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lo contemplan, siendo aún más escasos los supuestos de legislación específicaque lo regule (Cravacuore, 2004). 90Sin embargo, existen variadas herramientas jurídicas para desarrollarpolíticas en lo intermunicipal, que pueden ser consideradas suficientes para elactual estadio de la problemática. Aún con las diferencias que tienen las actualespolíticas asociativas respecto del pasado, no hay obstáculo jurídico para sudespliegue (LOSA, 1995). A este respecto, la doctrina jurídica argentina escoincidente, pero se debaten puntos concretos del desarrollo de ciertasexperiencias y, sobre todo, en lo referido a la materia supramunicipal. Nadieduda de la capacidad de los entes intermunicipales surgidos del proceso deasociacionismo, más allá de eventuales avatares, falta su reconocimiento comotales, tanto de instancias provinciales como privadas (en la medida que en casosse trata de personas jurídicas estatales y en otros no estatales), no siendonecesario siempre la inscripción o petición de personería jurídica alguna porcuanto la tienen por imperio constitucional e implícito (Barrera Buteler, 2001).En Argentina, si bien existen escasas formas normativamente previstaspara la regulación de las competencias, procedimientos de actuación yrelaciones de los entes u órganos que ejercen funciones administrativascontemplan el fenómeno intermunicipal, como experiencia original y autónoma,ello no implica que el catálogo de la organización administrativa argentina(personas jurídicas públicas estatales y no estatales, y personas jurídicasprivadas) no proporcione instrumentos que puedan ser reelaborados para suutilización en el ínter municipalismo.No obstante, admitir que cualquiera de los moldes actuales de laadministración puede usarse para la ínter municipalidad significa retacearinstrumental jurídico necesario para promover y profundizar esta experienciaentre los actores municipales argentinos, puesto que es echar mano a “trajesprestados”, montados para otras finalidades, con otro espíritu y sin laespecialidad, la jerarquía y la dinámica que el fenómeno asociativo municipalefectivamente requiere. (Giuliano 2006). En la práctica, resulta complejoencontrar características generalizables para las formas asociativas pues, bajodistintas denominaciones –asociaciones de municipios, entes o consorciosintermunicipales, corredores, micro regiones y otras semejantes -, se hanorganizado con grandes variaciones en cuanto al número y tipo de gobiernosinvolucrados, objetivos y metas, mecanismos de financiamiento y grado departicipación otorgada a las organizaciones de la sociedad civil, por lo queresulta complejo encontrar características generalizables.En un intento por trazar una tipología del asociacionismo intermunicipalen Argentina, puede señalarse, por una parte, atendiendo a la finalidad de losentes intermunicipales, que se percibe la existencia de dos modelos básicos deentes ínter municipales:a) consorcios de servicios, constituidos para la prestación de un serviciopúblico, en pos de un más eficaz y eficiente cumplimiento de las demandasciudadanas o de las tareas propias de administración, se presentan comoadecuados para brindar servicios en localidades con población reducida, en lasque no se alcanza la escala adecuada para hacerlos económicamente viables.90 Cada provincia argentina, comprometida en este proceso, debería generar una legislación local que modele la organizaciónintermunicipal, o en su defecto, y desde una postura ultrautonomista, debería esperarse esa iniciativa de cada una de lasunidades municipales de rango autónomo.457-MÓDULO 3 – GEOGRAFÍA POLÍTICA Y CULTURALManual de Capacitación Docente - PE Olimpíada de Geografía de la República Argentina 2010.

