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CAPÍTULO II. LOS CONSORCIOS METROPOLITANOS ...

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independientemente de que ostente un título académico o sea funcionario decarrera”. 413Puede darse el caso de que se decida contratar como gerente a funcionario o personallaboral de una Administración Pública, singularmente de alguna de las Administracionesconsorciadas. Si esto fuera así, este quedaría en la situación administrativa queproceda conforme a la normativa aplicable.La competencia para aprobar el contrato de trabajo del director gerente, en el quese especifica el régimen jurídico al que quedará sometido, corresponde también al Consejode Administración, determinándose al mismo tiempo la que será su retribución.7.6.2. FuncionesLas funciones del gerente del Consorcio metropolitano sectorial se resumen con precisiónen la frase del apartado 1 del artículo 19 de los estatutos, en el que se dice que este“dirige la gestión y administración del Consorcio sobre la base de las directrices establecidaspor el Consejo de Administración y por su presidente en ejecución de aquellas”.Conforme a esto, puede definirse, esencialmente, como órgano de ejecución al quecorresponde la gestión y administración ordinaria del Consorcio.Por tanto, sus funciones son variadas, aunque siempre en este mismo plano. Conesta consideración en mente, y con el propósito de exponerlas, podemos clasificar estasen dos grandes grupos.Por un lado, encontramos un grupo de funciones que pueden considerarse como depropuesta. Esto es, se trata de atribuciones que requieren de la aprobación o ratificaciónposterior por otro órgano del Consorcio, normalmente el Consejo de Administración,pero también, en algún caso, la Presidencia. A la Gerencia, en relación a estas funciones,solo le cabe formular propuestas o elaborar proyectos. A su vez, con ellas, podemoshacer varios subapartados, dependiendo de la materia sobre la que se ejerza la funciónde propuesta.En el ámbito de lo estrictamente organizativo le corresponde al gerente elaborar lapropuesta de estructura organizativa del Consorcio. También, asistido del secretario ydel interventor, es función suya la propuesta de Reglamento de funcionamiento de losservicios del Consorcio.Como funciones de propuesta relativas al personal del Consorcio, cabe reseñar lassiguientes: proponer su plantilla, las bases de las pruebas para la selección de personal413. Cfr. Nieto Garrido, Eva, El Consorcio administrativo, op. cit., p. 133 y 134.192 I Francisco Toscano GilSerie Claves del Gobierno Local, 13ISBN: 978-84-939146-0-8Fundación Democracia y Gobierno Local

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