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Nayarit - Testamentos

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(REFORMADO, P.O. 17 DE DICIEMBRE DE 2005)c).- Tres vocales, de los cuales uno será el Presidente del Consejo Directivo delColegio, en su carácter de miembro del Consejo Directivo de la AsociaciónNacional del Notariado Mexicano A.C.; los otros dos deberán ser Notarios delEstado, designados por el Colegio. Los suplentes serán nombrados por quiendesigne a los titulares.(REFORMADO, P.O. 17 DE DICIEMBRE DE 2005)d).- Los exámenes de Notario y Notario Suplente Adscrito, serán por oposiciónsalvo en el caso de propuesta por el notario titular, y consistirán en dos pruebasaplicables a cada sustentante, una práctica y otra teórica;III. Los exámenes, tanto en su prueba escrita como la teórica, se efectuarán en lasede designada por la Dirección;IV. La prueba práctica consistirá en la redacción de uno o varios instrumentosnotariales, su tema será sorteado de entre veinte formulados por el Presidente delJurado, contenidos en sobre cerrado, sellado y rubricado por el Director Estatal delNotariado;V. La prueba práctica se desahogará bajo la vigilancia del Director Estatal delNotariado y cualquier otro integrante del Jurado, pudiendo auxiliarse lossustentantes, si así lo desean de un mecanógrafo que no sea licenciado enDerecho, ni tenga estudios en esta materia; el sustentante únicamente podrá estarprovisto de leyes y libros de consulta necesarios. Cada uno de los vigilantesdeberá comunicar por separado o conjuntamente al jurado las irregularidades quehubiere percibido durante el desarrollo de esta prueba, con copia a la autoridadcompetente. Si a juicio del jurado, dichas irregularidades no impiden lacontinuación del examen, para esos efectos se tendrán por no hechas y nocuestionarán ni afectarán el resultado del mismo;VI. Para la prueba práctica, los sustentantes dispondrán de seis horas corridas;VII. Además de la resolución del caso mediante la redacción del instrumento oinstrumentos respectivos, como parte de la misma prueba escrita, en pliegoaparte, el sustentante deberá razonar y sustentar la solución que dio, expresaráespecialmente las alternativas de solución que tuvo y las razones en pro y encontra de dichas alternativas y las que apoyen su respuesta e indicará los apoyoslegales, jurisprudenciales y doctrinales que pudiere invocar;VIII. La prueba teórica será pública y consistirá en preguntas relacionadas con eltipo de examen relativo, estando facultados los miembros del Jurado paracuestionar al sustentante sobre aspectos generales de la Función Notarial;IX. El jurado calificará la resolución de la prueba práctica y efectuaráordenadamente la prueba teórica mediante turno de réplicas, empezando por el

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