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AGUILERA Hintelholher, Rina M. - Inap

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<strong>Rina</strong> Marissa Aguilera <strong>Hintelholher</strong>autoridad pública. De hecho, en la ley anterior de 1992 (Ley Orgánica dePetróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios), se especificaba que unode los integrantes del Consejo debía ser el Secretario del Medio Ambiente yRecursos Naturales, con objeto de evitar daños ecológicos por la actividadpetrolera, sin embargo, la ley actual ya no hace esa prevención.Derivado de lo anterior, se propone un nuevo diseño institucional-normativopara fortalecer la dimensión pública en PEMEX por medio de una mayorrepresentatividad ciudadana en su funcionamiento, la cual se sustenta encuatro puntos:1. Adicionar una fracción III al artículo siete de la Ley de PetróleosMexicanos para Crear un Consejo Consultivo integrado por expertos,es decir, que cuenten con una trayectoria académica y de investigaciónampliamente reconocida en el sector de su especialidad, donde seencuentren representados los ciudadanos en relación al impactoeconómico, social y ambiental de la actividad de PEMEX. Asimismo,se requeriría una sección séptima donde se detallen los perfiles de losintegrantes y sus atribuciones, entre las que deben estar definir políticasde largo plazo y fungir como órgano asesor de PEMEX y cuyas recomendacionessean vinculatorias.2. Fortalecer la emisión de bonos petroleros ciudadanos y, sin asignarla calidad de socios, ampliar sus esquemas de representación comoinversionistas, lo cual implica ajustar el apartado B de la Ley.3. Modificar la fracción II del artículo siete para establecer que ladesignación del Director General de PEMEX no sea directa, sino quese sujete a una terna que presente el Presidente de la República ante elSenado, así como esta institución ratifica a los consejeros profesionales.4. Reformar el artículo 9 de la ley para señalar de manera expresa y nodiscrecional quiénes serán los representantes del Ejecutivo Federal. Sesugiere al Secretario de Energía, de Economía, de Hacienda, de MedioAmbiente y Recursos Naturales, de Desarrollo Social y de la FunciónPública, de tal manera que las decisiones sobre la administración dePEMEX incorporen criterios transversales de carácter económico,ambiental y social.242

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