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INFORME ANUAL DEL BANCO DE ESPAÑA 2009 - El Mundo

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Por lo que se refiere al impuesto de sociedades, una de las principales novedades es la reduccióndel tipo de gravamen aplicable a las pymes por mantenimiento o creación de empleo.Concretamente, para cada uno de los períodos impositivos <strong>2009</strong>, 2010 y 2011, los contribuyentesque ejerzan actividades económicas cuyo importe neto de la cifra de negocios para elconjunto de ellas sea inferior a 5 millones de euros y tengan una plantilla media inferior a 25empleados tributarán al 20% por la parte de la base imponible hasta 120.202,41 euros, y al25% por la base restante. Esta medida se extiende en el IRPF a los empresarios y profesionalesindividuales que cumplan los mismos requisitos, ya que podrán reducir en un 20% el rendimientoneto positivo declarado, si mantienen o crean empleo.En la imposición indirecta cabe destacar la elevación de los tipos impositivos general y reducidodel IVA, que pasan del 16% y del 7% al 18% y al 8%, respectivamente, que se comenzaráa aplicar a partir del segundo semestre de 2010.Otras medidas de índole financiera se refieren al interés legal del dinero y al interés de demora.<strong>El</strong> primero se mantiene en el 4% y el segundo se reduce del 7% al 5%.PLAN GENERAL <strong>DE</strong> CONTABILIDAD: MODIFICACIÓN <strong>DE</strong> SU NORMATIVA.—<strong>El</strong> Real Decreto2003/<strong>2009</strong>, de 23 de diciembre (BOE del 29), modificó el Real Decreto 1514/2007, de 16de noviembre, por el que se aprueba el PGC, para ampliar, de forma excepcional, hasta el31 de diciembre de 2010 la vigencia de los criterios por los que se establece la delimitaciónentre fondos propios y fondos ajenos, recogidos en la Orden ECO/3614/2003, de 16 de diciembre,por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedadescooperativas.<strong>BANCO</strong> CENTRAL EUROPEO: MODIFICACIÓN <strong>DE</strong> LA NORMATIVA SOBRE LAS ESTADÍSTI-CAS MONETARIAS.—La Orientación BCE/<strong>2009</strong>/23, de 4 de diciembre (DOUE del 21 de enero),actualizó la Orientación BCE/2007/9, de 1 de agosto, sobre las estadísticas monetarias yde instituciones y mercados financieros.Las novedades son las siguientes: 1) se establecen nuevas estadísticas para los fondos delmercado monetario (FMM), detallándose los ámbitos de información, los ajustes de los flujos,las frecuencias y plazos de presentación, la extrapolación y su política de revisiones; 2) seprecisan nuevas exigencias de información para los préstamos concedidos por las IFM de lazona del euro a las sociedades no financieras, con un desglose por rama de actividad, con elfin de mejorar el análisis económico y monetario de la evolución del crédito; 3) se introducen,por primera vez, normas sobre la extrapolación de los datos de los FMM y la selección de lapoblación informadora de referencia más representativa, y se actualizan las referentes a la extrapolaciónde los datos de las IFM, y 4) se suprimen las estadísticas sobre la titulización yotras transferencias de préstamos de las IFM inicialmente concedidos a instituciones distintasde las IFM, ya que no resulta necesario a la vista de las mayores exigencias de informaciónsobre dichas partidas en el balance de las IFM, introducidas por el Reglamento 25/<strong>2009</strong>.ENERO 2010ENTIDA<strong>DE</strong>S <strong>DE</strong> CRÉDITO: MODIFICACIÓN <strong>DE</strong> LA NORMATIVA RELATIVA A LAS ESTADÍS-TICAS <strong>DE</strong> LOS TIPOS <strong>DE</strong> INTERÉS.—La CBE 1/2010, de 27 de enero (BOE del 5 de febrero),sustituyó a la CBE 4/2002, de 25 de junio, sobre estadísticas de los tipos de interés que seaplican a los depósitos y a los créditos frente a los hogares y las sociedades no financieras.Las principales novedades son las siguientes: a) se añade un nuevo límite, al ya existente,para que una entidad de crédito sea considerada entidad declarante, de modo que ostentarándicha condición las entidades que al 31 de diciembre de <strong>2009</strong> tengan en el estado<strong>BANCO</strong> <strong>DE</strong> ESPAÑA 286 <strong>INFORME</strong> <strong>ANUAL</strong>, <strong>2009</strong> ANEJO LEGISLATIVO

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