Descargar edición 2010 - Facultad de Humanidades y Ciencias

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3.3.2. Para muestra basta… la regionalización en la Provincia de BuenosAiresEn la provincia de Buenos Aires se ha desarrollado una intensa actividadasociativista entre los municipios/partidos. La figura adoptada es la de losconsorcios, bajo distintas denominaciones entre las cuales prevalece la decorredores, tal como ya se ha puesto de resalto. En un inicio, los entesasociativos bonaerenses nacieron bajo el marco regulatorio del artículo 43 de laLey Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, según lareforma introducida por la 12.288 98 , que determinó que su funcionamiento sebasara en un estatuto social en el que se definieran los objetivos del consorcio,sus características organizacionales, las fuentes de financiamiento y la relacióncon los particulares. Adquirieron diversos formatos y a fines de 1999 existían 13consorcios 99 , que agrupaban a 92 municipios del interior provincial. 100 Desde elaño 2000 se han liquidado 6 entes intermunicipales y creado 2 nuevos: unoinstitucionalizado (Consorcio de Municipios del Conurbano Sur COMCOSUR) yotro no (Región Metropolitana Norte).En 2006 se sanciona la ley 13580 deConsorcios de Gestión y Desarrollo 101 , que otorga un nuevo encuadre -tal comose deduce de los objetivos que le asigna a los entes, más allá de los que surjande sus estatutos 102 - al rico mapa de la regionalización de la provincia de Buenos98 Art. 1º) Sustitúyese el artículo 43 del Decreto Ley 6.769/58 -Orgánica de las Municipalidades-, ratificado por Ley 5.857, por elsiguiente: Artículo 43: Podrán formarse consorcios entre varios municipios, o entre una o más Municipalidades con la Nación ola Provincia u otras Provincias para la concreción y/o promoción de emprendimientos de interés común. En dichos consorciospodrán participar personas de carácter privado, físicas o de existencia ideal, que pertenezcan al ámbito territorial del o de losentes estatales que los integren.Los consorcios tendrán personalidad propia y plena capacidad jurídica. Se regirán por las disposiciones de esta Ley, susestatutos orgánicos, la normativa local y general, y los principios específicos de la actividad que constituya su objeto. Para lacreación del consorcio, cada integrante deberá contar con la autorización pertinente, conforme a las normas vigentes en cadajurisdicción. El régimen contractual de los consorcios será el establecido en sus estatutos orgánicos y sus respectivosreglamentos, sin perjuicio del poder fiscalizador que corresponda a las autoridades administrativas competentes en los casosen que el ordenamiento jurídico lo disponga. Los estatutos precisarán el objeto del consorcio, que podrá consistir en una o másactividades, la participación que corresponde a cada integrante, la forma en que habrán de ser reinvertidas las utilidades y eldestino de los bienes en caso de disolución. En el acto de constitución cada partícipe deberá integrar su cuota, debiendopreverse, en su caso, la correspondiente autorización presupuestaria. No obstante, el consorcio podrá generar sus propiosrecursos y administrarlos de conformidad a sus estatutos. Los gastos de funcionamiento no podrán exceder del diez (10) porciento del presupuesto total por cada ejercicio. A los fines de la constitución del consorcio, los municipios podrán aplicar ungravamen destinado a ese solo y único objeto. El mismo podrá consistir en un gravamen nuevo o en un adicional sobre losexistentes. Cada municipalidad sancionará la creación del gravamen, efectuará su percepción e ingresará lo recaudado en unacuenta especial de su contabilidad para transferir el crédito y los montos resultantes al presupuesto del consorcio.99 Consorcio Región Sudoeste de la Provincia de Buenos Aires, Municipios al Mercosur, Corredor Productivo del Atlántico,Consejo Productivo de Desarrollo Regional (COPRODER), Región Cuenca del Salado (COPROSAL)Corredor Productivo Buenos Aires (COPROBA), Corredor Productivo