Pagos fraccionados - Fremap
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I. Patrimonio• OBLIGACIÓN DE DECLARAR:• En principio sólo están obligados a declarar los sujetospasivos cuya cuota del I. Patrimonio, una vez aplicadaslas deducciones o bonificaciones que procedieran,resulte a ingresar. O sea, aquellos cuyo patrimonioneto supere 700.000€• Estarán también obligados todos aquellos cuyo valor debienes y derechos calculados según la normativa delmismo (y sin computar a estos efectos las cargas,gravámenes, deudas u otras obligaciones personales)resulte superior a 2.000.000€, aun cuando la cuotaresultara negativa. ( antes 1.000.000€)