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12.07.2015 Views

Actualización censo colaboradores• La Agencia Tributaria está procediendo a la actualización delcenso de colaboradores sociales para la presentacióntelemática de declaraciones en nombre de terceros. Paraque un profesional del ámbito tributario actúe comocolaborador social es condición imprescindible ser miembro deuna asociación o colegio profesional que tenga suscrito elcorrespondiente convenio con la Agencia Tributaria.• Si usted ha causado baja en su asociación o colegio profesionaldebe regularizar su situación antes del próximo 30 de octubredirigiéndose a su asociación o colegio profesional. Si usted estádado de alta en su asociación o colegio profesional mantendráautomáticamente su condición de colaborador social sin tenerque realizar ninguna gestión.

Plan de control tributario 2012• Se habla de un contexto económico caracterizado por el crecimientonegativo del PIB y por un déficit de las cuentas públicas que es precisocorregir a lo largo del año• La Agencia Tributaria está llamada a cumplir un importante papel en elproceso de consolidación fiscal necesario para sentar las bases de uncrecimiento económico sólido y estable, procurando mayores ingresostributarios .• Si combatir el fraude ha sido siempre un objetivo prioritario, en estosmomentos resulta esencial .La lucha contra el fraude fiscal, queconstituye una de las estrategias fundamentales de la Agencia Tributaria enel cumplimiento de su misión de aplicación efectiva del sistema tributarioestatal y del aduanero, adquiere especial relevancia en la situaciónactual de crisis económica y déficit presupuestario.• La Agencia Tributaria continuará prestando a los ciudadanos y a lasempresas los servicios de ayuda para el cumplimiento de sus obligacionesfiscales

Actualización censo colaboradores• La Agencia Tributaria está procediendo a la actualización delcenso de colaboradores sociales para la presentacióntelemática de declaraciones en nombre de terceros. Paraque un profesional del ámbito tributario actúe comocolaborador social es condición imprescindible ser miembro deuna asociación o colegio profesional que tenga suscrito elcorrespondiente convenio con la Agencia Tributaria.• Si usted ha causado baja en su asociación o colegio profesionaldebe regularizar su situación antes del próximo 30 de octubredirigiéndose a su asociación o colegio profesional. Si usted estádado de alta en su asociación o colegio profesional mantendráautomáticamente su condición de colaborador social sin tenerque realizar ninguna gestión.

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