del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires(COPRONOBA), Consejo de Desarrollo del Noroeste (CODENOBA), Zona de Crecimiento Común, Consorcio TOAR,Consorcio Intermunicipal de Desarrollo Regional (CIDERE), Corredor Productivo del Noroeste Bonaerense (COPRONE),Consorcio Intermunicipal.100 La norma citada no tuvo el efecto esperado de favorecer la consolidación del proceso mediante una clarificación de suconstitución legal y de sus aspectos administrativo-financieros, en parte debido a que sus elementos positivos (Ej.:financiamiento de los entes por una tasa específica) no tuvieron un efecto práctico y por otra, puesto que la desarticulación deentes tuvo un efecto jurídico perjudicial sobre los funcionarios responsables por su definición jurídica imprecisa.101 Articulo 1.- Son Consorcios de gestión y desarrollo los constituidos por varios Municipios entre sí, o entre uno o másMunicipios con la Nación, la provincia de Buenos Aires, una o varias personas de existencia ideal de carácter privado o públicoque se encuentren ubicados dentro del ámbito territorial de la provincia de Buenos Aires, o con personas físicas o entesestatales descentralizados. La constitución y funcionamiento se regirá por las disposiciones de la presente ley, sus estatutosorgánicos, las normas generales y especiales vigentes y las normas que las modifiquen o sustituyan.- Los Consorcios tendránpersonería propia y plena capacidad jurídica.102 ARTICULO 2.- Los objetivos de los mismos serán sin perjuicio de los que establezcan sus propios estatutos, lossiguientes: 1) Propiciar la radicación de pequeñas y medianas empresas, microempresas, pequeñas y medianas unidadesproductivas e industriales en sus respectivas regiones. 2) Propender al logro de una mayor competitividad y a un crecimientoarmónico que lleven al equilibrio de las distintas propuestas productivas e industriales regionales que se instalen. 3) Facilitar alos productores y demás actores del sistema la información y/o capacitación necesaria para llevar a cabo con éxito losproyectos productivos, posibilitándoles el acceso a mercados internos y externos para la venta de sus productos. 4) Fomentarel desarrollo de las distintas explotaciones productivas e industriales, respetando de manera prioritaria el medio ambiente. 5)Fomentar y arbitrar los medios que permitan a los productores un fácil acceso a nuevas tecnologías y su uso idóneo paraalcanzar los niveles de costos y excelencias que exigen los mercados nacionales e internacionales. 6) Propender a una fluidacomunicación entre áreas afines de los municipios integrantes, para intercambiar experiencias, información, desarrollarprogramas comunes, entre otras cuestiones. 7) Fomentar la asociación de productores e industriales bajo las formas jurídicasque se consideren convenientes para gestionar y promover la comercialización de productos, bienes y servicios. 8) Generar uncompromiso solidario entre los integrantes del Consorcio tendiente a producir un crecimiento armónico, que evite la461-MÓDULO 3 – GEOGRAFÍA POLÍTICA Y CULTURALManual de Capacitación Docente - PE Olimpíada de Geografía de la República Argentina 2010.

Aires derivado de la actividad asociativa municipal, tal como surge del Cuadro 1.Cuadro 1.- Proceso de Integración Intermunicipal de la Provincia de Buenos Aires,Argentina.DENOMINACIÓNSIGLAMUNICIPIOSPARTIDOSEJESPRODUCTIVOSConsorcioIntermunicipal deDesarrolloRegional(Años 1993/2004 )CIDEREBenito Juárez, CoronelPringles, A. GonzálezCháves, San Cayetano, TresArroyos.LácteosCarnesProcesamiento decerealesConsorcio delCorredorProductivo delNoroeste de laProvincia deBuenos Aires(Año 1994 y ss.)COPRONOBALeandro N. Alem, Gral.Arenales, Junín, Rojas,Chacabuco, Gral. Pinto,Lincoln.PorcinoculturaApiculturaZona deCrecimientoComún(Año 1995 y ss.)ZCCBolívar, Gral. Alvear, Lobos,Roque Pérez, Saladillo,Tapalqué, 25 de Mayo.Ganadería de críaApiculturaCorredorProductivo deTandil-Olavarría-Azul-Rauch(Año 1991 y ss.)TOARTandil, Olavarría, Azul, Rauch.Ganadería de críaApiculturaForestalConsorcioProductivo deDesarrolloRegional-RegiónCuenca del Salado(Año 1994 y ss.)COPRODERSan Miguel del Monte, Gral.Paz, Gral. Belgrano, LasFlores, Pila, Dolores, Gral.Guido, Maipú, Ayacucho,Balcarce, Mar Chiquita.ApiculturaHorticulturaCorredorProductivoAtlántico NorteArgentino-Mar yPampa(Año 2001 y ss.)