estados consolidados de situación financiera de sonda s.a. y filiales

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31. CONTINGENCIAS Y RESTRICCIONESI. Litigios y arbitrajes31.12.2011ChileBrasilMéxicoOPLATotalM$M$M$M$M$Margen bruto:Ingresos ordinarios, Total 252.979.077 208.383.294 68.728.550 62.727.927 592.818.848Plataformas 112.765.382 31.465.099 33.997.487 26.635.409 204.863.377Servicios TI 128.563.071 139.494.218 34.401.021 30.128.360 332.586.670Aplicaciones 11.650.624 37.423.977 330.042 5.964.158 55.368.801Costo de ventas (menos) (190.834.798) (169.825.278) (54.898.997) (53.128.652) (468.687.725)Total margen bruto 62.144.279 38.558.016 13.829.553 9.599.275 124.131.123Gastos de administración (20.472.531) (21.697.764) (6.825.992) (6.166.775) (55.163.062)GananciaOperacional31.12.2010Activos y Pasivos por Segmentos41.671.748 16.860.252 7.003.561 3.432.500 68.968.061ChileM$BrasilM$Margen bruto:Ingresos ordinarios, Total 199.308.573 164.321.940 37.959.614 43.890.524 445.480.651Plataformas 88.351.442 20.044.986 19.863.662 18.117.624 146.377.714Servicios TI 100.406.814 107.492.893 17.801.613 19.042.493 244.743.813Aplicaciones 10.550.317 36.784.061 294.339 6.730.407 54.359.124Costo de ventas (menos) (148.736.783) (126.411.792) (29.525.539) (36.972.100) (341.646.214)Total margen bruto 50.571.790 37.910.148 8.434.075 6.918.424 103.834.437Gastos de administración (16.031.436) (20.924.007) (4.103.771) (4.657.619) (45.716.833)GANANCIAOPERACIONALOtra información por segmentosEn relación a los principales clientes, no existe dependencia de clientes y ningún cliente representa el 10% o más de los ingresos deactividades ordinarias de la Sociedad.MéxicoM$34.540.354 16.986.141 4.330.304 2.260.805 58.117.60431.12.2011Chile M$ Brasil M$ México M$ OPLA M$ Total M$Activos, Total 253.490.020 200.670.035 62.720.201 63.221.024 580.101.280Activos Corrientes 134.216.853 72.642.303 33.205.801 34.591.801 274.656.758Activos No Corrientes 119.273.167 128.027.732 29.514.400 28.629.223 305.444.522Pasivos, Total 151.337.182 61.404.816 27.962.132 27.811.766 268.515.896Pasivos Corrientes 80.263.826 43.142.990 23.985.672 23.000.457 170.392.945Pasivos No Corrientes 71.073.356 18.261.826 3.976.460 4.811.309 98.122.95131.12.2010Chile M$ Brasil M$ México M$ OPLA M$ Total M$Activos, Total 218.922.254 186.242.369 62.938.969 38.885.651 506.989.243Activos Corrientes 141.135.353 62.667.457 35.463.700 21.929.261 261.195.771Activos No Corrientes 77.786.901 123.574.912 27.475.269 16.956.390 245.793.472Pasivos, Total 102.824.894 61.192.561 33.335.884 14.740.420 212.093.759Pasivos Corrientes 36.969.098 44.667.550 29.173.525 12.673.123 123.483.296Pasivos No Corrientes 65.855.796 16.525.011 4.162.359 2.067.297 88.610.463OPLAM$TotalM$1. SONDA S.Aa) Con fecha 14 de diciembre de 2006 SONDA S.A. interpuso en 29° Juzgado Civil de Santiago una demanda de indemnización deperjuicios por responsabilidad extracontractual en contra de don Roberto Sone Cisternas, derivados del ejercicio abusivo y de mala fedel derecho de litigar con la intención de obtener un beneficio personal. Con fecha 19 de marzo de 2007 la demanda fue ampliada aTransporte Inteligente Multimodal S.A. (TIMM Chile S.A.). La demanda fue acogida por sentencia de fecha 24 de marzo de 2008 siendoel demandado condenado a pagar a SONDA S.A. la cantidad de $110 millones más reajustes e intereses. La referida resolución fueobjeto de recursos de casación en la forma y apelación por los demandados. Con fecha 2 de septiembre de 2010 se rechazó el recursode casación y también se revocó la sentencia.b) Con motivo de la contestación a la demanda presentada por SONDA S.A. descrita en el acápite anterior, los demandados a su vezdemandaron reconvencionalmente a SONDA por la cantidad de $12.950.000.000.-, y US$ 390.000.000.