12.07.2015 Views

notas - Biblioteca Digital

notas - Biblioteca Digital

notas - Biblioteca Digital

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

I.;uTAS AL CÓDIGO CIVIL '147120-EI nacimiento es un hecho, pCI'O no un aetajurídico.El asiento que de él se hace en los libros tícnc pOI'base, no la declarnclón del que fué dado ú luz, que enningún tiempo es apto para suministrar los datos deciencia propia, sino las referencias «') decl.u-acíoncsde terceros, como son los padres, Ú otros Ü quienes laley permita hacerlas al encargado del Registro purael asiento respectivo. Cuando éste reviste todas lasformas legales, se presume su verdad, dice nuestroartículo, es decir, las declaraciones contcnidus en él,respecto del día del nucímícnto, sexo, putcmidad ymaternidad de la criatura dada ti luz, son rcputndasverdaderas con toda la autoridad de una presunciónjuris, pero con la de presunción de derecho solamentey, por lo tanto, es permitido combatida y dcsuutorízarlapor medio de prueba directa y contruría, la cualdebe ser hecha pOI' el que contradijere la presunciónlcgal. Las consideraciones gcncralcs de C:'U'úctCI' juríclico,roforzadas por la necesidad de que el estado delas personas se ajuste á los hechos (le la naturulczn ,imponen conceder á los interesados el derecho parnimpugnar las declaraciones contenidas cn el acta óregistro de nacimlcuto, como íguuhncntc la identidadde la pCI'SOIH1. á que el regístro se rcricra ; siendo permitido,para hacer la prueba del caso, usar de todoslos medíos probatorios conocidos cn derecho, lo cualno es ni puede ser dudoso, porque si es pel'mitidoart.85-usal' de todos ellos cuando no hubieren rcgistrospúblicos, ó cuando habiendo no CstUYÍ

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!