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“Reglamento para la Gestion de Residuos Sólidos de Establecimientos De Salud Del Municipio De Santa Cruz De La Sierra”Salud y Medio Ambiente.• Oficialía Mayor de desarrollo Humano, a través de la Dirección de Saludy DILOS• Oficialía Mayor de Administración y Finanzas.• Oficialía Mayor de Planificación, a través de la Dirección de Medio Ambiente• Ente Municipal Fiscalizador especializado en la Gestión de ResiduosSólidosARTICULO 6º (COORDINACION INTERINSTITUCIONAL)Todas las instancias municipales involucradas en la gestión de residuos sólidosgenerados en Establecimientos de Salud, de acuerdo a sus competencias ypara el cumplimiento de sus funciones y aplicación del presente reglamento,deberán realizar actividades de coordinación con las siguientes instancias:• Ministerio de Salud y Deportes.• Vice Ministerio de Servicios Básicos y obras públicas.• Prefectura del Departamento de Santa Cruz.• Servicio Departamental de Salud- SEDES.Artículo 7º (Constitución de los sub-comités de Residuos Sólidos)Todos los centros de establecimientos de salud públicos y privados, deseguridad social y otros que brindan algún servicio con la salud humana yanimal que estén en los niveles II y III. Están en la obligación de constituir elsub - comité de Residuos Sólidos; elaborar su Programa Institucional delManejo de Residuos Sólidos, cumplir con las leyes y normas vigentes y estereglamento.TITULO IIIGESTION y CLASIFICACION DE LOS RESIDUOS DEESTABLECIMIENTOS DE SALUDCAPITULO IDE LA GESTION DE RESIDUOS DE ESTABLECIMIENTOSDE SALUDARTÍCULO 8º.- (GESTIÓN)Los establecimientos de salud estatales, municipales, públicos y privados, de1
“Gestion integral De Residuos Sólidos Generados En Establecimientos De Salud Del Municipio De Santa Cruz De La Sierra“seguridad social y otros deben contar obligatoriamente con: un programa degestión de residuos y procedimientos de bioseguridad, que comprenda elmanejo interinstitucional de residuos, las fases de generación, selección,almacenamiento, recolección, manipulación, tratamiento, transporte interno -externo y almacenamiento final, así como análisis de riesgos, emergencias,contingencias y otros documentos que deben estar aprobados por el HonorableGobierno Municipal y Homologados por el Responsable de Salud Departamental.Como parte de un plan de adecuación ambiental y requisito indispensablepara obtener y renovar su licencia municipal de funcionamiento (padrón).ARTICULO 9º.- (PROGRAMA INSTITUCIONAL DE GESTION DE RESIDUOS)Los establecimientos de salud, deben elaborar e implementar un programainstitucional de gestión de residuos, con sistemas, técnicas y procedimientosque permitan el manejo especifico y especializado para cada clase o subclasede residuos, desde su origen hasta el almacenamiento final y el operadorexterno desde que salgan del establecimiento, según las Normas BolivianasNB 69001 - 69007 y las Normas del Instituto Boliviano de Ciencia y TecnologíaNuclear (IBTEN) y el presente reglamento.ARTICULO 10º.- (DIFUSIÓN EN EL PERSONAL)Todo personal de un establecimiento de salud deberá de forma obligatoria,conocer el programa institucional de gestión de residuos, además deberárecibir capacitación y actualización permanente sobre el manejo de residuosy guardar los principios de medicina preventiva y bioseguridad. ElEstablecimiento de Salud que cuente con una empresa privada de limpiezadeberá contar con personal capacitado en normas de Bioseguridad y ResiduosSólidos Hospitalarios, certificados por la unidad competente del gobiernodepartamental el centro de capacitación u otra institución acreditada.ARTICULO 11º.- (MECANISMOS PARA REDUCIR RIESGOS)Los establecimientos de salud, en su programa de gestión, deberán establecersistemas, procedimientos y mecanismos que reduzcan el riesgo en la generacióny manejo de residuos bio-infecciosos y peligrosos; Así mismo, con sistemas,técnicas y procedimientos que permitan el manejo especifico y especializadopara cada clase o subclase de residuos, desde su origen hasta que salen delestablecimiento.ARTICULO 12º.- (INCENTIVOS Y/O COMPENSACIONES)El Gobierno Municipal establecerá incentivos y/o compensaciones, mediante2
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“Reglamento para la Gestion de Residuos Sólidos de Establecimientos De Salud Del Municipio De Santa Cruz De La Sierra”Salud y Medio Ambiente.• Oficialía Mayor de desarrollo Humano, a través de la Dirección de Saludy DILOS• Oficialía Mayor de Administración y Finanzas.• Oficialía Mayor de Planificación, a través de la Dirección de Medio Ambiente• Ente Municipal Fiscalizador especializado en la Gestión de ResiduosSólidosARTICULO 6º (COORDINACION INTERINSTITUCIONAL)Todas las instancias municipales involucradas en la gestión de residuos sólidosgenerados en Establecimientos de Salud, de acuerdo a sus competencias ypara el cumplimiento de sus funciones y aplicación del presente reglamento,deberán realizar actividades de coordinación con las siguientes instancias:• Ministerio de Salud y Deportes.• Vice Ministerio de Servicios Básicos y obras públicas.• Prefectura del Departamento de Santa Cruz.• Servicio Departamental de Salud- SE<strong>DE</strong>S.Artículo 7º (Constitución de los sub-comités de Residuos Sólidos)Todos los centros de establecimientos de salud públicos y privados, deseguridad social y otros que brindan algún servicio con la salud humana yanimal que estén en los niveles II y III. Están en la obligación de constituir elsub - comité de Residuos Sólidos; elaborar su Programa Institucional delManejo de Residuos Sólidos, cumplir con las leyes y normas vigentes y estereglamento.TITULO III<strong>GESTION</strong> y C<strong>LA</strong>SIFICACION <strong>DE</strong> LOS <strong>RESIDUOS</strong> <strong>DE</strong>ESTABLECIMIENTOS <strong>DE</strong> SALUDCAPITULO I<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>GESTION</strong> <strong>DE</strong> <strong>RESIDUOS</strong> <strong>DE</strong> ESTABLECIMIENTOS<strong>DE</strong> SALUDARTÍCULO 8º.- (GESTIÓN)Los establecimientos de salud estatales, municipales, públicos y privados, de1