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American Express Bank International - Cámara de Diputados

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-156-________________________________________________________________________8.5. Suspensión <strong>de</strong> la disposición <strong>de</strong>l CRÉDITOSin perjuicio <strong>de</strong> lo señalado en el presente ARTICULO, el BANCO podrá suspen<strong>de</strong>r<strong>de</strong> inmediato la disposición <strong>de</strong>l CRÉDITO, si se produjera cualquiera <strong>de</strong> lassiguientes circunstancias:a) Si hubiera finalizado el período <strong>de</strong> utilización <strong>de</strong>l CRÉDITO, <strong>de</strong> conformidad conlo establecido en el ARTICULO 7.b) Si el BANCO constatase que los fondos utilizados con cargo al CRÉDITO no seaplican a los fines previstos en el CONVENIO.c) Si el BANCO tiene conocimiento <strong>de</strong> que se ha producido controversia entre elACREDITADO y el SUMINISTRADOR en relación con la ejecución <strong>de</strong>lCONTRATO, ya sea por vía judicial o recurriendo al arbitraje. A estos efectos,para iniciar los pagos el BANCO <strong>de</strong>berá recibir:c.1) De la parte <strong>de</strong>mandante una notificación <strong>de</strong> haber <strong>de</strong>sistido <strong>de</strong> la<strong>de</strong>manda o, en su caso, <strong>de</strong>l ACREDITADO y/o el SUMINISTRADORcomunicando que el arbitraje ha sido retirado.c.2) Una notificación indicando que el procedimiento judicial o arbitral se haresuelto por sentencia o laudo firmes y <strong>de</strong>finitivos a favor <strong>de</strong>lSUMINISTRADOR, acompañada <strong>de</strong> un dictamen legal emitido por unbufete <strong>de</strong> abogados <strong>de</strong> primera línea <strong>de</strong>l país en que se emitió laresolución certificando la firmeza <strong>de</strong> la sentencia o laudo arbitral.c.3) Una comunicación <strong>de</strong>l ACREDITADO por la que autorice <strong>de</strong>bidamente alBANCO a efectuar el pago objeto <strong>de</strong>l arbitraje o litigio, en el caso <strong>de</strong> quetal litigio haya sido resuelto <strong>de</strong>finitivamente a favor <strong>de</strong>l ACREDITADO,<strong>de</strong>biendo indicar en este caso el importe a pagar.

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