notas - Biblioteca Digital
notas - Biblioteca Digital notas - Biblioteca Digital
!'iOTAS AL CÓDIGO (;[\"11. Hl3-eontestución-e-su contribución personal que es debidacn el municipio del domieilio rcal ; 4'L.Haber comparecido-enmateria personal-c-anto el tribunal dellugar que habita actualmente, sin solicitar' su envíoante el tribunal del lugar de su antiguo domicilio:5'L Haber vendido todos los bienes que tenia en suuntigua residcncia y adquirídolos en el lugar' de sunueva habitación y haberlo seguido alli su familia ».152-Dice finalmente nuestro artículo, que, el cambiode domicilio se verifica ínstuntaneamcntc 111)1' elhecho de traslación dc la rcsir lcncia de un lugur Üotro, con el ánimo de permanecer y tener allí su principalestablecimiento, El hecho de la rcsidencíu en elnuevo lugar y el ánimo de permanecer en él, debeopera¡' y oper'a el nuevo domicilio, inmediatamenteque exista la concurrencia de estos dos elementos, ~.debe producír y produce ínstantancumcntc el catnlnr:del antiguo domicilio por el nuevo, porque de lo C( 1Iltrariose tendría la existencia simultánea d.: dosdomicilios, lo que no es posible. POI' lo dcuuis, ladisposición que nos ocupa es con-lente en el derechogcneral. El Dr. Story, resumiendo las rcgla::; sobrela materia, díce : - « Séptima, teníendo toda PCI'~()« na ele edad completa, derecho de cumbiur el domici« lío, se sigue que si se muda Ü otro lugar con la« íntcncíón dc hacer de él su rcsidcncía permanente« (animo manendi ), este se con vierte ínstunt.iucu« mente en el lugar de su domicilio »,Art. 97. Cód. Francés. art. lO:~o -Sal'dl), art . (¡{joArt. 98. El último domicilio conocido de una personaes e.l q/le preralece, Citando no es conocidoel nuevo.
184 !'lOTAS Al. CÓDIGO CI\"II.153-~0 es admisible que una persona no tengadomicilio: el domicilio que se tiene se conserva mientrasno se adquiere otro. Nuestro artículo armonizacon estas reglas generales, que quedarían falseadas sino se declarase que el último domicilio conocido es elque prevalece cuando no es conocido el nuevo, Zacharice,dice-« En la duda, el proyecto de trasladar eldomicilio de un lugar á otro, no se presume. Así, elúltimo domicilio conocido de una persona debe tenerlugar de su verdadero domicilio cuando el nuevo esdesconocido ». Asi, escribe Dalloz en Los CódigosAnotados, «el individuo que ha desaparecido desu domicilio sin denunciar ó avisar el nuevo, es reputadoconservar aquel en tanto que no manifiesta laintención de fijarlo en otro lugar », y Dcvílleneuvoy Gilbert, en Jurisprudencia del XIXo Siglo, dicenbajo el n. 44-« Aquel que, después de haber abandonadosu domicilio, no ha hecho conocer su nueva.residencia, es reputado haber conservado su domicilio»,Art. 99. El domicilio se conserva por la sola intenciónde no cambiarlo, 6 de no adoptarotro.154--El domicllío tiene pOI' fundamento la residendacon .inlmo de pel'manecel' en el lugar y tener' allísu cstublccimicnto pi-Incípal : art", n2 y U7, lo queimporta decir folue el domicilio real no se adquiere nicon sólo el hecho de la residencia, ni con sólo el animo,sino «on la concurrencia de estos dos elementos; pel'o,una vez adquirido, se lo conserva con solo la intcnciónde no cumhiarlo, () de no adoptar otro, lo que esconforme ú la naturaleza de las cosas. En efecto, el
- Page 141 and 142: 13~ !\OTAS Al. CÓIl((;() ctvn,Art.
