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memoria anual memor ia anual - The Global Clearinghouse

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ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOSal Tribunal de Justic<strong>ia</strong> (TJ). La Apelación fue ingresada bajo el nº2006.001.22785 y distribuida a la Décima Quinta Cámara Civil delTribunal de Justic<strong>ia</strong>. Se negó la Apelación por unanimidad, siendola Decisión del Tribunal publicada el 16 de agosto de 2006. LaComisión interpuso Recurso Espec<strong>ia</strong>l, siendo los autos remitidos a la3ª Vicepresidenc<strong>ia</strong> del TJ. El 16 de octubre de 2006 Ampla presentósus alegaciones. El 25 de octubre de 2006, los autos fueron remitidosa la Procuraduría General de Justic<strong>ia</strong> y fueron devueltos el 22 denoviembre de 2006.Cuantía Indeterminada• Demandante : Ministerio Público EstadualDemandado: AmplaTribunal: 2° Juzgado Civil de la Comarca deSão GonçaloRol/Identificación : 2003.004.034117-9Origen / Mater<strong>ia</strong> : El Ministerio Público Estadual propuso AcciónCivil Pública requiriendo, en forma de medida provisional, lacondena de Ampla a que sea obligada a “suministrarles a losconsumidores regulares de São Gonçalo energía eléctrica concalidad y sin interrupciones, así como se abstenga de permitir dichasinterrupciones, adoptando todas las medidas necesar<strong>ia</strong>s a estasfinalidades – aunque para ello tenga que redimensionar sus equipos,y que, en la hipótesis de ser absolutamente inevitable la interrupciónen el suministro de energía eléctrica, que la regularización de suprestación sea inmed<strong>ia</strong>ta” bajo la pena de multa d<strong>ia</strong>r<strong>ia</strong> equivalente aR$ 10.000 (diez mil reales).Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : La Apelación interpuesta por Ampla serecibió y se requirió al Demandante a presentar argumentos contraella. El 6 de noviembre de 2006, fueron incorporadas al proceso lasalegaciones del Ministerio Público. Env<strong>ia</strong>da al juez desde el 28 denoviembre de 2006.Cuantía Indeterminada• Demandante : Municipio de ItaboraíDemandado: AmplaTribunal: 2° Juzgado Civil de la Comarca deItaboraíRol/Identificación : 2003.023.041682-7Origen / Mater<strong>ia</strong> : El Municipio de Itaboraí interpuso Acción Civil Públicacontra Ampla para que (i) “se abstenga de interrumpir el suministrode energía eléctrica de los consumidores de ese Municipio, aunmorosos, por tratarse de servicio esenc<strong>ia</strong>l y continuo, compeliendoa la demandada a que, desde ya, tome las medidas necesar<strong>ia</strong>stendentes a dar continuidad y adecuación a la prestación del serviciode suministro en todo el Municipio, bajo la pena de multa d<strong>ia</strong>r<strong>ia</strong> deR$200 (doscientos reales), por cada Consumidor lesionado”; (ii) seacondenada al pago de multa d<strong>ia</strong>r<strong>ia</strong> en el valor de R$ 10.000 (diez milreales) si hay incumplimiento de la condena”.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : Autos para fallo.Cuantía Indeterminada• Demandante : Municipio de NiteróiDemandado: AmplaTribunal: 6° Juzgado Civil de la Comarca deNiteróiRol/Identificación : 2000.002.007345-7Origen / Mater<strong>ia</strong> : El Municipio de Niterói entró con la presenteAcción requiriendo la remoción de los postes situados en lugaressupuestamente inadecuados. Contenido de la Reconvención:Resarcimiento de los costos para remoción de los postes.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : El 10 de abril de 2006, los autos del procesobajaron de la 2ª instanc<strong>ia</strong> al Juzgado de origen, siendo publicado el29 de mayo de 2006 la orden que determinó el cumplimiento de laDecisión del Tribunal dictada en la Apelación. El 29 de agosto de2006, los autos fueron remitidos al Ministerio Público y devueltos el21 de septiembre de 2006.Cuantía Indeterminada• Demandante : Anacont Asoc<strong>ia</strong>ción Nacionalde Asistenc<strong>ia</strong> al Consumidor yTrabajadorDemandado: AMPLA y Municipio de Angra dosReisTribunal: 2° Juzgado Civil de la Comarca deAngra dos ReisRol/Identificación : 2002.003.001624-5Origen / Mater<strong>ia</strong> : Se trata de una Acción Civil Pública en la quela demandante requiere la condena de Ampla en la obligación deno hacer consistente en la abstención del cobro de la tarifa deiluminación pública en el Municipio de Angra dos Reis, así comoa la devolución en doble de los valores pagados indebidamentepor los consumidores. Fundamenta su petición en la ilegalidad einconstitucionalidad del tributo y requiere a título de anticipaciónde tutela la suspensión del cobro de la tarifa de iluminación públicahasta el fallo definitivo.Etapa procesal / Instanc<strong>ia</strong> : Ampla y ANACONT interpusieronRecurso de Apelación, los cuales aún no han sido conocidos porel tribunal.Cuantía Indeterminada• Demandante: Asoc<strong>ia</strong>ción Nacional de Asistenc<strong>ia</strong> alConsumidor y TrabajadorDemandado: AMPLATribunal: 1° Juzgado Civil de la Comarca deAngra dos ReisRol/Identificación : 2003.003.003327-0Origen / Mater<strong>ia</strong> : La demandante presentó esta Acción requiriendo laanticipación de los efectos de la tutela para que Ampla pase a realizar elaviso previo a sus clientes en la hipótesis de suspensión en el suministrode energía eléctrica por falta de pago, con fijación de multa conminator<strong>ia</strong>d<strong>ia</strong>r<strong>ia</strong> con el fin de que se tenga la efectividad garantizada.180 | Memor<strong>ia</strong> Anual 2006

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