-, fundados en un supuesto usode información confidencial y propiedad intelectual e industrial, pretensión que fue rechazada en todas sus partes por sentencia defecha 24 de marzo de 2008. La referida resolución fue objeto de recursos de apelación, casación en la forma y en el fondo interpuestospor las demandantes reconvencionales, recursos que fueron rechazados por sentencias de fechas 2 de septiembre 2010 y 27 deEnero de 2011.c) Con fecha 07 de enero de 2009, SONDA S.A. interpuso demanda arbitral en contra del Administrador Financiero Transantiago S.A.(AFT) con el objeto de obtener el cumplimiento forzado de su obligación de pagar la cantidad de $1.627.660.080.- correspondientea parte del precio de los servicios prestados por SONDA S.A. en virtud del Contrato de Servicios Tecnológicos vigente entre laspartes. Esta suma fue retenida por el AFT de los pagos convenidos con SONDA S.A. por tales servicios, invocando la compensaciónde una supuesta obligación de reembolso por parte de SONDA S.A. de igual cantidad de dinero, a causa del cobro efectuado por elMinisterio de Transportes y Telecomunicaciones de una boleta bancaria de garantía entregada por el AFT. La pretensión de SONDAse fundamentó en que el Ministerio referido no estaba facultado para cobrar la boleta por la causal invocada, y que no existieronfallas tecnológicas imputables a SONDA que la obliguen a efectuar su reembolso al AFT. Con fecha 31 de mayo de 2010 el señor juezárbitro don Enrique Barros Bourie dictó sentencia arbitral declarando que no existió falla de las prestaciones tecnológicas de SONDA,acogiendo la demanda interpuesta por esta y obligando al AFT a pagar la cantidad demandada más intereses corrientes, montos queya fueron percibidos por SONDA..d) Con fecha 17 de marzo de 2009, SONDA S.A. interpuso demanda arbitral en contra del Administrador Financiero Transantiago S.A.(AFT) con el objeto de obtener el cumplimiento forzado de su obligación de pagar la cantidad de $1.051.931.649.- correspondiente aparte del precio de los servicios prestados por SONDA S.A. en virtud del Contrato de Servicios Tecnológicos suscrito entre SONDA S.A.y el AFT. Esta suma fue retenida por el AFT de los pagos convenidos con SONDA S.A. por tales servicios, invocando la compensaciónde la obligación de reembolso por parte de SONDA S.A. de igual cantidad de dinero, a causa de multas tecnológicas cursadas por elMinisterio de Transportes y Telecomunicaciones. La pretensión de SONDA se fundamenta en la no existencia de fallas tecnológicasimputables a SONDA que la obliguen al reembolso de las multas cursadas por el Ministerio al AFT. Con fecha 19 de noviembre de 2010el señor juez árbitro don Enrique Barros Bourie dictó sentencia arbitral acogiendo parcialmente la demanda interpuesta y obligando ala AFT a pagar la suma de $386.039.979, monto que ya fue percibido por SONDA.e) Con fecha 29 de octubre de 2009, SONDA S.A. interpuso demanda arbitral en contra del Administrador Financiero Transantiago S.A.(AFT) con el objeto de obtener el cumplimiento forzado de su obligación de pagar la cantidad de $8.474.460.573.- correspondienteal valor de los servicios provistos por SONDA S.A. al AFT consistentes en el reemplazo de equipamiento del sistema tecnológicocontratado. La pretensión de SONDA se fundamenta en el deber de custodia y conservación de los equipos que asume el AFT alrecibirlos de SONDA, y la remuneración a que tiene derecho a percibir por ello el AFT de los concesionarios de servicio de transporteen virtud de los contratos de servicio de equipamiento vigentes entre estos últimos y el AFT. Las partes y el árbitro acordaron ensu momento separar el procedimiento en una primera etapa para determinar la responsabilidad del AFT, y una segunda etapa paradeterminar la cantidad y valor de los equipos a pagar a SONDA. Con fecha 30 de junio de 2011 el juez árbitro don Enrique BarrosBourie declaró que, salvo el caso de defectos de los equipos o en los servicios provistos (i) AFT es responsable ante SONDA por laspérdidas o deterioros de equipos embarcados que sean imputables a hecho o culpa de los Concesionarios; (ii) que AFT es responsableante SONDA por las pérdidas o deterioros de equipos embarcados que sean atribuibles a caso fortuito o fuerza mayor; y (iii) que AFTes responsable ante SONDA por las pérdidas o deterioros de ciertos equipos no embarcados que sean imputables a hecho o culpade terceros contratistas, siempre y cuando tales equipos hayan sido efectivamente dados en arriendo o entregados por AFT a esosterceros. Con lo resuelto anteriormente se da inicio a la segunda etapa en el juicio para determinar la cantidad y valor de los equiposy servicios que el AFT deberá pagar a SONDA singularizados en la demanda.96 MEMORIA ANUAL 2011 MEMORIA ANUAL 2011 97