_Gral. Lavalle, La Costa,Pinamar, Villa Gesell, Gral.Madariaga.TurismoConsorcio delCorredorProductivo delSudoeste de laProvincia deBuenos Aires(Año 1993 y ss.)COPROSOPellegrini, Tres Lomas,Saliquelló, Guaminí, Daireaux,Gral. Lamadrid, Laprida, Cnel.Pringles, Cnel. Dorrego, MonteHermoso, Cnel. Rosales,Bahía Blanca, Villarino,Carmen de Patagones,Tornquist, Saavedra, Puán,Adolfo Alsina, Cnel. Suárez.OviniculturaApiculturaProducción deolivaresFuente: Elaboración propiaconcentración de riqueza y población en algunos distritos en detrimento de otros, sin que esto implique el cercenamiento de lasautonomías municipales, ni su derecho a implementar sus propias políticas de desarrollo. 9) Impulsar la constitución de un Forode Concejales en cada consorcio que permita unificar criterios, para una legislación común, en aquellos aspectos que le seaposible de acuerdo a su región.462 -MÓDULO 3 – GEOGRAFÍA POLÍTICA Y CULTURAL

Aires <strong>de</strong>rivado <strong>de</strong> la actividad asociativa municipal, tal como surge <strong>de</strong>l Cuadro 1.Cuadro 1.- Proceso <strong>de</strong> Integración Intermunicipal <strong>de</strong> la Provincia <strong>de</strong> Buenos Aires,Argentina.DENOMINACIÓNSIGLAMUNICIPIOSPARTIDOSEJESPRODUCTIVOSConsorcioIntermunicipal <strong>de</strong>DesarrolloRegional(Años 1993/2004 )CIDEREBenito Juárez, CoronelPringles, A. GonzálezCháves, San Cayetano, TresArroyos.LácteosCarnesProcesamiento <strong>de</strong>cerealesConsorcio <strong>de</strong>lCorredorProductivo <strong>de</strong>lNoroeste <strong>de</strong> laProvincia <strong>de</strong>Buenos Aires(Año 1994 y ss.)COPRONOBALeandro N. Alem, Gral.Arenales, Junín, Rojas,Chacabuco, Gral. Pinto,Lincoln.PorcinoculturaApiculturaZona <strong>de</strong>CrecimientoComún(Año 1995 y ss.)ZCCBolívar, Gral. Alvear, Lobos,Roque Pérez, Saladillo,Tapalqué, 25 <strong>de</strong> Mayo.Gana<strong>de</strong>ría <strong>de</strong> críaApiculturaCorredorProductivo <strong>de</strong>Tandil-Olavarría-Azul-Rauch(Año 1991 y ss.)TOARTandil, Olavarría, Azul, Rauch.Gana<strong>de</strong>ría <strong>de</strong> críaApiculturaForestalConsorcioProductivo <strong>de</strong>DesarrolloRegional-RegiónCuenca <strong>de</strong>l Salado(Año 1994 y ss.)COPRODERSan Miguel <strong>de</strong>l Monte, Gral.Paz, Gral. Belgrano, LasFlores, Pila, Dolores, Gral.Guido, Maipú, Ayacucho,Balcarce, Mar Chiquita.ApiculturaHorticulturaCorredorProductivoAtlántico NorteArgentino-Mar yPampa(Año 2001 y ss.)_Gral. Lavalle, La Costa,Pinamar, Villa Gesell, Gral.Madariaga.TurismoConsorcio <strong>de</strong>lCorredorProductivo <strong>de</strong>lSudoeste <strong>de</strong> laProvincia <strong>de</strong>Buenos Aires(Año 1993 y ss.)COPROSOPellegrini, Tres Lomas,Saliquelló, Guaminí, Daireaux,Gral. Lamadrid, Laprida, Cnel.Pringles, Cnel. Dorrego, MonteHermoso, Cnel. Rosales,Bahía Blanca, Villarino,Carmen <strong>de</strong> Patagones,Tornquist, Saavedra, Puán,Adolfo Alsina, Cnel. Suárez.OviniculturaApiculturaProducción <strong>de</strong>olivaresFuente: Elaboración propiaconcentración <strong>de</strong> riqueza y población en algunos distritos en <strong>de</strong>trimento <strong>de</strong> otros, sin que esto implique el cercenamiento <strong>de</strong> lasautonomías municipales, ni su <strong>de</strong>recho a implementar sus propias políticas <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo. 9) Impulsar la constitución <strong>de</strong> un Foro<strong>de</strong> Concejales en cada consorcio que permita unificar criterios, para una legislación común, en aquellos aspectos que le seaposible <strong>de</strong> acuerdo a su región.462 -MÓDULO 3 – GEOGRAFÍA POLÍTICA Y CULTURAL

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