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Perfil Nacional sobre Capacidades Nacionales para la ...

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SEMARENAProyecto de un <strong>Perfil</strong> <strong>para</strong> <strong>la</strong> Implementación del Principio 10 de <strong>la</strong> Dec<strong>la</strong>ración de RíoRecientemente en discurso del Presidente de <strong>la</strong> República dirigido a <strong>la</strong> Nación Dominicana, designó alSecretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Secretario de Estado de Economía,P<strong>la</strong>nificación y Desarrollo, <strong>para</strong> que iniciaran los trabajos de p<strong>la</strong>nificación y uso del suelo, en virtud de loestablecido en los artículos 109, 110 y 129 de <strong>la</strong> Ley 64-00, motivado por los desastres naturales provocadospor <strong>la</strong>s tormentas Noel y Olga, ocurridas en el país en noviembre y diciembre del año 2007. Este mandatoresulta limitativo, pues el artículo citado sólo contemp<strong>la</strong> <strong>la</strong> zonificación hidrológica y aprovechamiento forestal,sin embargo, el mandato debió otorgarse en virtud del artículo 120 de <strong>la</strong> referida Ley, a los fines de e<strong>la</strong>boraruna p<strong>la</strong>nificación y ordenamiento del territorio en sentido general, que garantice <strong>la</strong> eficacia y racionalidad deluso del suelo en todos los niveles.La misma situación se refleja en <strong>la</strong> p<strong>la</strong>nificación del transporte terrestre, con una dispersión institucional queincrementa los costos y el impacto ambiental en sentido general, dado que un conjunto de institucionesdesempeñan funciones simi<strong>la</strong>res, como <strong>la</strong> Oficina Técnica de Transporte Terrestres (OTTT), <strong>la</strong> Oficina<strong>Nacional</strong> de Servicios de Autobuses (OMSA) y <strong>la</strong> Oficina Presidencial <strong>para</strong> el Reordenamiento del Transito(OPRET). Estas funciones simi<strong>la</strong>res en poder de varias instituciones, no permite que <strong>la</strong>s informaciones quedeben ser suministradas a los ciudadanos estén registradas en un solo lugar.La Ley No. 241 <strong>sobre</strong> Transito de Vehículo de Motor y sus modificaciones, no crea una autoridad en materiade p<strong>la</strong>nificación y regu<strong>la</strong>ción del tránsito terrestre que garantice el funcionamiento monolítico y efectivo deltránsito. Los gobiernos han invertido cuantiosos recursos en <strong>la</strong> adquisición de flotil<strong>la</strong>s de vehículos <strong>para</strong> suplira los diferentes sindicatos choferiles del país, que operan <strong>la</strong>s diferentes rutas urbanas e interurbanas, enprocura de mejorar el sistema de transporte de pasajeros y reducir el impacto negativo al medio ambientere<strong>la</strong>tivo a <strong>la</strong> emisión de gases, sin embargo, los resultados han sido negativos, en el sentido de que no se harealizado <strong>sobre</strong> <strong>la</strong> base de una adecuada p<strong>la</strong>nificación, que tome en cuenta costos, rutas, el medio ambiente,seguridad, etc.2.5.1 P<strong>la</strong>nificación energética.La p<strong>la</strong>nificación energética está enfocada en varias vertientes, generación (hidroeléctrica y termoeléctrica),transmisión y comercialización. La Ley No. 125-01 de fecha 26 de julio del 2001, rige el sector eléctricodominicano, mediante <strong>la</strong> cual se crean <strong>la</strong>s instituciones responsables de su administración y vigi<strong>la</strong>ncia, como <strong>la</strong>Comisión <strong>Nacional</strong> de Energía, <strong>la</strong> Superintendencia de Electricidad, Corporación Dominicana de EmpresasEléctricas Estatales (CDEEE), Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHD), Empresas deTransmisión Eléctrica Dominicana (ETED) y <strong>la</strong> Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), que cesó ensus funciones, siendo sus atribuciones traspasadas a <strong>la</strong> CDEEE.Las empresas encargadas de <strong>la</strong> comercialización de <strong>la</strong> energía son: Empresa Distribuidora de Energía del Sur(EDSUR), Empresa de Distribución de Energía del Este (EDESTE) y Empresa de Distribución de Energía delNorte (EDENORTE). La CDEEE cuenta con un Departamento de Gestión Ambiental que monitorea losproyectos que desarrol<strong>la</strong> <strong>la</strong> institución y que provocan impacto al medio ambiente. Las informaciones dedichos proyectos están disponibles al público sin ningún costo en dicho departamento.El alto costo en <strong>la</strong> generación de energía y de los combustibles fósiles y <strong>la</strong> inversión de divisas, así como eldaño al medio ambiente, ha obligado al Estado Dominicano a e<strong>la</strong>borar estrategias tendentes a mitigar elimpacto negativo al ambiente y reducir los costos de producción de energía y combustible, desarrol<strong>la</strong>ndoproyectos de utilización de energía limpia o alternativas como el Metro de Santo Domingo, <strong>la</strong> promulgación de<strong>la</strong> Ley No. 57-07 de Incentivo a <strong>la</strong>s Energías Renovables y Regimenes Especiales, de fecha siete (7) del mesde mayo del año dos mil siete (2007), así como el Decreto Número: 264-07 <strong>sobre</strong> Gas Natural que estableceen su artículo 1 “Se dec<strong>la</strong>ra de interés nacional el uso de Gas Natural, por su interés social, económico ymedio ambiental; debiendo el Estado, a través del Gobierno <strong>Nacional</strong> y los Gobiernos Municipales, promoversu utilización masiva, incentivándolo como alternativa a los combustibles líquidos”. En virtud de ello se estádesarrol<strong>la</strong>ndo un proyecto de generación de energía eólica en Punta Palomino y recientemente el Presidente32

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