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NOTAS AL CÓDIGO CIVILfines del POdCl' judicial, que los jueces no procedende oficio. En la matctlu que nos ocupa es de tanta mayoraplicación esta l'ep:la cuanto que sería pclun-osísimopara la libertad índlvídual pcrmlttr el procedimientooficioso. Seria poner á disposición del juez un formidublcrecurso de tiranía.Sobradamente vígíludo queda d insano ~" consultadossus intereses y los de su familia con la furultudconcedida á sus padres, parientes, esposo Ú esposa,etc., para promover el juicio ~" pedir la declnruciónde la locura, art. 144, la cual no puede ni debe ser pl'onunciadasino con la opinión de fncnltntivos que, previoexamen del enfermo confirme la insania denunciada,con el carácter del art. 1-11.Ciertamente que el juez conserva siempre ~" en torl»caso, su independencia y libertad para fallar las cuusasá la luz de Sil razón y cn el sentido de su collciencia recta ~" desapasionada: lK'l'O es ncccs.uio qlll'esté suficicntemente ilustrado ~" que serios clouu-ntosde convicción obren sobre su espír-itu p.un 'lile d(':--,)i~2:alas conclusiones de la compctcnriu !)l'of!lsiClnal~" d(,­claro insano al que los peritos l'stimal'('n sano, ()accidental y pasajeramente enfermo. \-:::- d('ma~iad()gra'"e declarar loco á un hombre ~" quitarle la administraclónde sus bienes, para que aquella dl'c\:ll'aci('lllse haga sin que del lwoe('so resulte la cvidcncin de lainsania, la cual no es sino un hecho, de cuya existencia,así como dI' sus c.unctércs y grado, son losperitos ó sean los médicos los que cst.ui llamados ájuzgar con mayores probabilidades ele acierto.

286 NOTAS AL CÓDIGO CIVILArt. 143.Si delexamen de facultativos resultareserefectiva la demencia, deberá sercalificadaen su, respectivo carácter, y si fuesemaníadeberá decirse si esparcial ó total.247-¿Cuál es la pieza ó el documento en que debahacerse la calíñcacíón de la enfermedad intelectual"?¿ La sentencia en que se declare la locura, ó el intormode los facultativos ? Es principalmente en esteúltimo en el que debe hacérsela, porque la clasificacióncientífica es rcquerídu como ilustración para que el juezpueda saber si se esta en el caso de una insensatezhabitual que haga procedente la declaración de la locura,ó si sólo se tr-ata de un desequilibrio pasajero de lasfacultades intelectuales que no autorice aquella declarución. Se hace esto evidente con solo observar que lacalificación en la sentencia no responde élningún objeto,porque desde que se declare existir la locura, la incapacidadobsoluta del alienado se produce para todoslos actos de la vida civil y para todos los momentos,sin consideración :i si la enajcnnción mental es deeste ó de aquel caractcr, si la manía es general, ó solop.uciul, si la imbecilidad es plena, acabada, ó en crecímiento.Sin dejar de cxistlr un fondo de unitlrul en las diversusclases de incapacidad mental de que puede serafHgido el hombre, la observación enseña, dice Xlandsley,cap. Ill, que cs ncccs.u-ío distinguir los casos deausencia ó de debilidad de espíritu, de los casos detI nnplcto desorden : los primeros constituyen el idiotislI11)ó la imbecilidad: los segundos la locu ra propiamentedicha. ],:1 idiotismo es un defecto del espíritu,ora congénito, oru debido él causas que han obradodurante los primeros anos de la vídu, antes del dcscn-

NOTAS AL CÓDIGO CIVILfines del POdCl' judicial, que los jueces no procedende oficio. En la matctlu que nos ocupa es de tanta mayoraplicación esta l'ep:la cuanto que sería pclun-osísimopara la libertad índlvídual pcrmlttr el procedimientooficioso. Seria poner á disposición del juez un formidublcrecurso de tiranía.Sobradamente vígíludo queda d insano ~" consultadossus intereses y los de su familia con la furultudconcedida á sus padres, parientes, esposo Ú esposa,etc., para promover el juicio ~" pedir la declnruciónde la locura, art. 144, la cual no puede ni debe ser pl'onunciadasino con la opinión de fncnltntivos que, previoexamen del enfermo confirme la insania denunciada,con el carácter del art. 1-11.Ciertamente que el juez conserva siempre ~" en torl»caso, su independencia y libertad para fallar las cuusasá la luz de Sil razón y cn el sentido de su collciencia recta ~" desapasionada: lK'l'O es ncccs.uio qlll'esté suficicntemente ilustrado ~" que serios clouu-ntosde convicción obren sobre su espír-itu p.un 'lile d(':--,)i~2:alas conclusiones de la compctcnriu !)l'of!lsiClnal~" d(,­claro insano al que los peritos l'stimal'('n sano, ()accidental y pasajeramente enfermo. \-:::- d('ma~iad()gra'"e declarar loco á un hombre ~" quitarle la administraclónde sus bienes, para que aquella dl'c\:ll'aci('lllse haga sin que del lwoe('so resulte la cvidcncin de lainsania, la cual no es sino un hecho, de cuya existencia,así como dI' sus c.unctércs y grado, son losperitos ó sean los médicos los que cst.ui llamados ájuzgar con mayores probabilidades ele acierto.

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