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La ciberdelincuencia, introducción al delito informático. - CCOO

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IMPACTO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA CRIMINALIDAD (1)Impacto horizont<strong>al</strong>:•Teléfono móvil.•Codificación clave pública.Impacto vertic<strong>al</strong> (nuevas conductas):•DDoS.•HackingEl dispositivo tecnológico actúacomo un herramienta. El M.O. novaría significativamente.Dispositivos de <strong>al</strong>macenamientomasivoEl dispositivo tecnológico(la máquina) es el objetivoNuevos modi operandi (anonimato):•Pornografía infantil.•Injurias.•Estafas.


REPROCHE PENAL V.S. REPROCHE SOCIAL. SOCIEDAD DELRIESGO / ALARMA SOCIAL. REQUISITOS PARA LAS ACTUACIONESPOLICIALES EN INTERNET (2)SOCIEDAD DEL RIESGO:•Riesgo, percepción subjetiva. Lo que se “asume” y lo que no… : Privacidad, protección amenores. Concepto de <strong>al</strong>arma soci<strong>al</strong>.•De Robin Hood a la pedofilia.•Necesidad de v<strong>al</strong>oraciones científicas y profesion<strong>al</strong>es:Los <strong>delito</strong>s investigados en el ámbito de Internet por las agencias polici<strong>al</strong>es en todo el mundorecorren un abanico similar: pornografía infantil; fraudes (phishing, pharming, vishing, robos deidentidad); terrorismo; tráfico de drogas (princip<strong>al</strong>mente fármacos y drogas sintéticas); propiedadintelectu<strong>al</strong>, etc.


REPROCHE PENAL V.S. REPROCHE SOCIAL. SOCIEDAD DELRIESGO / ALARMA SOCIAL. REQUISITOS PARA LAS ACTUACIONESPOLICIALES EN INTERNET (3)Menor <strong>al</strong>arma soci<strong>al</strong>Mayor <strong>al</strong>arma soci<strong>al</strong>“piratas <strong>informático</strong>s”:“Robin Hood”•inquietud intelectu<strong>al</strong> por lavulnerabilidad de los sistemasInformáticos.•Vesatec: “El jamón y el vino”•“Dumps” y cardingPornografía infantil(de la literatura y dibujos a Internet y las comunidades)Del inicio de las investigaciones por el CNP, a la mera tenencia.MOTIVOS PARA PERSEGUIR LA TENENCIA:1.- Porque los circuitos de pornografía infantil constituyen un monstruo que debe ser<strong>al</strong>imentado constantemente con materi<strong>al</strong> nuevo, es decir, que promueve las agresionessexu<strong>al</strong>es a menores.2.- Porque los pedófilos, en tanto que grupo de riesgo en cuanto a posibles agresionessexu<strong>al</strong>es a menores, son sujetos de indiscutible interés polici<strong>al</strong>, por lo que han de ser<strong>al</strong>menos identificados.3.- Porque la simple contemplación de una escena en la que aparece un menor vejadoperpetúa la agresión contra su libertad y dignidad.


REPROCHE PENAL V.S. REPROCHE SOCIAL. SOCIEDAD DELRIESGO / ALARMA SOCIAL. REQUISITOS PARA LAS ACTUACIONESPOLICIALES EN INTERNET (7)RETOMEMOS UNA DE NUESTRAS PREGUNTAS:¿Cuáles son las contramedidas adoptadas por los poderes públicos?:•Creación de unidades de Policía especi<strong>al</strong>izada.•Establecimiento de un marco normativo adecuado.•Legislación pen<strong>al</strong>:•Convenio de cybercrime.Modificación del Código Pen<strong>al</strong> (entrada en vigor en diciembre de 2010):Ataques contra los sistemas de informaciónSE TIPIFICAN COMO DELITO LOS ATAQUES INFORMÁTICOSSe incluyen como conductas punibles las consistentes en:Borrar, dañar, deteriorar, <strong>al</strong>terar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas <strong>informático</strong>s ajenos.Obstaculizar o interrumpir el funcionamiento de un sistema de información ajeno.El acceso sin autorización y vulnerando las medidas de seguridad a datos oprogramas <strong>informático</strong>scontenidos en un sistema <strong>informático</strong> o en parte del mismo.


REPROCHE PENAL V.S. REPROCHE SOCIAL. SOCIEDAD DELRIESGO / ALARMA SOCIAL. REQUISITOS PARA LAS ACTUACIONESPOLICIALES EN INTERNET (8)RETOMEMOS UNA DE NUESTRAS PREGUNTAS:¿Cuáles son las contramedidas adoptadas por los poderes públicos?:•Creación de unidades de Policía especi<strong>al</strong>izada.•Establecimiento de un marco normativo adecuado.•Legislación pen<strong>al</strong>:•<strong>La</strong> regulación administrativa del funcionamiento de los operadores de comunicaciones yel mantenimiento, conservación y tratamiento de los datos de tráfico de las mismas.“Si no existe retención de datos de tráfico, no pueden investigarseLos <strong>delito</strong>s en la Red”•Confusión entre retención de datos y “contenidos”.•Los proveedores de servicios de Internet tienen la posibilidad deconservar unos ficheros históricos de muy especi<strong>al</strong> relevancia, los que vinculan una dirección IP con un usuario: los que asocian laRed con el mundo re<strong>al</strong> de los usuarios.


