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Virgen Maria completa - Escritura y Verdad

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La <strong>Virgen</strong> María, página 145Así como las artes figurativas precedieron a la poesía y la liturgia, la poesía y lapredicación precedieron a la teología.Las citas de papas antiguos, Martín I y Gregorio II (ambos del siglo VII) se limitan allamar a María “Nuestra gloriosa Señora, siempre virgen” y “Señora de todos y verdaderaMadre de Dios”. 256 Debemos llegar hasta Sixto IV y la Bula Cum Praeexcelsa, 257 parahallar la designación explícita: “Regina coelorum, Virgo Dei genitrix gloriosa, sedibuspraelata artheris”. La cita papal siguiente, en la encíclica, nos transporta hasta BenedictoXIV y su Bula Gloriosae Dominae (27 de setiembre 1748) : Estamos en la época delpietismo católico, a la cual pertenecen también las Glorias de María, de Alfonso deLigorio, el cual escribe: “Puesto que la <strong>Virgen</strong> María fue exaltada a ser la Madre del Reyde reyes, con justa razón la Iglesia la honra con el título de Reina.” 258 El tono apologéticode esta declaración – dirigida por cierto, a los jansenistas – demuestra que ya por aquelentonces el título no dejaba de ser discutido.Si ahora pasamos de la prueba tradicional a la de la teología, se debe notar en primertérmino, que la afinidad que hemos creído reconocer entre las ideas de la Asunción de la<strong>Virgen</strong> María y su dignidad real, no se recuerda, aparte de una breve alusión, en elexordio; y esto es tanto más singular si se piensa que la institución de la fiesta de MaríaReina fue y en cierto modo el corolario litúrgico de la definición de su Asunción,producida apenas cuatro años antes. Esta observación confirma, si no estamosequivocados, nuestra impresión de que el nuevo dogma tiene un valor teológico asazmodesto, tanto que se habría podido ahorrar su definición. La realeza de María, en elorganismo de la mariología, no depende de él.La dignidad real de María, en la encíclica, se funde de manera general sobre todos susotros privilegios, que le confieren una dignidad excepcional, superior a la de toda otracriatura, y solamente inferior a la de su Hijo. Pero entre esos privilegios hay dos que seseñalan de manera más directa como los fundamentos de su realeza.El primero es la maternidad divina. La encíclica retoma las citas de Lucas 1, que habíahecho al comienzo de la parte bíblico-tradicional, y argumenta : “Se sigue lógicamenteque ella misma es reina, habiendo dado la vida a un hijo que en el momento mismo de laconcepción, aun como hombre, era rey y señor de todas las cosas por la unión hipostáticade la naturaleza humana con el Verbo” (par. 33).El segundo principio es el de “la parte singular (eximias partes) que por la voluntad deDios tuvo en la obra de nuestra salvación eterna”: a saber, la corredención. En realidad,como reza la encíclica, citando la carta de Pío XI Quas primas, 259 “Cristo es nuestro rey256 Martín I, Epist. XIV, P.L. 87, 199-200 A. Para Gregorio II, véase Hardouin, ActaConcilarum, IV, 234, 238; P.L. 89, 508 B.257 Sixt. IV, Bula Cum praeexcelsa, 28 febr. 1476, Denz., 734.258 Alfonso de Ligorio, Las Glorias de María, parte I, cap. 1, 1.259 Pío XI, Encicl. Quas primas (sobre la realeza de Cristo) 11 dic. 1925. A.A.S. 17(1925) 599, cf. Denz., 2194.

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