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acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal ...

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Ser hijo <strong>de</strong> empleado público <strong>de</strong> la Corporación fallecido en activo, y menor <strong>de</strong> 18 años.A la renta per capita anual le será <strong>de</strong> aplicación el siguiente baremo:Ingresos superiores a. 20.000 euros no les será concedida beca alguna.Ingresos comprendidos entre 18.000 € y 20.000 €, se les conce<strong>de</strong>rá el 25% <strong>de</strong> la beca.Ingresos comprendidos entre15.000 euros y 18.000 euros, se les conce<strong>de</strong>rá el 50% <strong>de</strong> labeca.Ingresos inferiores a 15.000 euros, se les conce<strong>de</strong>rá el 100% <strong>de</strong> la beca.En caso <strong>de</strong> existencia <strong>de</strong> un hijo minusválido en la familia, a éste se le conce<strong>de</strong>rá el100% <strong>de</strong> la beca establecida, siempre que la renta per capita anual por unidad familiar no superelos 20.000 euros.En cualquiera <strong>de</strong> los casos, para tener <strong>de</strong>recho al disfrute <strong>de</strong> estas becas, elAyuntamiento revisará anualmente la renta per capita por unidad familiar, a fin <strong>de</strong> comprobar quese cumplen los requisitos económicos indicados para que nazca el <strong>de</strong>recho a su percibo.En caso <strong>de</strong> comprobarse que concurren los requisitos necesarios para percibir la beca,el importe correspondiente al 100% <strong>de</strong> la misma será <strong>de</strong> 1.500 euros anuales.ARTICULO 48.- ANTICIPOS REINTEGRABLES.1.-Todos los empleados públicos <strong>de</strong>l Ayuntamiento tendrán <strong>de</strong>recho a solicitar y obtenerun anticipo equivalente a dos pagas <strong>de</strong> retribuciones íntegras o por un importe máximo <strong>de</strong> 3.500€, a su elección, a <strong>de</strong>volver en un plazo máximo <strong>de</strong> 24 meses. Dicho plazo podrá ser inferior,previa solicitud <strong>de</strong>l trabajador.2.- No podrá solicitarse un nuevo anticipo mientras no se cancele el anterior. Noobstante, previo <strong>acuerdo</strong> <strong>de</strong> la MGN, y para un asunto urgente el cual se ha <strong>de</strong> <strong>de</strong>mostrardocumentalmente, se podrá excepcionalmente hacer compatibles dos anticipos.3.- Para la concesión <strong>de</strong> los anticipos, los trabajadores <strong>de</strong>berán estar en situación <strong>de</strong>servicio activo, en caso <strong>de</strong> solicitar exce<strong>de</strong>ncia proce<strong>de</strong>rá a liquidar los anticipos contraídos.ARTICULO 49.- AYUDA A LA NUPCIALIDAD:Cada empleado público al contraer matrimonio o formalizar en el Registrocorrespondiente Unión <strong>de</strong> Hecho, percibirá una ayuda <strong>de</strong> doscientos diez euros (210€).ARTICULO 50.- ASISTENCIA LETRADAEl Ayuntamiento garantiza la asistencia jurídica gratuita especializada, siempre que seanecesaria, a los empleados públicos por causa <strong>de</strong> conflictos <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong> la prestación <strong>de</strong>servicios, siempre que la pretensión <strong>de</strong>l trabajador no se dirija contra el Ayuntamiento.Igualmente la Corporación protegerá a los empleados públicos que por razón <strong>de</strong>l<strong>de</strong>sempeño correcto <strong>de</strong> sus funciones, sea objeto <strong>de</strong> injurias, calumnias, difamación, ultraje,amenaza o cualquier otra que atenten contra el honor y la dignidad <strong>de</strong>l empleado público o susbienes, ejerciendo todas <strong>las</strong> acciones que legalmente procedan.ARTICULO 51.- FONDO SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO PARA LOS ORGANOSPARITARIOSSe establece una asignación <strong>de</strong> tres mil euros (3.000€) para la Junta <strong>de</strong> Personal., paraaten<strong>de</strong>r necesida<strong>de</strong>s sociales, culturales y <strong>de</strong>portivas <strong>de</strong> los empleados públicos, para lo que seaportará un programa <strong>de</strong> distribución <strong>de</strong> gastos.ARTICULO 52.- DISFRUTE DE LAS INSTALACIONES MUNICIPALES:Los funcionarios <strong>de</strong> la Policía Local tendrán <strong>de</strong>recho al acceso gratuito al GimnasioMunicipal, al Estadio Municipal y a la Piscina Municipal, para la realización <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>preparación física. Tales activida<strong>de</strong>s se llevarán a cabo en el horario <strong>de</strong> menor afluencia <strong>de</strong>personas y previamente coordinado con <strong>las</strong> respectivas instalaciones.ARTICULO 53.- LOCAL DE DESAYUNO

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