31. CONTINGENCIAS Y RESTRICCIONESI. Litigios y arbitrajes31.12.2011ChileBrasilMéxicoOPLATotalM$M$M$M$M$Margen bruto:Ingresos ordinarios, Total 252.979.077 208.383.294 68.728.550 62.727.927 592.818.848Plataformas 112.765.382 31.465.099 33.997.487 26.635.409 204.863.377Servicios TI 128.563.071 139.494.218 34.401.021 30.128.360 332.586.670Aplicaciones 11.650.624 37.423.977 330.042 5.964.158 55.368.801Costo <strong>de</strong> ventas (menos) (190.834.798) (169.825.278) (54.898.997) (53.128.652) (468.687.725)Total margen bruto 62.144.279 38.558.016 13.829.553 9.599.275 124.131.123Gastos <strong>de</strong> administración (20.472.531) (21.697.764) (6.825.992) (6.166.775) (55.163.062)GananciaOperacional31.12.2010Activos y Pasivos por Segmentos41.671.748 16.860.252 7.003.561 3.432.500 68.968.061ChileM$BrasilM$Margen bruto:Ingresos ordinarios, Total 199.308.573 164.321.940 37.959.614 43.890.524 445.480.651Plataformas 88.351.442 20.044.986 19.863.662 18.117.624 146.377.714Servicios TI 100.406.814 107.492.893 17.801.613 19.042.493 244.743.813Aplicaciones 10.550.317 36.784.061 294.339 6.730.407 54.359.124Costo <strong>de</strong> ventas (menos) (148.736.783) (126.411.792) (29.525.539) (36.972.100) (341.646.214)Total margen bruto 50.571.790 37.910.148 8.434.075 6.918.424 103.834.437Gastos <strong>de</strong> administración (16.031.436) (20.924.007) (4.103.771) (4.657.619) (45.716.833)GANANCIAOPERACIONALOtra información por segmentosEn relación a los principales clientes, no existe <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> clientes y ningún cliente representa el 10% o más <strong>de</strong> los ingresos <strong>de</strong>activida<strong>de</strong>s ordinarias <strong>de</strong> la Sociedad.MéxicoM$34.540.354 16.986.141 4.330.304 2.260.805 58.117.60431.12.2011Chile M$ Brasil M$ México M$ OPLA M$ Total M$Activos, Total 253.490.020 200.670.035 62.720.201 63.221.024 580.101.280Activos Corrientes 134.216.853 72.642.303 33.205.801 34.591.801 274.656.758Activos No Corrientes 119.273.167 128.027.732 29.514.400 28.629.223 305.444.522Pasivos, Total 151.337.182 61.404.816 27.962.132 27.811.766 268.515.896Pasivos Corrientes 80.263.826 43.142.990 23.985.672 23.000.457 170.392.945Pasivos No Corrientes 71.073.356 18.261.826 3.976.460 4.811.309 98.122.95131.12.2010Chile M$ Brasil M$ México M$ OPLA M$ Total M$Activos, Total 218.922.254 186.242.369 62.938.969 38.885.651 506.989.243Activos Corrientes 141.135.353 62.667.457 35.463.700 21.929.261 261.195.771Activos No Corrientes 77.786.901 123.574.912 27.475.269 16.956.390 245.793.472Pasivos, Total 102.824.894 61.192.561 33.335.884 14.740.420 212.093.759Pasivos Corrientes 36.969.098 44.667.550 29.173.525 12.673.123 123.483.296Pasivos No Corrientes 65.855.796 16.525.011 4.162.359 2.067.297 88.610.463OPLAM$TotalM$1. SONDA S.Aa) Con fecha 14 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2006 SONDA S.A. interpuso en 29° Juzgado Civil <strong>de</strong> Santiago una <strong>de</strong>manda <strong>de</strong> in<strong>de</strong>mnización <strong>de</strong>perjuicios por responsabilidad extracontractual en contra <strong>de</strong> don Roberto Sone Cisternas, <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong>l ejercicio abusivo y <strong>de</strong> mala fe<strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> litigar con la intención <strong>de</strong> obtener un beneficio