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notas - Biblioteca Digital

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~OTAS AL CóDIGO CIYlL 1(j5cn que pueden ser ejercidos los derechos uctiva v p:t~ivamente,es decir, pOI'ellas y contrn ellas. Y bien,siendo de regla que los inca paces para obr.u: pOI' ~i mismostiencn cl domicilio de SllS representantes, nat urnles que cl de las usociaciones ó (~~II'P'II';l(~i()n('s esté allídonde está situada su dírcccíón ú udministración, salvoque en sus estatutos, ,') en la autorización del gohiel'nose les designe un domicilio distinto v dctcnnin.ub l. Yael artículo ·11 fijó este domicilio, ~li('jendll así: «1.nspersonas jurídicas nacionales {) cxtrunjct-as tienen sudomicilio en el luqar en r¡ue se hallascn., () ilondefun­Clonen sus direcciones 6 ndnunistmcionc« principole«,no siendo el caso de compctoru-ín eS)l('cia1», La (h~finicióndada del domicilio cst-í fundndu, dic(~ Savign~',en las relaciones de la vida nnturnl dd hombre ypor consiguiente no se puedo nplicar :l I;\s 1)(~I'S'll1aSjurídicas; y siendo necesar-io asisnuu-lc-, un. 1 nrtificíal,... conviene hnccrlo en el aeto (le su constituc-ión.Los estatutos-en dedo - suelen dctcrmín.u- (11 rlomiciliode las corporucioncs, ~. cuando ellos no l.) d('signan,lo tija la autor-ización del gohiel'llo, ~. ('11 muchoscasos la ley misma, COIno sucede con las dadas pOI' ('1Congreso de la Hcpúhlicn., cuando ~'II1

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