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Reglamento CE 1360/2002 - EUR-Lex - Europa

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L 207/28 5.8.<strong>2002</strong>Diario Oficial de las Comunidades EuropeasES109 El aparato de control deberá actualizar los datos almacenados en las tarjetas del conductor, del centro de ensayo o decontrol, si son válidas. Para ello, escribirá en la tarjeta todos los datos necesarios del titular correspondientes al períodoen que dicha tarjeta esté insertada. En el capítulo IV se especifican los datos almacenados en cada tipo de tarjeta.109aEl aparato de control deberá actualizar los datos sobre la actividad del conductor y sobre los lugares donde comienzano terminan los períodos de trabajo diarios (según consta en los apartados 5.2.5 y 5.2.6 del capítulo IV). Estos datos,almacenados en las tarjetas del conductor o en las tarjetas del centro de ensayo, se sustituyen por los datos introducidosmanualmente por el titular de la tarjeta.110 Los datos de las tarjetas de tacógrafo se actualizarán de manera que, cuando sea necesario y teniendo en cuenta la capacidadreal de almacenamiento de la tarjeta, los datos más recientes sustituyan a los más antiguos.111 En caso de producirse un error de escritura, el aparato de control intentará ejecutar de nuevo el mismo comando deescritura. Si no lo consigue después de tres intentos, declarará la tarjeta defectuosa y no válida.112 Antes de liberar la tarjeta del conductor, y después de haber almacenado en ella todos los datos pertinentes, el aparatode control deberá reiniciar los “datos de la sesión”.15. Visualización113 La pantalla deberá incluir al menos 20 caracteres.114 Los caracteres tendrán un tamaño mínimo de 5 mm de alto y 3,5 mm de ancho.114aTal y como se especifica en el apéndice 1, Capítulo 4 “Conjuntos de caracteres”, la pantalla deberá admitir el uso de losconjuntos de caracteres Latin1 y Griego, definidos en las partes 1y7delanorma ISO 8859. La pantalla podrá utilizarglifos simplificados (por ejemplo, los caracteres acentuados podrán aparecer sin acento, o las minúsculas podrán versecomo mayúsculas).115 La pantalla deberá tener una iluminación adecuada que no provoque deslumbramiento.116 Las indicaciones deberán ser visibles desde fuera del aparato de control.117 El aparato de control deberá ser capaz de mostrar en pantalla:— los datos por defecto,— los datos relacionados con advertencias,— los datos relacionados con el acceso a los menús,— otros datos que solicite un usuario.El aparato de control también podrá mostrar en pantalla otras informaciones, siempre que puedan distinguirse claramentede las arriba exigidas.118 La pantalla del aparato de control deberá utilizar los pictogramas o las combinaciones de pictogramas enumerados enel apéndice 3. También podrán utilizarse otros pictogramas o combinaciones de pictogramas siempre que puedan distinguirseclaramente de los exigidos.119 La pantalla deberá estar siempre encendida (ON) cuando el vehículo esté en movimiento.120 El aparato de control podrá incluir una función manual o automática que apague (OFF) la pantalla cuando el vehículoesté parado.El formato de visualización se especifica en el apéndice 5.15.1. Contenido de la pantalla por defecto121 Cuando no sea necesario mostrar otra información, el aparato de control deberá presentar en pantalla, por defecto, losdatos siguientes:— la hora local (hora correspondiente al tiempo universal coordinado + desfase introducido por el conductor),— el modo de funcionamiento,— la actividad actual del conductor y la del segundo conductor,

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