26 - Biblioteca Digital - Corte Suprema de Justicia de la Nación

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- ~.j-.m-ibasen dírectamente a los puertos de ésta ;b) Los delitos cometidos eu los ríos, islas ypuertos argentinos, correspondiendo su juzg-amientoal juez cuyo asiento ~e halle más inmediatoal lugar donde fuese cometido el lu.lcho,o aquél en cuya sección se encuentrenlos crimíuales, a meuos que eu este últimocasoel asunto;otro juez federal hubiese prevenido ene} Los crímenes cometidos en el territorio delas provincias o de la capital en violación de la~leyes nacionales de carácter general para la república,COlll~ son todos aquellos que ofeudnnla soberaniu y seguridad de la nación, o tiendana la detraudaclón de sus rentas, u ohstruyan ocorrompan el buen servicio de sus empleados, oestorben o falseen las elecciones nncionnles orepresenten fulslflcnción de documentos uucionaleso de moneda nacional, o debilletes (1

- 26·-rliendo su juzgamiento a los jueces de secciónallí existentes;1ao Las cuestiones que se susciten entre losindividuos de la tripulación de un buque mercanteo entre alguno de ellos y su capitán uotros oficiales del mismo, y cuya importancia nopase de cincuenta pesos, serán decididas en juicioverbal por el capi tán del puerto donde sehalle el buque, con apelación para ante el juezde sección que conocerá también en juicioverbal.Los jueces letrados de los territorios nacionalesduran cuatro años en el ejercicio de susfunciones, pudiendo ser reelectos, y conocen yresuelven en las causas que en la ley número1H~)Rde organizaci6n de los tribunales de lacapital se atribuyen a los jueces enlo civil,comercial, correccional y criminal, y tambiénlas que correspondan al juez federal.lie la sentencia que dietan los jueces letradosen primera instancia, puede apelarse ante la cáloarafederal que corresponda.Los jueces letrados dehen elevar en consultaa la cárnara correspondiente, aun cnando no seinterponga apelación, todas las sentencias rlefi-

- <strong>26</strong>·-rliendo su juzgamiento a los jueces <strong>de</strong> secciónallí existentes;1ao Las cuestiones que se susciten entre losindividuos <strong>de</strong> <strong>la</strong> tripu<strong>la</strong>ción <strong>de</strong> un buque mercanteo entre alguno <strong>de</strong> ellos y su capitán uotros oficiales <strong>de</strong>l mismo, y cuya importancia nopase <strong>de</strong> cincuenta pesos, serán <strong>de</strong>cididas en juicioverbal por el capi tán <strong>de</strong>l puerto don<strong>de</strong> sehalle el buque, con ape<strong>la</strong>ción para ante el juez<strong>de</strong> sección que conocerá también en juicioverbal.Los jueces letrados <strong>de</strong> los territorios nacionalesduran cuatro años en el ejercicio <strong>de</strong> susfunciones, pudiendo ser reelectos, y conocen yresuelven en <strong>la</strong>s causas que en <strong>la</strong> ley número1H~)R<strong>de</strong> organizaci6n <strong>de</strong> los tribunales <strong>de</strong> <strong>la</strong>capital se atribuyen a los jueces enlo civil,comercial, correccional y criminal, y también<strong>la</strong>s que correspondan al juez fe<strong>de</strong>ral.lie <strong>la</strong> sentencia que dietan los jueces letradosen primera instancia, pue<strong>de</strong> ape<strong>la</strong>rse ante <strong>la</strong> cáloarafe<strong>de</strong>ral que corresponda.Los jueces letrados <strong>de</strong>hen elevar en consultaa <strong>la</strong> cárnara correspondiente, aun cnando no seinterponga ape<strong>la</strong>ción, todas <strong>la</strong>s sentencias rlefi-

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