personal. Con fecha 19 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2007 la <strong>de</strong>manda fue ampliada aTransporte Inteligente Multimodal S.A. (TIMM Chile S.A.). La <strong>de</strong>manda fue acogida por sentencia <strong>de</strong> fecha 24 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2008 siendoel <strong>de</strong>mandado con<strong>de</strong>nado a pagar a SONDA S.A. la cantidad <strong>de</strong> $110 millones más reajustes e intereses. La referida resolución fueobjeto <strong>de</strong> recursos <strong>de</strong> casación en la forma y apelación por los <strong>de</strong>mandados. Con fecha 2 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 2010 se rechazó el recurso<strong>de</strong> casación y también se revocó la sentencia.b) Con motivo <strong>de</strong> la contestación a la <strong>de</strong>manda presentada por SONDA S.A. <strong>de</strong>scrita en el acápite anterior, los <strong>de</strong>mandados a su vez<strong>de</strong>mandaron reconvencionalmente a SONDA por la cantidad <strong>de</strong> $12.950.000.000.-, y US$ 390.000.000.-, fundados en un supuesto uso<strong>de</strong> información confi<strong>de</strong>ncial y propiedad intelectual e industrial, pretensión que fue rechazada en todas sus partes por sentencia <strong>de</strong>fecha 24 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2008. La referida resolución fue objeto <strong>de</strong> recursos <strong>de</strong> apelación, casación en la forma y en el fondo interpuestospor las <strong>de</strong>mandantes reconvencionales, recursos que fueron rechazados por sentencias <strong>de</strong> fechas 2 <strong>de</strong> septiembre 2010 y 27 <strong>de</strong>Enero <strong>de</strong> 2011.c) Con fecha 07 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2009, SONDA S.A. interpuso <strong>de</strong>manda arbitral en contra <strong>de</strong>l Administrador Financiero Transantiago S.A.(AFT) con el objeto <strong>de</strong> obtener el cumplimiento forzado <strong>de</strong> su obligación <strong>de</strong> pagar la cantidad <strong>de</strong> $1.627.660.080.- correspondientea parte <strong>de</strong>l precio <strong>de</strong> los servicios pr<strong>estados</strong> por SONDA S.A. en virtud <strong>de</strong>l Contrato <strong>de</strong> Servicios Tecnológicos vigente entre laspartes. Esta suma fue retenida por el AFT <strong>de</strong> los pagos convenidos con SONDA S.A. por tales servicios, invocando la compensación<strong>de</strong> una supuesta obligación <strong>de</strong> reembolso por parte <strong>de</strong> SONDA S.A. <strong>de</strong> igual cantidad <strong>de</strong> dinero, a causa <strong>de</strong>l cobro efectuado por elMinisterio <strong>de</strong> Transportes y Telecomunicaciones <strong>de</strong> una boleta bancaria <strong>de</strong> garantía entregada por el AFT. La pretensión <strong>de</strong> SONDAse fundamentó en que el Ministerio referido no estaba facultado para cobrar la boleta por la causal invocada, y que no existieronfallas tecnológicas imputables a SONDA que la obliguen a efectuar su reembolso al AFT. Con fecha 31 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 2010 el señor juezárbitro don Enrique Barros Bourie dictó sentencia arbitral <strong>de</strong>clarando que no existió falla <strong>de</strong> las prestaciones tecnológicas <strong>de</strong> SONDA,acogiendo la <strong>de</strong>manda interpuesta por esta y obligando al AFT a pagar la cantidad <strong>de</strong>mandada más intereses corrientes, montos queya fueron percibidos por SONDA..d) Con fecha 17 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2009, SONDA S.A. interpuso <strong>de</strong>manda arbitral en contra <strong>de</strong>l Administrador Financiero Transantiago S.A.(AFT) con el objeto <strong>de</strong> obtener el cumplimiento forzado <strong>de</strong> su obligación <strong>de</strong> pagar la cantidad <strong>de</strong> $1.051.931.649.