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Neurociencia del consumo y dependencia de sustancias psicoactivas

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7. CUESTIONES ÉTICAS EN LA INVESTIGACIÓN NEUROCIENTÍFICA DEL TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE LAS FARMACODEPENDENCIASdad exige que los beneficios <strong>de</strong> las acciones sean mayores que las cargas que imponena los <strong>de</strong>más. Por consiguiente, el principio <strong>de</strong> beneficencia estipula que una acciónproduzca beneficios, y que éstos sean mayores que sus cargas. En el contexto <strong>de</strong> lainvestigación biomédica, esto significa que los beneficios producidos por una investigaciónpara la sociedad <strong>de</strong>ben ser mayores que los riesgos para los participantes.iv. Justicia distributivaLa justicia es, posiblemente, el más polémico <strong>de</strong> los cuatro principios morales.Para los propósitos <strong>de</strong> estas consi<strong>de</strong>raciones, “justicia” se refiere más a la “justiciadistributiva” que a la justicia retributiva (penal) o rectificatoria (compensatoria)(Beauchamp y Childress, 2001). En bioética, el principio <strong>de</strong> justicia distributivaha sido central en los <strong>de</strong>bates acerca <strong>de</strong> cómo asegurar un acceso equitativo a laatención médica y <strong>de</strong> cómo reducir los resultados <strong>de</strong>siguales <strong>de</strong> la salud. En elcaso <strong>de</strong> la investigación, el principio <strong>de</strong> la justicia distributiva se refiere a la distribuciónequitativa <strong>de</strong> los riesgos, así como <strong>de</strong> los beneficios <strong>de</strong> participar eninvestigaciones (Brody, 1998). Una política <strong>de</strong> investigaciones justa y equitativa<strong>de</strong>be tener como objetivo lograr una distribución <strong>de</strong> beneficios y cargas <strong>de</strong> la participaciónen las investigaciones que sea tan justa y equitativa como sea posible.Derechos humanosEn 1948, la Declaración Universal <strong>de</strong> los Derechos Humanos (DUDH) estipuló unaserie <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos a escala internacional que <strong>de</strong>bería ser cumplida por todaslas naciones firmantes <strong>de</strong> la <strong>de</strong>claración (Asamblea General <strong>de</strong> las Naciones Unidas,10 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 1948). La DUDH reconoce que todo individuo tiene <strong>de</strong>rechosen virtud <strong>de</strong> ser humano y señala que estos <strong>de</strong>rechos son universales, en el sentido <strong>de</strong>que se aplican por igual a toda persona <strong><strong>de</strong>l</strong> mundo, sin importar quién sea o dón<strong>de</strong>viva (Fe<strong>de</strong>ración Internacional <strong>de</strong> la Cruz Roja, Socieda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la Luna Roja y Centro<strong>de</strong> Salud y Derechos Humanos François-Xavier Bagnoud, 1999; Mann y colab.,1999). La DUDH obliga a las naciones a tratar a todo individuo como igual, asícomo a promover y proteger el <strong>de</strong>recho a la vida, la libertad y la seguridad <strong>de</strong> la persona.Incluye “<strong>de</strong>rechos negativos”, como el <strong>de</strong>recho a no ser esclavizado o a vivir enla servidumbre, a no ser torturado o estar sujeto a castigos o tratamientos crueles,inhumanos y <strong>de</strong>gradantes. También obliga a los Estados signatarios a permitir untratamiento equitativo ante la ley y la protección equitativa <strong>de</strong> ésta, sin discriminación,al estipular que toda persona acusada <strong>de</strong> un <strong><strong>de</strong>l</strong>ito penal <strong>de</strong>be ser consi<strong>de</strong>rada inocentehasta que se <strong>de</strong>muestre su culpabilidad (DUDH, 1948, articulo 11).Los principios éticos médicos y los <strong>de</strong>rechos humanos representan mandatospara comportarse <strong>de</strong> formas específicas, aunque difieren según la persona a la quese apliquen (Mann, 1999). Usualmente, los principios éticos se aplican a individuos,en general investigadores y personal médico, en tanto que los <strong>de</strong>rechoshumanos imponen obligaciones sobre los Estados y gobiernos para promover yproteger los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> sus ciudadanos <strong>de</strong> infracciones <strong><strong>de</strong>l</strong> propio Estado o <strong>de</strong>otros (Mann, 1999). Los <strong>de</strong>rechos humanos son relevantes por la forma en quese utilizan los tratamientos e intervenciones <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong> las investigaciones neu-217

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