- Page 143 and 144: '134 I\Ol'AS AL CÓ()1(;O' CIVIL«
- Page 145 and 146: 13G x uTAS AL CÓDWO CIVIL1'1':\11
- Page 147 and 148: 138 r-;Ol'AS AL CÓDWO CIHLbni ento
- Page 149 and 150: HU :"O'l'A5 Al, CÓDIGO el \'11.TiT
- Page 151 and 152: NOTAS ALconroo CIVILel modo (le la
- Page 153 and 154: 144 l'\OTA:- Al. CÓDIGO CIVIL-pOI'
- Page 155 and 156: 146 NOTAS AL CÓDIGO CIVILse trasmi
- Page 157 and 158: 148 l'üTA8 Al. CÓDICO CIVil.hecho
- Page 159 and 160: 150 NOTAS AL eÓDIGO elVILdía 1'"
- Page 161 and 162: 152 ~OTAS AL CÓDIGO CIVIl.domicili
- Page 163 and 164: 154 JliOTAS Al, CÓDIGO CIVILsonu
- Page 165 and 166: 156 NOTAS Al, CÓDIGO CIVIl.micilio
- Page 167 and 168: 158 NOTAS Al. CÓDIGO CIVIl,131-Cua
- Page 169 and 170: 160 1'OTAS AL CÓDIGO CIVILsuyos, c
- Page 171 and 172: 162 NOTAS AL CÓDIGO CIVIL1SS-Bajo
- Page 173 and 174: 164 ~OTAS Al, CÓDIGO CIVILen servi
- Page 175 and 176: 1(jlj!'\OTASAL. CÓOIGO CIVIl.un do
- Page 177 and 178: 168 NOTAS AL CÓDIGO GIVILdad y á
- Page 179 and 180: 170 NOTAS AL CÓI.HGU CIVl.L~uesu-o
- Page 181 and 182: 172 ;,\OTAS Al, CÓDIGO CIVILautori
- Page 183 and 184: 17·} l"OTAS AL CÓDIGO CIVILArt. 9
- Page 185 and 186: 17G r\OTAS AL CÓDIGO CIVil,mas de
- Page 187 and 188: 178 MOTA:S AL CÓDIGO CIVil.tener p
- Page 189 and 190: 180 l\OTAS AL CÓDIGO CIVILde prest
- Page 191: t\OTAS AL CÓDIGO crvu,ponde decidi
- Page 195 and 196: 18() NOTAS AL CÓDlüO CIVILemprend
- Page 197 and 198: negocios188 ~OTAS AL CÓDIGO CIVIL1
- Page 199 and 200: J!)() NOTAS AL CÓDIGO CIVILsucesor
- Page 201 and 202: W2 ::-\OTAS AL CÓDIGO ClYILdel [or
- Page 203 and 204: 194 NOTAS AL CÓDIGO CIVIl,pone fin
- Page 205 and 206: H)1i 1'01'.\5 Al. CÓDIGO C1\'ILtal
- Page 207 and 208: iss NOTAS AL CÓDIGO CIVILpersonas
- Page 209 and 210: 200 NOTAS AL CÓDIGO crvu,« al mis
- Page 211 and 212: 202 l'\OTAS AL CÓDIGO CIVIl,Frenas
- Page 213 and 214: cxístcncíu201. f';OTAS AL CÓDWO
- Page 215 and 216: 206 NOTAS AL CÓDIGO CIVil.miento d
- Page 217 and 218: 208 :\OTAS AL CÓDIGO CIVIl.ceses:
- Page 219 and 220: 210 NOTAS Al. CÓDICO CIVil.el tér
- Page 221 and 222: 212 ]sOTAS Al, CÓDIGO CIVILe.ctroo
- Page 223 and 224: 214 NOTAS AL CÓDIGO CIVil,de los b
- Page 225 and 226: 216 l'\OTAS Al, CÓDIGO CIVILausent
- Page 227 and 228: 218 NOTAS AL CÓDIGO CIYII.bicsc ad
- Page 229 and 230: 220 r\OTAS AL CÓDIGO CIVILde los a
- Page 231 and 232: 222 NOTAS AL CÓDIGO CIVILPor lo de
- Page 233 and 234: 224 l'\O'l'AS AL CÓDIGO CIVILte»
- Page 235 and 236: 226 !"OTAS Al. CÓDIGO CIVIl,Art.11
- Page 237 and 238: 228 ~OTAS AL CÓDIGO CIVILPor lo de
- Page 239 and 240: 230 NOTAS AL CÓDIGO CIVIL1 0 Cuand
- Page 241 and 242: 232 l'\OTAS AL CÓDIGO CIVil,miento
!'iOTAS AL CÓDIGO (;[\"11. Hl3-eontestución-e-su contribución personal que es debidacn el municipio del domieilio rcal ; 4'L.Haber comparecido-enmateria personal-c-anto el tribunal dellugar que habita actualmente, sin solicitar' su envíoante el tribunal del lugar de su antiguo domicilio:5'L Haber vendido todos los bienes que tenia en suuntigua residcncia y adquirídolos en el lugar' de sunueva habitación y haberlo seguido alli su familia ».152-Dice finalmente nuestro artículo, que, el cambiode domicilio se verifica ínstuntaneamcntc 111)1' elhecho de traslación dc la rcsir lcncia de un lugur Üotro, con el ánimo de permanecer y tener allí su principalestablecimiento, El hecho de la rcsidencíu en elnuevo lugar y el ánimo de permanecer en él, debeopera¡' y oper'a el nuevo domicilio, inmediatamenteque exista la concurrencia de estos dos elementos, ~.debe producír y produce ínstantancumcntc el catnlnr:del antiguo domicilio por el nuevo, porque de lo C( 1Iltrariose tendría la existencia simultánea d.: dosdomicilios, lo que no es posible. POI' lo dcuuis, ladisposición que nos ocupa es con-lente en el derechogcneral. El Dr. Story, resumiendo las rcgla::; sobrela materia, díce : - « Séptima, teníendo toda PCI'~()« na ele edad completa, derecho de cumbiur el domici« lío, se sigue que si se muda Ü otro lugar con la« íntcncíón dc hacer de él su rcsidcncía permanente« (animo manendi ), este se con vierte ínstunt.iucu« mente en el lugar de su domicilio »,Art. 97. Cód. Francés. art. lO:~o -Sal'dl), art . (¡{joArt. 98. El último domicilio conocido de una personaes e.l q/le preralece, Citando no es conocidoel nuevo.