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acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal ...

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) En COMPENSACION ECONOMICA; La valoración <strong>de</strong> <strong>las</strong> gratificaciones económicasa percibir por la realización <strong>de</strong> servicios extraordinarios fuera <strong>de</strong> la jornada normal <strong>de</strong> <strong>trabajo</strong> seefectuará atendiendo a los siguientes criterios:* El coste base <strong>de</strong> una hora normal, que queda fijado en el apartado siguiente, seincrementará en un 75% cuando su realización se lleve a cabo en horario diurno, en un 100%cuando se trate <strong>de</strong> horario nocturno y en un 150% cuando se trate <strong>de</strong> festivo.* El coste base <strong>de</strong> <strong>las</strong> horas, por grupos es el siguiente:Grupo A: 17€Grupo B: 15€Grupo C: 13€Grupo D: 11€Grupo E: 9€* Por tanto, el valor <strong>de</strong> <strong>las</strong> distintas horas, por grupos son:) * 3 45 $ 5 * 5 . 1 /6 % 760 - 8 & & 8 % 0& 4 /0 % 2 % 0 - & & & - 60& /- % % 60 % 2 & & - % 60 // /7% 0 % % & & % 60& 7 /060 /9 & & % % 0& Estos valores permanecerán invariables durante todo el período <strong>de</strong> vigencia <strong>de</strong>l presentepacto, no siéndole <strong>de</strong> aplicación los incrementos <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Presupuestos Generales <strong>de</strong>lEstado.ARTICULO 62.- PRODUCTIVIDAD GENERAL:Todos los empleados públicos que reúnan los requisitos que a continuación se reseñantendrán <strong>de</strong>recho a percibir, en concepto <strong>de</strong> productividad anual y por grupos <strong>de</strong> c<strong>las</strong>ificación, losimportes que asimismo se indican:GRUPO A: …..….900€GRUPO B: ……....850€GRUPO C:……… 800€GRUPOS D/E: .…793€Dichas cantida<strong>de</strong>s se abonarán a todos los empleados públicos que reúnan lossiguientes requisitos:a) Ser funcionario <strong>de</strong> carrerab) Ser funcionario interino con una antigüedad mínima <strong>de</strong> ocupación <strong>de</strong> la plazarespectiva <strong>de</strong> 2 años.Los importes anteriormente reseñados se abonarán divididos en dos pagas,conjuntamente con <strong>las</strong> nóminas <strong>de</strong> Marzo y Septiembre .El reparto <strong>de</strong> la productividad se llevará a cabo conforme a unos criterios objetivosregulados en el Reglamento <strong>de</strong> Productividad establecidos y aprobado por la MGN y publicadoen el BOP el 22 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2003, previa aprobación por el Ayuntamiento Pleno y sucesivasmodificaciones <strong>de</strong>l mismo.Las cantida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>stinadas a productividad sufrirán un incremento anual igual alporcentaje que se fije por la Ley <strong>de</strong> Presupuestos Generales <strong>de</strong>l Estado.ARTICULO 63.- MODIFICACIONES DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJOE INCREMENTOS DE LA PRODUCTIVIDAD GENERAL:

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