- correspondiente aparte <strong>de</strong>l precio <strong>de</strong> los servicios pr<strong>estados</strong> por SONDA S.A. en virtud <strong>de</strong>l Contrato <strong>de</strong> Servicios Tecnológicos suscrito entre SONDA S.A.y el AFT. Esta suma fue retenida por el AFT <strong>de</strong> los pagos convenidos con SONDA S.A. por tales servicios, invocando la compensación<strong>de</strong> la obligación <strong>de</strong> reembolso por parte <strong>de</strong> SONDA S.A. <strong>de</strong> igual cantidad <strong>de</strong> dinero, a causa <strong>de</strong> multas tecnológicas cursadas por elMinisterio <strong>de</strong> Transportes y Telecomunicaciones. La pretensión <strong>de</strong> SONDA se fundamenta en la no existencia <strong>de</strong> fallas tecnológicasimputables a SONDA que la obliguen al reembolso <strong>de</strong> las multas cursadas por el Ministerio al AFT. Con fecha 19 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2010el señor juez árbitro don Enrique Barros Bourie dictó sentencia arbitral acogiendo parcialmente la <strong>de</strong>manda interpuesta y obligando ala AFT a pagar la suma <strong>de</strong> $386.039.979, monto que ya fue percibido por SONDA.e) Con fecha 29 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 2009, SONDA S.A. interpuso <strong>de</strong>manda arbitral en contra <strong>de</strong>l Administrador Financiero Transantiago S.A.(AFT) con el objeto <strong>de</strong> obtener el cumplimiento forzado <strong>de</strong> su obligación <strong>de</strong> pagar la cantidad <strong>de</strong> $8.474.460.573.- correspondienteal valor <strong>de</strong> los servicios provistos por SONDA S.A. al AFT consistentes en el reemplazo <strong>de</strong> equipamiento <strong>de</strong>l sistema tecnológicocontratado. La pretensión <strong>de</strong> SONDA se fundamenta en el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> custodia y conservación <strong>de</strong> los equipos que asume el AFT alrecibirlos <strong>de</strong> SONDA, y la remuneración a que tiene <strong>de</strong>recho a percibir por ello el AFT <strong>de</strong> los concesionarios <strong>de</strong> servicio <strong>de</strong> transporteen virtud <strong>de</strong> los contratos <strong>de</strong> servicio <strong>de</strong> equipamiento vigentes entre estos últimos y el AFT. Las partes y el árbitro acordaron ensu momento separar el procedimiento en una primera etapa para <strong>de</strong>terminar la responsabilidad <strong>de</strong>l AFT, y una segunda etapa para<strong>de</strong>terminar la cantidad y valor <strong>de</strong> los equipos a pagar a SONDA. Con fecha 30 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong> 2011 el juez árbitro don Enrique BarrosBourie <strong>de</strong>claró que, salvo el caso <strong>de</strong> <strong>de</strong>fectos <strong>de</strong> los equipos o en los servicios provistos (i) AFT es responsable ante SONDA por laspérdidas o <strong>de</strong>terioros <strong>de</strong> equipos embarcados que sean imputables a hecho o culpa <strong>de</strong> los Concesionarios; (ii) que AFT es responsableante SONDA por las pérdidas o <strong>de</strong>terioros <strong>de</strong> equipos embarcados que sean atribuibles a caso fortuito o fuerza mayor; y (iii) que AFTes responsable ante SONDA por las pérdidas o <strong>de</strong>terioros <strong>de</strong> ciertos equipos no embarcados que sean imputables a hecho o culpa<strong>de</strong> terceros contratistas, siempre y cuando tales equipos hayan sido efectivamente dados en arriendo o entregados por AFT a esosterceros. Con lo resuelto anteriormente se da inicio a la segunda etapa en el juicio para <strong>de</strong>terminar la cantidad y valor <strong>de</strong> los equiposy servicios que el AFT <strong>de</strong>berá pagar a SONDA singularizados en la <strong>de</strong>manda.96 MEMORIA ANUAL 2011 MEMORIA ANUAL 2011 97

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