REPROCHE PENAL V.S. REPROCHE SOCIAL. SOCIEDAD DELRIESGO / ALARMA SOCIAL. REQUISITOS PARA LAS ACTUACIONESPOLICIALES EN INTERNET (9)RETOMEMOS UNA DE NUESTRAS PREGUNTAS:¿Cuáles son las contramedidas adoptadas por los poderes públicos?:•Creación de unidades de Policía especi<strong>al</strong>izada.•Establecimiento de un marco normativo adecuado.•Legislación pen<strong>al</strong>:•<strong>La</strong> regulación administrativa del funcionamiento de los operadores de comunicaciones yel mantenimiento, conservación y tratamiento de los datos de tráfico de las mismas.Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a lascomunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.•Hasta entonces estaba en vigor la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de lasociedad de la información y de comercio electrónico; en concreto los puntos 1 y 4de su artículo 12 (punto 4 establecía las categorías de datos que deberán conservarse según el tipo de servicio prestado).•Referencia a “acceso a Internet, correo electrónico por Internet y telefonía porInternet”•Periodo de retención: Con carácter gener<strong>al</strong>, 12 meses


EL CARÁCTER INTERNACIONAL PER SE DE LAS ACCIONES CRIMINALESLLEVADAS A CABO A TRAVÉS DE INTERNET.LA TUTELA JUDICIAL DE LAS INVESTIGACIONES POLICIALES.INSTITUCIONES DE COOPERACIÓN POLICIAL INTERNACIONAL(1)•No existe una diferencia esenci<strong>al</strong> entre el uso de una máquina enAustria de una en Austr<strong>al</strong>ia.•Para hechos cometidos por Internet, el principio de territori<strong>al</strong>idaddel Derecho desvanece buena parte de su sentido.


EL CARÁCTER INTERNACIONAL PER SE DE LAS ACCIONES CRIMINALESLLEVADAS A CABO A TRAVÉS DE INTERNET.LA TUTELA JUDICIAL DE LAS INVESTIGACIONES POLICIALES.INSTITUCIONES DE COOPERACIÓN POLICIAL INTERNACIONAL(2)•Metodológicamente puede hablarse de una fase virtu<strong>al</strong> de la investigación, que es la que llevaría hasta lamáquina de la que partieron los hechos que la motivan. Esta fase virtu<strong>al</strong> muy pronto llega hasta unadirección IP: Ésta, vendría a ser la matrícula del vehículo desde el que supuestamentese ha cometido el hecho delictivo investigado. En este símil, la red pública de carreteras sería Internet.Preguntémonos por las posibilidades a la hora de hacer uso de la misma con distintos tipos de vehículodesde este punto de vista:


EL CARÁCTER INTERNACIONAL PER SE DE LAS ACCIONES CRIMINALESLLEVADAS A CABO A TRAVÉS DE INTERNET.LA TUTELA JUDICIAL DE LAS INVESTIGACIONES POLICIALES.INSTITUCIONES DE COOPERACIÓN POLICIAL INTERNACIONAL(3)Con un vehículo de nuestrapropiedadCon uno cuyo uso nos cedey asigna nuestra empresaAcceso con IP contratada por nosotros, adquiriendo así el mismo rango que un ISP.IP fija (ADSL)Con uno <strong>al</strong>quiladoIP dinámica (di<strong>al</strong>-up, cable DHCP)Con un taxiCon un vehículo robadoLocutorio público o “cibercafé”Accesos corporativos: Usurpación de credenci<strong>al</strong>es o sesión de otro usuario.Con el de un amigoWifi deliberadamente abiertaCon uno con placas robadaso f<strong>al</strong>sasTroyano o proxy m<strong>al</strong> configurado


EL CARÁCTER INTERNACIONAL PER SE DE LAS ACCIONES CRIMINALESLLEVADAS A CABO A TRAVÉS DE INTERNET.LA TUTELA JUDICIAL DE LAS INVESTIGACIONES POLICIALES.INSTITUCIONES DE COOPERACIÓN POLICIAL INTERNACIONAL(4)•Es decir, según este símil, lo que en el mundo re<strong>al</strong> pasa por una simple e inmediata consulta a la DGT, en lasinvestigaciones por Internet requiere la obtención de un mandamiento judici<strong>al</strong> que pueda liberar la informaciónnecesaria y previamente retenida según lo dispuesto en la Ley 25/2007.•Si esto fuera poco, después de esta fase de investigación virtu<strong>al</strong>, no puede dejar de señ<strong>al</strong>arse la necesidad de Entraday Registro para la obtención de pruebas: <strong>La</strong> intervención y análisis de los ordenadores desde los que se han cometidolos hechos motivo de investigación son diligencias ineludibles; pero su práctica, para que no pierda eficacia, debe llevarsea cabo sin la prevención del presunto autor de los hechos.•Por lo tanto el juez instructor debe decidir la proporcion<strong>al</strong>idad o desproporción entre la gravedad de los hechosinvestigados y la limitación de derechos solicitada: la entrada y registro en domicilioEn definitiva, puede concluirse con que ya desde los primeros estadios de la investigación ésta debe ser tutelada por laautoridad judici<strong>al</strong>, habilitando la actuación de los policías mediante auto motivado en sucesivas ocasiones, lo cu<strong>al</strong> continuaría siendo un problema asequible si el ámbito territori<strong>al</strong> se mantuviera en una misma jurisdicción; podría decirse inclusomás: seguiría siendo un problema asequible si se mantuviera en la jurisdicción nacion<strong>al</strong>.


