12.07.2015 Views

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

DAR 06, Volumen IV - Dirección General de Aeronáutica Civil

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

2.16 USO DE EQUIPOS ELECTRONICOS Y DE COMUNICACIONES A BORDO2.16.1 Ninguna persona a bordo <strong>de</strong> una aeronave podrá operar durante las fases<strong>de</strong> <strong>de</strong>spegue y aterrizaje, u otras que la empresa aérea así lo <strong>de</strong>termine,equipos electrónicos portátiles o <strong>de</strong> comunicaciones que puedan causarinterferencias con los sistemas <strong>de</strong> navegación y comunicaciones <strong>de</strong> lamisma.2.16.2 Lo indicado en el punto anterior no es aplicable para:a) Grabadoras portátiles <strong>de</strong> voz.b) Ayudas auditivas electrónicas.c) Marcapasos.d) Afeitadoras eléctricas.e) Cualquier otro equipo electrónico portátil que la Empresa aérea haya<strong>de</strong>terminado que no causa interferencia con los sistemas <strong>de</strong>navegación y comunicaciones propios <strong>de</strong> la aeronave.2.17 INFORMACION DE BUSQUEDA Y SALVAMENTO.Las Empresas aéreas se cerciorarán que los pilotos al mando dispongan abordo <strong>de</strong> las aeronaves, <strong>de</strong> toda la información esencial relativa a losservicios <strong>de</strong> búsqueda y salvamento <strong>de</strong>l área sobre la cual vayan a volar.Esta información se consignará en el Manual <strong>de</strong> Operaciones y podráproporcionarse al piloto por otro medio que se estime más a<strong>de</strong>cuado.2.18 PROGRAMA DE PREVENCION DE ACCIDENTESLa Empresa Aérea establecerá y mantendrá un programa <strong>de</strong> prevención <strong>de</strong>acci<strong>de</strong>ntes y <strong>de</strong> seguridad <strong>de</strong> vuelo.2.19 USO PROBLEMATICO DE SUSTANCIAS PSICOACT<strong>IV</strong>ASLos miembros <strong>de</strong> las tripulaciones <strong>de</strong> vuelo y auxiliar no <strong>de</strong>sempeñarán susfunciones mientras estén bajo la influencia <strong>de</strong> sustancias psicoactivas queperjudiquen la actuación humana.<strong>DAR</strong> <strong>06</strong>D/S 52 <strong>de</strong> 15/Abr/02, publicado 30/Jul/02

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!