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Gestión de Inundaciones Urbanas - Global Water Partnership

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Algunas legislaciones provinciales <strong>de</strong> recursos hídricos seestablecen criterios para regular el uso <strong>de</strong>l agua, pero no legislansobre el control relativo a la <strong>de</strong>scarga <strong>de</strong> efluentes <strong>de</strong>l drenaje. Lalegislación ambiental establece normas y patrones <strong>de</strong> calidad <strong>de</strong>lagua <strong>de</strong> los ríos a través <strong>de</strong> clases, pero no <strong>de</strong>fine restricciones conrelación a los efluentes urbanos lanzados en los ríos. La acción <strong>de</strong>los órganos provinciales <strong>de</strong> control ambiental es limitada <strong>de</strong>bidola falta <strong>de</strong> capacidad <strong>de</strong> los municipios los cuales <strong>de</strong>ben realizarinversiones para realizar estos controles. Por lo tanto, no existeexigencia y no existe presión para inversiones en el sector.Dentro <strong>de</strong> este contexto el escurrimiento pluvial resultante<strong>de</strong> las ciuda<strong>de</strong>s <strong>de</strong>be ser objeto <strong>de</strong> regulación o <strong>de</strong> control a serprevistos en la Planificación <strong>de</strong> la Cuenca. Como estosprocedimientos aún no están siendo cobrados por los Estados, noexiste en el momento una presión directa para la reducción <strong>de</strong> losimpactos resultantes <strong>de</strong> la urbanización.En relación al uso <strong>de</strong>l suelo: En la Constitución Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong>Brasil, artículo 30, se <strong>de</strong>fine que el uso <strong>de</strong>l suelo es municipal.Pero, las Provincias y la Unión pue<strong>de</strong>n establecer normas para ladisciplina <strong>de</strong>l uso <strong>de</strong>l suelo visando la protección ambiental,control <strong>de</strong> la polución, salud pública y <strong>de</strong> la seguridad. De estamanera, se observa que en el caso <strong>de</strong>l drenaje urbano, queinvolucra el medio ambiente y el control <strong>de</strong> la polución, la materiaes <strong>de</strong> competencia concurrente entre Municipio, Provincia yNación. La ten<strong>de</strong>ncia es que los municipios introduzcandirectrices <strong>de</strong> macrozonificación urbana en los Planes Directores<strong>de</strong> Desarrollo Urbano, incentivados por las Provincias.Se observa que en la zonificación relativa al uso <strong>de</strong>l suelo,los aspectos <strong>de</strong> aguas urbanas como los <strong>de</strong>sechos cloacales, losresiduos sólidos, el drenaje y anegamiento no han sidocontemplados por los municipios. Lo que ha sido observado sonlegislaciones restrictivas en cuanto a la protección <strong>de</strong> manantialesy ocupación <strong>de</strong> áreas ambientales. La legislación muyrestrictiva sólo produce reacciones negativas y <strong>de</strong>sobediencia.Por lo tanto, no alcanzan los objetivos <strong>de</strong> control ambiental<strong>de</strong>seados. Esto ocurre en la forma <strong>de</strong> invasión <strong>de</strong> las áreasprotegidas, loteos irregulares, entre otros.Al introducir restricciones <strong>de</strong>l uso <strong>de</strong>l suelo es necesarioque la legislación dé alternativas económicas al propietario <strong>de</strong> latierra, o que el municipio compre la propiedad. En una sociedad<strong>de</strong>mocrática el impedimento <strong>de</strong>l uso <strong>de</strong>l espacio privado para elbien público <strong>de</strong>be ser compensado, siendo este espacioestructurado para uso <strong>de</strong> la sociedad, caso contrario se vuelve una142

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