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memoria anual memor ia anual - The Global Clearinghouse

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enersis06Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : El 7 de noviembre de 2006, fue dictadodespacho declinando la competenc<strong>ia</strong> a la Justic<strong>ia</strong> Federal, considerandoel evidente interés de la ANEEL en la contienda.Cuantía Indeterminada• Demandante: Asoc<strong>ia</strong>ción Nacional de Asistenc<strong>ia</strong> alConsumidor y Trabajador y MinisterioPúblicoDemandado: AMPLA y Municipio de Cachoeiras deMacacuTribunal: 2° Juzgado Civil de la Comarca deCachoeiras de MacacuRol/Identificación : 2004.012.000013-9Origen / Mater<strong>ia</strong> : La demandante presentó esta Acción requiriendo lasuspensión del cobro de la Contribución para la Iluminación Pública (CIP)y la condena de los acusados a la restitución de los valores cobrados.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : La Apelación interpuesta por el MinisterioPúblico fue distribuida bajo el nº 2006.001.26010. Por el momento, losautos están env<strong>ia</strong>dos al juez.Cuantía Indeterminada• Demandante : M a r c o s H e n r i q u e S o u z a d eMagalhãesDemandado: AMPLA, Estado de Río de Janeiro,EDP - Eletricidade de Portugal S.A.,Sociedad Panameña de ElectricidadS.A., Endesa Desarrollo S.A. yEmpresa Eléctrica de Panamá S.A.Tribunal: 2° Juzgado de Hacienda Pública dela Comarca de la CapitalRol/Identificación : 1996.001.128021-4Origen / Mater<strong>ia</strong> : El demandante cuestiona la enajenación por partedel Estado de Río de Janeiro de sus acciones en el capital soc<strong>ia</strong>l de laantigua CERJ y requiere la anulación del dictamen, la suspensión de laenajenación de las acciones; la declaración de nulidad de la licitaciónasí como la condena de las Acusadas para que resarzan los daños altesoro público.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : La Comisión de Valores Mobil<strong>ia</strong>rios presentórespuesta al oficio, informando que por tratarse de una compañíacerrada, no hay cómo informar cuál es su dirección, puesto que lamisma sólo fiscaliza a las compañías abiertas. Se requirió a las partesa que se manifiesten sobre la respuesta de la Comisión de ValoresMobil<strong>ia</strong>rios. Los autos fueron remitidos al Ministerio Público con fecha27 de septiembre de 2006.Cuantía Indeterminada• Demandante : Asoc<strong>ia</strong>ción Macaense de Defensadel Consumidor y Trabajador -AMADECONTDemandado: AMPLATribunal: Juzgado Única de la Comarca de Ríodas OstrasRol/Identificación : 2004.068.001287-1Origen / Mater<strong>ia</strong> : La demandante presentó esta Acción requiriendola anticipación parc<strong>ia</strong>l de la tutela pretendida para que la demandadadeje de cobrar la Tarifa de Mantenimiento e Iluminación Pública(TMIP), para que Ampla sea condenada a restituir los valores pagadosindebidamente, así como al pago de los cargos derivados de la pérdidadel juicio.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : La Demandante fue requerida amanifestarse sobre la contestación presentada por Ampla.Cuantía Indeterminada• Demandante : INDECCON - Instituto Nacionalde Defensa del Ciudadano y delConsumidorDemandado: AMPLATribunal: Juzgado Única de la Comarca de Ríodas OstrasRol/Identificación : 2005.001.069542-2Origen / Mater<strong>ia</strong> : La demandante presentó esta Acción requiriendo queel boleto de cobro de energía eléctrica sea env<strong>ia</strong>do al cliente con doscódigos de barra distintos, uno referente al consumo de energía y otrorelativo al cobro de la Contribución para la Iluminación Pública (CIP).Requirió la concesión de tutela anticipada con efecto erga omnes paratodo el Estado de Río de Janeiro, el requerimiento al Ministerio Público,así como la lista de los Municipios que cobran la CIP recaudada porAMPLA.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : El 1 de agosto de 2006, Ampla alegó que elINDECCON no posee legitimidad activa, añadiendo al proceso algunosjuzgados en los que reconoce la ilegitimidad activa del INDECCONpara proponer Acciones Colectivas. El 27 de noviembre de 2006, sehizo envío de los autos al Ministerio Público.Cuantía Indeterminada• Demandante : Instituto Nacional de Defensad e l C i u d a d a n o C o n s u m i d o r -INDECCONDemandado: AMPLA y LightTribunal: 7° Juzgado Empresar<strong>ia</strong>l de la Comarcade Río de JaneiroRol/Identificación : 2005.001.073480-4Origen / Mater<strong>ia</strong> : La demandante presentó esta Acción requiriendola concesión de tutela anticipada para determinar la suspensión delcobro de la tarifa de reconexión normal u otra que la sustituya, conefectos erga omnes para todo el Estado de Río de Janeiro, la condenade las demandadas para que restituyan, en doble, todos los valoresrecibidos a título de tarifa de reconexión; así como a la condena de lasdemandadas en los cargos derivados de la pérdida del juicio.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : El 17 de julio de 2006, Ampla presentópetición informando que no está interesada en la realización deAudienc<strong>ia</strong> de Concil<strong>ia</strong>ción. El juez determinó el requerimiento delMinisterio Público a que se manifieste sobre la concesión de la tutelaanticipada. El 11 de septiembre de 2006, los autos fueron remitidosMemor<strong>ia</strong> Anual 2006 | 181

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