EL CARÁCTER INTERNACIONAL PER SE DE LAS ACCIONES CRIMINALESLLEVADAS A CABO A TRAVÉS DE INTERNET.LA TUTELA JUDICIAL DE LAS INVESTIGACIONES POLICIALES.INSTITUCIONES DE COOPERACIÓN POLICIAL INTERNACIONAL(5)Con carácter gener<strong>al</strong> distinguimos tres vías de cooperación internacion<strong>al</strong> polici<strong>al</strong>: BILATERAL. A través de los consejeros y agregados de Interior en las misiones diplomáticas permanentes del Reino deEspaña. Recíprocamente han de mencionarse también a los responsables de estas materias de las legaciones diplomáticaspermanentes de terceros países en España INTERPOL. Con la fin<strong>al</strong>idad de: Conseguir y desarrollar, dentro del marco de las leyes de los diferentes países y del respeto a la Declaración Univers<strong>al</strong> de Derechos Humanos, la más amplia asistencia recíproca de las autoridades de policía crimin<strong>al</strong>. Establecer y desarrollar todas las instituciones que puedan contribuir a la prevención y a la represión de lasinfracciones de derecho común.(Artículo 2 del Estatuto de INTERPOL) EUROPOL. Cuyo objetivo se define como: Mejorar, en el marco de la cooperación entre los Estados miembros de conformidad con el punto 9 del artículo K.1 delTratado de la Unión Europea, por medio de las actividades que se enumeran en el presente Convenio, la eficacia de losservicios competentes de los Estados miembros y la cooperación entre los mismos con vistas a la prevención y luchacontra el terrorismo, el tráfico ilícito de estupefacientes y otras formas graves de delincuencia internacion<strong>al</strong>, en lamedida en que existan indicios concretos de una estructura delictiva organizada y que dos o más Estados miembros sevean afectados por las formas de delincuencia antes mencionadas de t<strong>al</strong> modo que, debido <strong>al</strong> <strong>al</strong>cance, gravedad yconsecuencias de los actos delictivos, se requiera una actuación común de los Estados miembros.


CONCLUSIONES<strong>La</strong> Red es una versión ampliada y mejorada del sistema nervioso de la Humanidad y sus nuevas posibilidades tienen que ver con su versatilidad y su interactividad. Esta nueva versión de las comunicaciones ha ampliado en la misma medid<strong>al</strong>as posibilidades en cuanto a la comisión de actos crimin<strong>al</strong>es, tanto perfeccionando las herramientas y modi operandi para cometer los tipos delictivos bien conocidos, como haciendo surgir nuevos riesgos y amenazas: los que suponen la propia existencia de las máquinas que componen la Red.<strong>La</strong> prevención y atenuación de esta faceta negativa de la Red, que puede afectar a la privacidad, seguridad, patrimonio e indemnidad sexu<strong>al</strong> de sus usuarios y otras personas, requiere de contramedidas de concienciación, legislativas, jurisdiccion<strong>al</strong>es y de policía.<strong>La</strong> Comisión europea ha dedicado grandes esfuerzos en la homologación de cuerpos legislativos que posibiliten las investigaciones y el enjuiciamiento de los <strong>delito</strong>s en la Red; aunque esa labor no está concluida. Jueces y Fisc<strong>al</strong>es han actu<strong>al</strong>izado sus conocimientos y se han creado figuras como el Fisc<strong>al</strong> de S<strong>al</strong>a del Tribun<strong>al</strong> Supremo delegado par<strong>al</strong>a Delincuencia informática. <strong>La</strong>s agencias de policía, por su parte, han evolucionado creando unidades especi<strong>al</strong>izadas cuyos miembros reciben formación permanente. Estas agencias de policía cooperan entre sí a nivel internacion<strong>al</strong> de forma muy activa, desarrollando herramientas conjuntas de inteligencia y análisis.<strong>La</strong> comunidad polici<strong>al</strong> internacion<strong>al</strong> y la cooperación entre estas agencias de policía constituyen son los agentes natur<strong>al</strong>es para la represión de la crimin<strong>al</strong>idad en la Red: INTERPOL, EUROPOL y de una manera significada sus an<strong>al</strong>ysis work files.Esta charla, en versión reducida, está disponible en:http://www.uoc.edu/idp/5/dt/esp/lopez.html

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