12.07.2015 Views

universidad de el salvador - REDICCES

universidad de el salvador - REDICCES

universidad de el salvador - REDICCES

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

En la actividad portuaria hay tres actores a los cuales se les podría establecer condiciones especiales para laoperación portuaria: las navieras, los dueños <strong>de</strong> la carga (exportadores e importadores) y <strong>el</strong> operadorportuario (concesionario), presentándose los siguientes escenarios:A las navieras: Definiendo <strong>el</strong> puerto a utilizar para sus operaciones, sin embargo en la prácticaesto no es factible, ya que dichos usuarios son los que <strong>de</strong>finen en que puerto operar; <strong>de</strong>cisiónque toman basada en aspectos <strong>de</strong> tarifas, rendimientos operativos, facilida<strong>de</strong>s y distancia <strong>de</strong> lospuertos con r<strong>el</strong>ación a los centros <strong>de</strong> producción <strong>de</strong>l país. Una condición <strong>de</strong> esta naturalezapodría llevar a que los navieros <strong>de</strong>cidan operar en otro puerto <strong>de</strong> la región, que no seanecesariamente Acajutla y La Unión.A dueños <strong>de</strong> la carga (importadores y exportadores): Definiendo <strong>el</strong> puerto a utilizar, situaciónque en la práctica no opera ya que éstos están sujetos a las políticas y a las <strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong> lascompañías navieras en cuanto al puerto a utilizar.Al operador portuario (concesionario): Regulándole sus inversiones, <strong>de</strong> tal manera que vayanorientadas a fortalecer la especialización <strong>de</strong>l puerto que se les ha concesionado, lo que quedaríaestablecido en los documentos legales aplicables al proceso <strong>de</strong> concesión.A manera <strong>de</strong> ejemplo para <strong>el</strong> caso <strong>de</strong> Acajutla, las inversiones <strong>de</strong>berán realizarse preferentemente en <strong>el</strong> área<strong>de</strong> grán<strong>el</strong>es, pudiendo <strong>el</strong> concesionario realizar inversiones en <strong>el</strong> área <strong>de</strong> contenedores con <strong>el</strong> objeto <strong>de</strong>garantizar la continuidad <strong>de</strong> este servicio <strong>de</strong> manera marginal; situación similar sería también para La Unión,don<strong>de</strong> las inversiones estarían orientadas a fortalecer <strong>el</strong> área <strong>de</strong> contenedores, y <strong>de</strong> igual manera manejargrán<strong>el</strong>es también en forma marginal.Con tales consi<strong>de</strong>raciones las condiciones que se establezcan para la operación <strong>de</strong> ambos puertos serían <strong>de</strong>carácter temporal, hasta que La Unión alcance su punto <strong>de</strong> equilibrio financiero, lo que permitirá que dichospuertos puedan competir abiertamente.Otra forma políticamente viable para llevar a cabo la incorporación <strong>de</strong>l sector privado en <strong>el</strong> negocio portuarioes promover la concesión portuaria a una empresa <strong>de</strong> economía mixta en la cual <strong>el</strong> estado participe con unporcentaje mínimo través <strong>de</strong> CEPA en <strong>el</strong> capital social, <strong>de</strong> tal forma que la actividad operativa <strong>de</strong> la sociedad99

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!