Pueden ser de constitución formal o de hecho 91 y su característica particular esla flexibilidad, ya que un mismo gobierno local puede asociarse con otrosdistintos gobiernos, según el tipo de servicio a prestar, pudiendo integrar más deun consorcio intermunicipal, dado que va articulándose con otros en distintasfunciones;b) entes micro regionales, integrados por un conjunto de gobiernoslocales que colectivamente persiguen el logro del desarrollo local-regional 92 eimplican, comparándolos con los entes de servicio, un nivel de mayorcoordinación de los gobiernos locales que crean una agenda intermunicipal entodos los órdenes de la administración.Por otra parte, atendiendo a la modalidad de gestión los entesintermunicipales, también se corresponden dos modelos: a) de gerenciaautónoma 93 y de b) coordinación delegada en un funcionario municipal de ungobierno local integrante del consorcio. 94 Por todo lo expuesto, y atendiendo aalgunas experiencias de agrupación o asociación de municipios desde unaperspectiva netamente jurídica y administrativa, puede avanzarse hacia unaconceptualización de puro corte teórico y no necesariamente legal.Asociación de municipios: Entidad asociativa compleja de carácter local que,acorde con las experiencias conocidas, se caracteriza por ser una composiciónde otros entes públicos de carácter primario; en el caso de Argentina, los propiosmunicipios. Siendo posible hablar de entes locales de segundo grado, puestoque constituyen entes compuestos que, contando con el reconocimiento previode los municipios que los integran, no son comunidades interindividuales, ya queen ellas no participan los vecinos sino las entidades previas de las que estosparticipan de manera directa.Mancomunidades: Asociaciones de municipios para el cumplimiento de losfines y funciones que son de su competencia y que, a raíz de su naturaleza ydimensión, exigen la cooperación recíproca de los entes, con el objeto derealizar obras o prestar servicios. Los municipios se asocian con otros enmancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios de sucompetencia, aunque estos entes locales no pueden asumir la totalidad de lascompetencias asignadas a los respectivos municipios.Agrupaciones: Desde una perspectiva técnica, se trata de entidades localescomplejas, de carácter forzoso o necesario. Sus componentes son siempre91 Los entes formalizados contemplan un conjunto de procedimientos legales (generalmente la firma de un conveniointermunicipal y su posterior ratificación por los concejos deliberantes); los de hecho, que dos o más gobiernos locales seponen de acuerdo para coordinar políticas pero no rubrican actos administrativos, por impedimento o por falta de vocación. Unejemplo positivo de estos últimos lo ofrece el Sistema de Compras Conjuntos, promovido por la Municipalidad de General Pinto(provincia de Buenos Aires) por el cual los municipios negociaban en conjunto la compra de bienes, buscando los precios másbajos por la compra colectiva pero luego solicitaban la facturación por separado porque no podían hacer lo de manera únicapara todos los municipios porque la ley provincial no lo permite. La experiencia ha logrado reducciones de costos de entre 30%y 40% (CRAVACUORE et alii 2004b).92 Según un relevamiento reciente, éste aparece como el modelo predominante en la Argentina, puesto que la totalidad de losentes intermunicipales tienen, entre sus objetivos, el desarrollo económico. Se ha de asociar la cuestión con la instalación de latemática en la agenda local después de mediados de la década de 1990, cuando la crisis de las economías regionales y elincremento del desempleo dieron lugar a la creación de nuevos instrumentos para paliar localmente los efectos negativos de lapolítica económica.93 Implica la delegación, por parte de los gobiernos locales, de la coordinación del ente intermunicipal en un funcionariocontratado especialmente, que acompaña al consejo directivo integrado por los intendentes o presidentes comunales. Elcoordinador o gerente puede ser acompañado por un grupo de colaboradores que se dediquen con exclusividad a la gestióndel ente, por lo que los gobiernos locales integrantes deben garantizar los recursos necesarios para el sostenimiento de estaestructura administrativa.94 Si bien resulta más eficiente, puede generar un efecto nocivo sobre el proceso de articulación, puesto que un funcionariomunicipal ha de responder a las necesidades de su propio municipio y, simultáneamente, velar por los intereses del conjuntode gobiernos locales, lo que se torna más que dificultoso en la práctica debido a que se espera que el mismo sea capaz dedesarrollar ambas tareas con eficacia y se corre el riesgo de concentrar beneficios colectivos en un único gobierno local.458 -MÓDULO 3 – GEOGRAFÍA POLÍTICA Y CULTURAL

