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American Express Bank International - Cámara de Diputados

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-173-________________________________________________________________________BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.Financiación <strong>de</strong> Comercio InternacionalC/ Alcalá, 16 – 2ª Planta28014 MADRID (España)Muy Señores nuestros:Actuamos como abogados ejercientes en la República Dominicana y en relación con elConvenio <strong>de</strong> Crédito <strong>de</strong> fecha 9 <strong>de</strong> Diciembre <strong>de</strong> 2005, por importe <strong>de</strong> $USA 1.236.680,32celebrado entre ese BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. con la SECRETARÍATÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA (el Acreditado) ylos 4 PAGARÉS emitidos para el pago <strong>de</strong>l CRÉDITO.En relación con la operación reseñada en el párrafo anterior, hemos examinado elConvenio <strong>de</strong> Crédito y <strong>de</strong>más documentos que hemos consi<strong>de</strong>rado necesario estudiar a fin<strong>de</strong> fundamentar el presente dictamen, y especialmente los PAGARÉS en que se instrumentael CRÉDITO. En tal examen, hemos partido <strong>de</strong> la autenticidad <strong>de</strong> todas las firmas y <strong>de</strong>todos los documentos que han sido sometidos a nuestro informe. Por lo que se refiere a losaspectos materiales y <strong>de</strong> hecho, relacionados con el presente dictamen, hemos confiadoúnicamente en Certificados <strong>de</strong> Autorida<strong>de</strong>s Públicas y en Certificados y datos,públicamente conocidos, <strong>de</strong>l Acreditado.Las opiniones contenidas en el presente documento se limitan a lo relacionado con lasLeyes <strong>de</strong> la República Dominicana, sin que expresemos opinión alguna respecto <strong>de</strong>materias regidas por o constituidas <strong>de</strong> acuerdo con cualquier otra Ley, asumiendo que elConvenio <strong>de</strong> Crédito es válido y eficaz conforme a la Ley española, y los pagarés emitidos,conforme al mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong>l Anexo I al Convenio, son válidos y eficaces confirme a la Ley <strong>de</strong>lEstado <strong>de</strong> Nueva York.Con base en lo anteriormente expuesto, emitimos el siguiente dictamen:

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