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organización constitucional - Biblioteca Digital - Corte Suprema de ...

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- 174-sí<strong>de</strong>rando á los unos á los otros en igualdad <strong>de</strong> condición, era BU<strong>de</strong>ber intimar al General Cáceres, que había entrado el primero,se internara; y á los Coroneles Ocampo y Reguera, se abstuvieran<strong>de</strong> seguir la persecución.Lejos empero <strong>de</strong> haber adoptado este temperamento, que la simplerazón aconsejaba no ya entre pueblos hermanos, sino entre Nacionesin<strong>de</strong>pendientes, segun <strong>de</strong> la misma exposición <strong>de</strong>l Gefe Político <strong>de</strong>la Concordia se <strong>de</strong>spren<strong>de</strong>, - á la simple aparición <strong>de</strong> las fuerzas<strong>de</strong> los Coroneles Ocampo y Rueguera, sin que hubiera precedido actoalguno <strong>de</strong> hostilidad, ni aun la más ligera provocación <strong>de</strong> parte <strong>de</strong>ellos, habiendo por lo contrario manifestado disposiciones amistosasy conciliatorias según se advierte <strong>de</strong> la nota cuya copia ha remitidoV. E.; sin que hubiera precedido tampoco intimación alguna <strong>de</strong> parte<strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> esa Provincia; y finalmente sin que ni aunconste <strong>de</strong> una manera positiva que hubiesen pasado la frontera,­las fuerzas <strong>de</strong> Entre Ríos, haciendo causa común con las <strong>de</strong>l GeneralCáceres se lanzaron contra ellas!La conducta observada por las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> esa Provincia merecepor lo tanto, ser reprobada con toda energía como una violación <strong>de</strong> laautoridad en los asuntos internos <strong>de</strong> la Provincia vecina, por el hecho<strong>de</strong> hacer causa común con uno <strong>de</strong> los partidos que en ella combaten;como un acto culpable <strong>de</strong> guerra civil, por el hecho <strong>de</strong> haber provocadoun combate estéril en que ha corrido sangre argentina sin queuna necesidad absoluta ó imperiosa lo justifique ni aun lo esplique,y sin que siquiera se haya puesto un poco <strong>de</strong> buena voluntad paraevitar tan <strong>de</strong>plorable escándalo; y finalmente, como un <strong>de</strong>sconocimientoá los principios fundamentales <strong>de</strong>l sistema que nos rige, por elhecho <strong>de</strong> hacerse justicia por sí mismas por pretendida violaciones<strong>de</strong> territorio ú otros actos que solo el po<strong>de</strong>r general pue<strong>de</strong> y <strong>de</strong>bereprimir la justicia Fe<strong>de</strong>ral.En presencia <strong>de</strong> este olvido <strong>de</strong> los principios fundamentales <strong>de</strong> buenGobierno, y <strong>de</strong> la sangre estéril y culpablemente <strong>de</strong>rramada, el SeñorPresi<strong>de</strong>nte está, pues, muy distante <strong>de</strong> aceptar la aprobación que hadado V. E. á la conducta observada por sus subordinados; y puestoque según V. E. 10 <strong>de</strong>clara, ellos han obrado <strong>de</strong> acuerdo con las instruccionesque para el caso les había trasmitido (no obstante quedice que su presencia en la frontera lo hubiera evitado) no pue<strong>de</strong>,tampoco <strong>de</strong>jar <strong>de</strong> con<strong>de</strong>nar esas instrucciones, como manifiestamentecontrarias á los <strong>de</strong>beres que la Constitución impone á los Gobiernos<strong>de</strong> Provincia.

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