12.07.2015 Views

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

eferirse a uno o más instrumentos <strong>de</strong> vuelo, estarán equipadosconforme a lo establecido por la DGAC en la normativa paraEquipamiento Mínimo con que <strong>de</strong>ben contar las aeronaves civiles queoperen en el espacio aéreo chileno en conformidad a la función querealicen.5.7.3 Los instrumentos que usen el piloto al mando o el copiloto, se dispondrán<strong>de</strong> tal manera que éstos puedan ver fácilmente <strong>de</strong>s<strong>de</strong> sus puestos,apartándose lo menos posible <strong>de</strong> su posición y línea <strong>de</strong> visión normales,cuando miran hacia <strong>de</strong>lante a lo largo <strong>de</strong> la trayectoria <strong>de</strong> vuelo.5.8 PARA LOS AVIONES QUE VUELEN DURANTE LA NOCHE.5.8.1 Los aviones que vuelen durante la noche, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>l equipo mínimoestablecido en la norma específica por la DGAC, estarán dotados <strong>de</strong>:a) equipo para ostentar las luces prescritas en este Reglamento,Reglamento <strong>de</strong>l Aire y Reglamento <strong>de</strong> Aeronavegabilidad;b) dos faros <strong>de</strong> aterrizaje, o un solo faro cuando la luz conste <strong>de</strong> dosfilamentos con alimentación in<strong>de</strong>pendiente;c) iluminación para todos los instrumentos y equipo, indispensables parala operación segura <strong>de</strong>l avión, utilizados por la tripulación <strong>de</strong> vuelo;d) luces en todos los compartimentos <strong>de</strong> pasajeros, ye) una linterna eléctrica (a pilas) para cada miembro <strong>de</strong> la tripulación.5.8.2 Los aviones <strong>de</strong>berán estar equipados con las luces <strong>de</strong> navegaciónreglamentarias, <strong>de</strong> conformidad a lo establecido en este <strong>Volumen</strong>, en elReglamento <strong>de</strong>l Aire, entre las que quedan incluidas una o más luces <strong>de</strong><strong>de</strong>stellos <strong>de</strong> alta intensidad comúnmente <strong>de</strong>nominadas <strong>de</strong> anticolisión.5.9 PARA LOS AVIONES QUE VUELEN SOBRE ZONAS TERRESTRESPOCO DESARROLLADAS.Los aviones que vuelen sobre zonas terrestres en que sería muy difícil labúsqueda o salvamento, llevarán los dispositivos <strong>de</strong> señales y equipos <strong>de</strong>supervivencia apropiados al área sobre la que se haya <strong>de</strong> volar.************<strong>DAR</strong> <strong>06</strong>D/S 52 <strong>de</strong> 15/Abr/02, publicado 30/Jul/02

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!