinados a caracterizarla biología reproductiva, dinámica poblacional yel aprovechamiento de esta especie, con miras a regular suexplotación (Blohm y Fernández 1948, Ramírez 1956, Mosqueira1960, Roze 1964, Ojasti y Rutkis 1965, Ojasti 1967).La explotación de la arrau en sus playas de anidación en elOrinoco, aunque ya reglamentada desde el año 1946, llegóa ocasionar la extracción de hasta el 93% de las hembrasque salían a desovar (Ramírez 1956), lo cual motivó la declaraciónen el año 1962 de una primera veda de cinco añospara la especie en algunas de sus playas de anidación masivay se ordenó la vigilancia de estas (Resolución MAC No.288, del 22 de diciembre de 1962).En 1965 se llevó a cabo la primera experiencia de rescate detortuguillos de arrau de las playas de anidación susceptiblesde inundación. Un total de 80.500 tortuguillos fueron rescatadosy liberados luego en ríos y caños adyacentes. Conesta actividad se pretendía disminuir la elevada mortalidadde neonatos provocada no sólo por la inundación de losnidos sino por depredación de aves y peces en las playasde anidación (Ojasti y Rutkis 1965). Incluso varios milesde tortuguillos obtenidos en rescates en años subsiguientesfueron destinados a un programa experimental de “siembra”de tortuga arrau en varios embalses del país, aparentementecon fines conservacionistas, pero con el objeto principalde hacerla disponible como fuente de proteína paralos habitantes de poblaciones periféricas a estos cuerpos deagua. Sólo en el año 1968 más de 50.000 tortuguillos fuerondestinados a este programa (Fernández 1968).En 1970 se promulgó la Ley de Protección a la Fauna Silvestre(LPFS), aún vigente, que según su Artículo 1, rige laprotección y aprovechamiento racional de la fauna silvestrey de sus productos, y el ejercicio de la caza (Gaceta OficialNo. 29.289 del 11 de agosto 1970). En este mismo año, enconformidad con el Artículo 75 de la LPFS, el MAC establecióla lista oficial de animales de caza (Resolución MAC No.RNR-5-276 del 13 de noviembre 1970), en la que se incluyó(entre otros vertebrados) a las tortugas arrau (Podocnemisexpansa), terecay (P. unifilis), el galápago llanero (Podocnemisvogli), la cabezona (Peltocephalus dumerilianus), y a losdos morrocoyes (Chelonoidis carbonaria y C. denticulata),por reunir atributos para el ejercicio de la caza.En 1978 se impuso una segunda veda de cinco años entodo el territorio nacional para la tortuga arrau (ResoluciónMAC No. 103, del 22 de marzo 1978) y al año siguiente se leincluyó en la lista de animales en veda indefinida junto conotras 35 especies de la fauna silvestre nacional (ResoluciónMARNR No. 95, del 28 de noviembre 1979).Entre los años 1979 y 1988, la protección de las áreas denidificación pasó a ser una labor a cargo de la Zona 10 delentonces Ministerio del Ambiente y los Recursos NaturalesRenovables (MARNR) - hoy MinAmb - que, en conjuntocon efectivos de las Fuerzas Armadas de Cooperación (FAC- Guardia Nacional), ejercían las labores de vigilancia, censosde nidos, recolección y liberación de tortuguillos entrelos meses de enero a mayo.Adicionalmente, la declaratoria de varias áreas protegidasen la región de los llanos desde la década de los 70 ha preservadolos hábitats tanto de la tortuga arrau como del terecayy el galápago llanero. El primero en decretarse fue elParque Nacional (PN) Aguaro-Guariquito (Decreto 1.686del 07 de marzo 1974); en 1988 se decretó el PN SantosLuzardo, también conocido como Cinaruco-Capanaparo(Decreto No. 2.018 del 24 de febrero de 1988); en 1989 decretarondos Refugios de Fauna Silvestre (RFS): RFS CañoGuaritico (Decreto 2.702 del 11 de enero de 1989), y elRFS y Zona Protectora de la Tortuga Arrau (Decreto No.271, del 07 de junio de 1989), este último con el objetivoprincipal de resguardar de manera integral tanto las playasde anidación masiva de esta especie en el Orinoco medio(Apure y Bolívar), como la principal población reproductorade Venezuela. Finalmente en el 2000 se decreta la Reservade Fauna Silvestre Esteros de Camaguán (Decreto 729del 09 de marzo del 2000), que si bien tiene como objetivoprimordial el establecimiento de programas experimentalesde aprovechamiento sostenible de sus recursos pesqueros,también ofrece protección a las poblaciones locales delgalápago llanero.En 1989, mismo año de la creación de los RFS Caño Guariticoy De La Tortuga Arrau, el Servicio Autónomo para laProtección, Restauración, Fomento y Racional Aprovechamientode la Fauna Silvestre y Acuática del País (Profauna),asumió las labores de vigilancia del RFS de la TortugaArrau en conjunto con las FAC, y extendieron a ocho mesespor año el período de vigilancia de las playas de anidacióny zona aledañas. Para el mismo año, luego de la declaratoriadel RFS de la Tortuga Arrau, se da inicio al programa“Bases para el Manejo de la Tortuga Arrau en el Orinoco”,contemplando entre sus actividades el manejo, la guarderíay la educación ambiental (Licata y Elguezabal 1997).Hoy día el programa es conducido por el MinAmb y cuentacon el apoyo de varias ONGs, entre las cuales FUDECIfigura como el aliado más importante en la historia del programa,por su importante contribución desde 1994 en lasactividades de levantamiento de neonatos en cautiverio confines de refuerzo poblacional, educación ambiental e investigación(Espín 1997, Hernández et al. 1998, Hernández yEspín 2006, Hernández et al. 2010a).Como resultado del esfuerzo de casi dos décadas, el programade conservación de tortuga arrau ha liberado más de330.000 tortuguillos de un año de edad (Hernández et al.2010a), tanto en las playas del Orinoco medio en los estadosApure y Bolívar, como en algunos tributarios llaneros(principalmente en el estado Apure).En años recientes el programa de conservación conducidopor el MinAmb ha extendido su radio de acción con losproyectos de manejo de poblaciones de quelonios fluvialesdel río Suripá en el estado Barinas, y del Brazo Casiquiareen el estado Amazonas, los cuales contemplan la participaciónprotagónica de los habitantes locales en las activida-198199

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