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12.07.2015 Views

NOTAS Al. CÓL>WO el VII. 287volvírnlcnto de las facultades mentales; y, respecto dela. locura, sus numerosas varicdudcs pueden ser ordcnadasen dos grupos, según que haya ó no desordenintelectual ostensible. La la. comprende todos los casosen que hay insensatez de pensamiento ó locura condelirio, y que se puede denominar lOCUI'CL intelectual ólocura de ideas ; la 2;\ se compOl~e de todos aquellosen quienes hay insensatez ele sentimientos y actos,pero sin delirio y sin incoherencia, pudíéndosclo designarpropiamente con cl nombre de locura «[cctica,En cuanto á lo que se entiende pOI' nuuüa, en general,ya hemos dicho, al ocuparnos de la leyenda deeste tltulo., que es sinónimo de ennjenacioii mental.Art. 144.Los que pueden pedir la declaración dedemencia son:1° El esposo ó esposa no divorciados ,:2° Los parientes deldemente;3° El Ministerio de JIenores;4° El respectivo Cónsul, si el demente fueseextranjero;5 11 Cualquier personu del pueblo, cuandoel demente sea furioso, o incomode cí suscecines,248 - Este urtículo concede el derecho ele su 1\;­Icrcucia ti mavor número de personas que el ~)Ul,c~ncebido así: ~«La eleclal'ad0n de incapacidad y nombramícntoele curador pueden pedirla al juez, el Xlirüsteriode Menores y todos los parientes riel iucapic:»,El que nos ocupa lo concede también al cons.ul ovícccónsul rcspccuvo, si el alienado fuese cxtrunjcro ;al esposo ó esposa no tlioorciculos, porque de lo CUlltrarloel pedido de dccluraclón do demencia so convcr-

ó incomode288 ~OTAS Al. CÓDIGO crvu,tiría cn arma de venganzas ó de odios; á cualquierpcrsona del pueblo, en fin, cuando el loco sea furioso,á sus vecinos, con actos que quedansujetos á la apreciación judicial.Art. 145.Si el demente fuese menor de catorce(010sno podrá pedirse la declaración de demencia.249 - La razón de esta disposición la da el DI'.Frcitas en estos términos: «Antes de salir' de la impu­« berturl fuera inútil, porque una y otra incapacidad« (la del Impúber y la del declarado demente por' sen­« tcncia ) son absolutas. Después de la impubcrtad« no es así, porque la incapacidad de los adultos es« relatit:a y la de los alienados es absoluta ».Esta observacíón es estrictamente aplicable en elcampo de nucsu:o derecho, porquc antes de los catorceaños cumplidos, el menor es impúber, art. 127, y elitn púher es absolutamente incapaz par'a obrar' por simismo, art. :)4, inc. 2°, como incapaz en ahsoluto es eldemente declarado tal por sentencia, según el inc. 3°del art. citado. Luego no hay necesidad que la declaracióndela demencia se haga antes de principiada laedad adulta, porquc la absoluta incapacidad del alienadoya existe por razón de su ímpubortad.250 - La incapacidad de los adultos es sólo ,.elatica,porque sólo es respecto de ciertos actos, () delmodo de ejercerlos, art. 55; luego respecto de ellos ladeclaración de la locura no es inútil, porque con ella eladulto queda afectado de Incapací.lad absoluta,

ó incomode288 ~OTAS Al. CÓDIGO crvu,tiría cn arma de venganzas ó de odios; á cualquierpcrsona del pueblo, en fin, cuando el loco sea furioso,á sus vecinos, con actos que quedansujetos á la apreciación judicial.Art. 145.Si el demente fuese menor de catorce(010sno podrá pedirse la declaración de demencia.249 - La razón de esta disposición la da el DI'.Frcitas en estos términos: «Antes de salir' de la impu­« berturl fuera inútil, porque una y otra incapacidad« (la del Impúber y la del declarado demente por' sen­« tcncia ) son absolutas. Después de la impubcrtad« no es así, porque la incapacidad de los adultos es« relatit:a y la de los alienados es absoluta ».Esta observacíón es estrictamente aplicable en elcampo de nucsu:o derecho, porquc antes de los catorceaños cumplidos, el menor es impúber, art. 127, y elitn púher es absolutamente incapaz par'a obrar' por simismo, art. :)4, inc. 2°, como incapaz en ahsoluto es eldemente declarado tal por sentencia, según el inc. 3°del art. citado. Luego no hay necesidad que la declaracióndela demencia se haga antes de principiada laedad adulta, porquc la absoluta incapacidad del alienadoya existe por razón de su ímpubortad.250 - La incapacidad de los adultos es sólo ,.elatica,porque sólo es respecto de ciertos actos, () delmodo de ejercerlos, art. 55; luego respecto de ellos ladeclaración de la locura no es inútil, porque con ella eladulto queda afectado de Incapací.lad absoluta,

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