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AGUILERA Hintelholher, Rina M. - Inap

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La Naturaleza de lo Público en la Administración Pública Moderna- “CONFIRMA SCJN DESECHAR CONTROVERSIA CONS-TITUCIONAL SOBRE CONTRATOS DE SERVICIOS DEPEMEX EN LAS ÁREAS DE MAGALLANES, CARRIZO YSANTUARIOAsí lo determinó el Pleno del Alto Tribunal al resolver el recurso de reclamación36/2011-CA interpuesto por la Cámara de Diputados.El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó elacuerdo mediante el cual el ministro instructor, Guillermo I. Ortiz Mayagoitiadesechó, por notoriamente improcedente, la controversia constitucional quepromovió la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, referente a loscontratos de servicios para la evaluación, el desarrollo y la producción de hidrocarburosen las áreas de Magallanes, Carrizo y Santuario, en la Región Sur.Así, se resolvió el recurso de reclamación 36/2011-CA interpuesto por la Cámarade Diputados del Congreso de la Unión, contra el proveído de 15 deabril del año en curso, por el cual se desechó la controversia constitucional48/2011.En la resolución se señala que existe un motivo manifiesto e indudable deimprocedencia que dio lugar a desechar la demanda, de conformidad con elartículo 25 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105de la Constitución Federal, en virtud de que los actos impugnados no afectanel interés legítimo de la parte actora.En ese sentido, para la procedencia de la controversia constitucional se requiereque exista una afectación a la esfera de competencia y/o atribucionesdel ente legitimado, en tanto no es factible la impugnación de todo tipo deactos por su probable infracción a los ordenamientos legales aplicables, sinatender, en cada caso, a una posible violación al principio de división de Poderesen razón de la inobservancia o afectación a una atribución que constitucionalmentetenga conferida el ente u órgano promovente.Así, si alguna de las entidades, poderes u órganos que prevé la fracción I delartículo 105 constitucional promueve controversia constitucional en contra de239

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