12.07.2015 Views

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

3.12.10 La Empresa Aérea que opere por encima <strong>de</strong> 15 000 metros (49 000 pies),mantendrá registros mediante los cuales puedan <strong>de</strong>terminarse las dosistotales <strong>de</strong> radiación cósmica recibidas por cada uno <strong>de</strong> los miembros <strong>de</strong>su tripulación durante un período <strong>de</strong> doce (12) meses consecutivos.3.13 INSTRUCCIONES A LOS PASAJEROS SOBRE EL EQUIPO DESEGURIDAD Y EMERGENCIA.Las Empresas aéreas se asegurarán <strong>de</strong> que los pasajeros conozcan bienla ubicación y el uso <strong>de</strong>:a) los cinturones <strong>de</strong> seguridad;b) las salidas <strong>de</strong> emergencia;c) los chalecos salvavidas, si está prescrito llevarlos a bordo para laoperación <strong>de</strong> que se trate;d) el equipo <strong>de</strong> oxígeno, si se prescribe el suministro <strong>de</strong> oxígeno a lospasajeros; ye) otro equipo <strong>de</strong> emergencia suministrado para uso individual, inclusivetarjetas <strong>de</strong> instrucciones <strong>de</strong> emergencia para los pasajeros.3.13.1 La Empresa aérea informará a los pasajeros sobre la ubicación y la formaque, en general, <strong>de</strong>be usarse el equipo principal <strong>de</strong> emergencia que selleva a bordo para uso colectivo.3.13.2 En caso <strong>de</strong> emergencia durante el vuelo, cuando se disponga <strong>de</strong> tiempopara ello, <strong>de</strong>berá instruirse a los pasajeros acerca <strong>de</strong> las medidas <strong>de</strong>seguridad apropiadas a las circunstancias.3.13.3 La Empresa aérea se asegurará <strong>de</strong> que todas las personas a bordo <strong>de</strong>lavión, a reserva <strong>de</strong> cualquier instrucción aprobada por la DGAC, esténsujetas en sus asientos por medio <strong>de</strong> los cinturones <strong>de</strong> seguridad o <strong>de</strong> lostirantes <strong>de</strong> sujeción durante el <strong>de</strong>spegue y el aterrizaje y siempre que,por razones <strong>de</strong> turbulencia o cualquier otra emergencia que ocurradurante el vuelo, se consi<strong>de</strong>re necesaria tal precaución.3.14 PREPARACION DE LOS VUELOS.3.14.1 Condiciones para iniciar el Vuelo.No se iniciará ningún vuelo hasta que se haya completado ladocumentación <strong>de</strong> preparación <strong>de</strong> vuelo correspondiente, en la cual secertifique que el piloto al mando <strong>de</strong> la aeronave ha comprobado que:a) el avión reúne condiciones <strong>de</strong> aeronavegabilidad;b) los instrumentos y equipo prescritos en este <strong>Volumen</strong>, para el tipo <strong>de</strong>operación que va a efectuarse están operativos y son suficientes pararealizar el vuelo;<strong>DAR</strong> <strong>06</strong>D/S 52 <strong>de</strong> 15/Abr/02, publicado 30/Jul/02

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!