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memoria anual memor ia anual - The Global Clearinghouse

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enersis06valores de CEM, inclusive por debajo de los valores establecidos en lanormativa de aplicación. Desde entonces no se registran novedadesen el juicio.Cuantía Indeterminada• DemandanteDemandadoTribunalRol/Identificación: Usuarios afectados por interrupciónmasiva del servicio eléctrico endiversos barrios de la CapitalFederal: Edesur S.A.: Juzgados y Cámara del Fuero Civil yComerc<strong>ia</strong>l Federal de Capital: (procesos varios)Origen / Mater<strong>ia</strong> : A raíz del corte de suministro prolongado, ocurridoen el mes de febrero de 1999, el cual afectó a 160.000 clientes, secomenzaron a recibir desde med<strong>ia</strong>dos del año 2000, numerosa cantidadde demandas por daños y perjuicios ocasionados a dichos usuarios.Etapa procesal / instanc<strong>ia</strong> : Se trata de diversos juicios, inic<strong>ia</strong>dos enfechas distintas, por lo que cada cual se encuentra en el estado procesalcorrespondiente a su grado de avance. Actualmente se encuentranen tramitación 3496 juicios.Cuantía US$ $ 7.983.931• Demandante : Edesur S.A.Demandado: Transportes Metropolitanos Gral.Roca.Tribunal: Juzgado Nacional de Primera Instanc<strong>ia</strong>en lo Comerc<strong>ia</strong>l N° 1, SecretaríaN° 1Rol/Identificación : 87934/03Origen / Mater<strong>ia</strong> : Edesur S.A. ha promovido una acción que declarela gratuidad de los asentamientos en zonas de dominio público, habidacuenta que la empresa Transportes Metropolitanos General Roca S.A.(T.M.R.), pretende cobrar una renta <strong>anual</strong> de arrendamiento por cadacruce o tendido de líneas de electricidad paralelo a la zona de vía(existente o futura), sobre terreno destinado a la prestación del servicioferrov<strong>ia</strong>rio.Etapa procesal / instanc<strong>ia</strong> : Edesur S.A. ha obtenido del Juzgadointerviniente, una medida cautelar de no innovar, med<strong>ia</strong>nte la cualno se encuentra obligada al pago del canon mientras el juicio estépendiente de resolución. Las actuaciones volvieron a la Justic<strong>ia</strong> Federalde La Plata, hallándose en expediente en estado de dictar sentenc<strong>ia</strong>de Primera Instanc<strong>ia</strong>.Cuantía Indeterminada• DemandanteDemandadoTribunalRol/Identificación: Unión de Usuarios y Consumidores: Edesur S.A.: Juzgado Nacional de Primera Instanc<strong>ia</strong>en lo Contencioso AdministrativoFederal N° 11, Secretaría N° 21: 142321 de febrero deOrigen / Mater<strong>ia</strong> : La Unión de Usuarios y Consumidores persigue quese modifique el tipo de tarifa que se aplica a los numerosos consorciosde propietarios de edificios de propiedad horizontal con asiento enla Ciudad de Buenos Aires, usuarios de EDESUR, lo que implicaríauna importante disminución de los valores a facturar en el futuro adichos consorcios, como también la obligación de reintegrar en formaretroactiva los importes percibidos “indebidamente”.Etapa procesal / instanc<strong>ia</strong> : En estado de dictar sentenc<strong>ia</strong>.Cuantía Indeterminada• Demandante : Edesur S.A.Demandado: Estado Nacional (Ministerio deEconomía).Tribunal: Juzgado Nacional de Primera Instanc<strong>ia</strong>en lo Contencioso AdministrativoFederal N° 3 Secretaría N° 5Rol/Identificación : 1856/97Origen / Mater<strong>ia</strong> : De conformidad a lo establecido por la Ley deEnergía Eléctrica N° 24065, las empresas concesionar<strong>ia</strong>s delsector eléctrico deben abonar una importante Tasa al Ente NacionalRegulador de la Electricidad, a los fines de costear los gastos de laactividad de contralor y regulación a cargo del mismo. (dicha tasa esabonada por Edesur S.A., entre otras concesionar<strong>ia</strong>s). Tales gastosno superan <strong>anual</strong>mente el monto de la tasa abonada, generándosepor consiguiente un excedente financiero, que, en lugar en lugar dedestinarse al erario público, debe devolverse a las empresas. En esecontexto, la acción se dedujo para que se dejare sin efecto lo dispuestopor una comunicación de la Dirección General de Administracióndel Ministerio de Economía, que desvía a favor del Tesoro Nacionallos referidos excedentes financieros. Obv<strong>ia</strong>mente la mencionadaresolución resulta confiscator<strong>ia</strong>, pues la tasa siempre debe traducir elpago de un servicio brindado, y no que una parte de ella se constituyaen un ingreso estatal.Etapa procesal / instanc<strong>ia</strong> : Se interpuso Recurso Extraordinario.Cuantía Indeterminada• Demandante : Edesur S.A.Demandado: Municipalidad de BerazateguiTribunal: Juzgado Federal de Primera Instanc<strong>ia</strong>en lo Civil y Comerc<strong>ia</strong>l y ContenciosoAdministrativo N° 2, Secretaría N° 5,de La Plata.Rol/Identificación : 11.859/05Origen / Mater<strong>ia</strong> : Se promovió acción contra la Municipalidad deBerazategui, a efectos que se declare el derecho de Edesur S.A., decontinuar con la realización de las obras necesar<strong>ia</strong>s para construirla Subestación identificada como “Rigolleau”, sita en el Partido deBerazategui, las cuales fueron suspendidas por la comuna demandadamed<strong>ia</strong>nte Decreto N° 758/05, cuya inconstitucionalidad e inaplicabilidadse solicita en el juicio.Memor<strong>ia</strong> Anual 2006 | 175

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