lo contemplan, siendo aún más escasos los supuestos <strong>de</strong> legislación específicaque lo regule (Cravacuore, 2004). 90Sin embargo, existen variadas herramientas jurídicas para <strong>de</strong>sarrollarpolíticas en lo intermunicipal, que pue<strong>de</strong>n ser consi<strong>de</strong>radas suficientes para elactual estadio <strong>de</strong> la problemática. Aún con las diferencias que tienen las actualespolíticas asociativas respecto <strong>de</strong>l pasado, no hay obstáculo jurídico para su<strong>de</strong>spliegue (LOSA, 1995). A este respecto, la doctrina jurídica argentina escoinci<strong>de</strong>nte, pero se <strong>de</strong>baten puntos concretos <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> ciertasexperiencias y, sobre todo, en lo referido a la materia supramunicipal. Nadieduda <strong>de</strong> la capacidad <strong>de</strong> los entes intermunicipales surgidos <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong>asociacionismo, más allá <strong>de</strong> eventuales avatares, falta su reconocimiento comotales, tanto <strong>de</strong> instancias provinciales como privadas (en la medida que en casosse trata <strong>de</strong> personas jurídicas estatales y en otros no estatales), no siendonecesario siempre la inscripción o petición <strong>de</strong> personería jurídica alguna porcuanto la tienen por imperio constitucional e implícito (Barrera Buteler, 2001).En Argentina, si bien existen escasas formas normativamente previstaspara la regulación <strong>de</strong> las competencias, procedimientos <strong>de</strong> actuación yrelaciones <strong>de</strong> los entes u órganos que ejercen funciones administrativascontemplan el fenómeno intermunicipal, como experiencia original y autónoma,ello no implica que el catálogo <strong>de</strong> la organización administrativa argentina(personas jurídicas públicas estatales y no estatales, y personas jurídicasprivadas) no proporcione instrumentos que puedan ser reelaborados para suutilización en el ínter municipalismo.No obstante, admitir que cualquiera <strong>de</strong> los mol<strong>de</strong>s actuales <strong>de</strong> laadministración pue<strong>de</strong> usarse para la ínter municipalidad significa retacearinstrumental jurídico necesario para promover y profundizar esta experienciaentre los actores municipales argentinos, puesto que es echar mano a “trajesprestados”, montados para otras finalida<strong>de</strong>s, con otro espíritu y sin laespecialidad, la jerarquía y la dinámica que el fenómeno asociativo municipalefectivamente requiere. (Giuliano 2006). En la práctica, resulta complejoencontrar características generalizables para las formas asociativas pues, bajodistintas <strong>de</strong>nominaciones –asociaciones <strong>de</strong> municipios, entes o consorciosintermunicipales, corredores, micro regiones y otras semejantes -, se hanorganizado con gran<strong>de</strong>s variaciones en cuanto al número y tipo <strong>de</strong> gobiernosinvolucrados, objetivos y metas, mecanismos <strong>de</strong> financiamiento y grado <strong>de</strong>participación otorgada a las organizaciones <strong>de</strong> la sociedad civil, por lo queresulta complejo encontrar características generalizables.En un intento por trazar una tipología <strong>de</strong>l asociacionismo intermunicipalen Argentina, pue<strong>de</strong> señalarse, por una parte, atendiendo a la finalidad <strong>de</strong> losentes intermunicipales, que se percibe la existencia <strong>de</strong> dos mo<strong>de</strong>los básicos <strong>de</strong>entes ínter municipales:a) consorcios <strong>de</strong> servicios, constituidos para la prestación <strong>de</strong> un serviciopúblico, en pos <strong>de</strong> un más eficaz y eficiente cumplimiento <strong>de</strong> las <strong>de</strong>mandasciudadanas o <strong>de</strong> las tareas propias <strong>de</strong> administración, se presentan comoa<strong>de</strong>cuados para brindar servicios en localida<strong>de</strong>s con población reducida, en lasque no se alcanza la escala a<strong>de</strong>cuada para hacerlos económicamente viables.90 Cada provincia argentina, comprometida en este proceso, <strong>de</strong>bería generar una legislación local que mo<strong>de</strong>le la organizaciónintermunicipal, o en su <strong>de</strong>fecto, y <strong>de</strong>s<strong>de</strong> una postura ultrautonomista, <strong>de</strong>bería esperarse esa iniciativa <strong>de</strong> cada una <strong>de</strong> lasunida<strong>de</strong>s municipales <strong>de</strong> rango autónomo.457-MÓDULO 3 – GEOGRAFÍA POLÍTICA Y CULTURALManual <strong>de</strong> Capacitación Docente - PE Olimpíada <strong>de</strong> Geografía <strong>de</strong> la República Argentina <strong>2010</strong>.

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