12.07.2015 Views

notas - Biblioteca Digital

notas - Biblioteca Digital

notas - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

!\Ol'AS AL CÓDIGO CIVIl. 177Arto 940 Si una persona tiene establecida su familiaen un lugar, y sus negocios en otro,el primero es el luqar de su domicilio.147-En la familia se retrata la pcrsonalidud de sujefe, pOl'que es la expresión de sus esfuerzos pOI' sueducación y bienestar. Es, bajo la faz genel'al ele lavida, uno de los primeros altares á que consagra susaspiraciones y sus sacrificios, y á ella convergen, deconsiguiente, sus trabajos y SLt.S afanes, así corno enella encuentra la paz y el cariño que curan las heridasdel alma. Si, pues, el hombre tiene establecidasu familia en un lugar y sus negocios en otro, es elprimero el lugar de su domicilio. De acuerdo conPothier, el doctor Storv - Conf. de las Leyes, 1l.lG ­al fin, sienta la regla'de nuestros artícu'los en estu:-;términos: - (( Si un hombre casado tiene establecidasu familia en un lugar, y él hace sus negocios en otro,el primero se considera su domicilio ».La familia prevalece sobre los negocios ó bienesde fortuna, según este artículo y el anterior inmediato,cuma influencia ó antecedente para la designación deldomicilio.Arto 950La residencia involuntaria por destierro,prisión, eic., noalteraeldomicilio anterior,si se conserva alli la familia ó se tiene elasiento principal de los negocios.148- Es regla fundamental que el domicilio quese tiene se conserva mientras no se crea otro, ya seapor hecho del hombre, ya por obra de la ley; de lu quese deduce que la residencia inroluntaria en un lugardistinto de aquel en que se tiene el domicilio, no puede1'0)101-1'.12

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!