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DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

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CAPITULO 3PREPARACION DEL VUELO YPROCEDIMIENTOS DURANTE SU DESARROLLO3.1 INSTALACIONES Y SERVICIOS ADECUADOS.El piloto al mando no iniciará un vuelo a menos que haya comprobadopreviamente por todos los medios razonables <strong>de</strong> que disponga, <strong>de</strong> que lasinstalaciones y servicios terrestres y/o marítimos disponibles y requeridosnecesariamente durante ese vuelo, y para la operación <strong>de</strong>l avión encondiciones <strong>de</strong> seguridad son a<strong>de</strong>cuados.3.2 MINIMOS DE UTILIZACION DE AERODROMO.El piloto al mando no operará hacia o <strong>de</strong>s<strong>de</strong> un aeródromo usando mínimos <strong>de</strong>utilización inferiores a los que establezca para ese aeródromo la DGAC, exceptocon la aprobación expresa <strong>de</strong> dicha Autoridad.Para fines <strong>de</strong> planificación <strong>de</strong> vuelo se utilizarán mínimos más elevados para unaeródromo cuando éste se <strong>de</strong>signa como <strong>de</strong> alternativa que para el mismoaeródromo cuando se prevé como aeródromo <strong>de</strong> aterrizaje propuesto.3.3 INSTRUCCIONES ADICIONALES.3.3.1 El piloto al mando se asegurará que los miembros <strong>de</strong> la tripulación y lospasajeros conozcan bien, por medio <strong>de</strong> informaciones verbales u otrosmétodos, la ubicación y el uso <strong>de</strong>:a) Los cinturones <strong>de</strong> seguridad;b) las salidas <strong>de</strong> emergencia;c) los chalecos salvavidas;d) el equipo <strong>de</strong> suministro <strong>de</strong> oxígeno; ye) otro equipo <strong>de</strong> emergencia previsto para uso individual, incluyendo tarjetas<strong>de</strong> instrucción <strong>de</strong> emergencia para los pasajeros.3.3.2 El piloto al mando se asegurará que todas las personas a bordo conozcan laubicación y el modo general <strong>de</strong> usar el equipo principal <strong>de</strong> emergencia que selleve para uso colectivo, y que ellas hayan sido <strong>de</strong>bidamente instruidas sobrelas medidas que habrían <strong>de</strong> ser adoptadas en caso <strong>de</strong> emergencias en vuelo.3.4 AERONAVEGABILIDAD DEL AVION Y PRECAUCIONES DE SEGURIDAD.3.4.1 No se iniciará ningún vuelo hasta que el piloto al mando haya comprobado que:a) El avión reúne condiciones <strong>de</strong> aeronavegabilidad, está <strong>de</strong>bidamentematriculado y que los certificados correspondientes se llevan a bordo;b) los instrumentos y equipo instalados en el avión son apropiados,consi<strong>de</strong>rando las condiciones <strong>de</strong> vuelo previstas;<strong>DAR</strong> <strong>06</strong>D/S 52 <strong>de</strong> 15/Abr/02, publicado 30/Jul/02

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