11.07.2015 Views

Nayarit - Testamentos

Nayarit - Testamentos

Nayarit - Testamentos

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ejercer sus funciones fuera de los límites de la Demarcación Notarial de suadscripción. Los actos que se celebren ante su fe, podrán referirse a cualquier otrolugar, siempre que se dé cumplimiento a las disposiciones de esta Ley.Se prohíbe a quienes no son Notarios usar en anuncios al público, en oficinas deservicios o comercios, que den la idea que quien los usa o a quien beneficiarealiza trámites o funciones notariales sin ser Notario, tales como "asesoríanotarial", "trámites notariales", "servicios notariales", "escrituras notariales", "actasnotariales", así como otros términos semejantes referidos a la función notarial yque deban comprenderse como propios de ésta.Artículo 34.- Se aplicarán las penas previstas por el artículo 249 del Código Penala quien, careciendo de la Patente de Notario expedida en los términos de esta Leyrealizare alguna de las siguientes conductas:I. Ostentarse, anunciarse como tal o inducir a la creencia de que es Notario paraejercer o simular ejercer funciones notariales, o ejercerlas de hecho.II. Tener oficina notarial, o lugar donde se realicen actividades notariales omeramente de asesoría notarial o de firmas para instrumentos notariales.Artículo 35.- También se aplicarán las penas previstas por el artículo 249 delCódigo Penal al que sin ser Notario, o siendo Notario con patente de otra Entidaddistinta del Estado de <strong>Nayarit</strong>, introduzca a éste o conserve en su poder, por sí opor interpósita persona, libros de protocolo o de folios de otra entidad, con lafinalidad de llevar a cabo actos que únicamente pueden realizar Notarios delEstado.Artículo 36.- El aspirante a Notario, el que haya sido Notario del Estado de<strong>Nayarit</strong> o el Notario suspendido en el ejercicio de su función que realice cualquierade las conductas previstas en los artículos 34 y 35 de esta ley se hará acreedor ala pena establecida por el artículo 249 del Código Penal.Artículo 37.- El Notario que consienta con las conductas descritas por losartículos 34 y 35 de esta ley, se hará acreedor a la sanción prevista en el artículoanterior.(REFORMADO, P.O. 12 DE DICIEMBRE DE 2009)Artículo 38.- Anualmente el Notario y su Suplente adscrito, para acreditar laactualización de la función que ejercen, deberán obtener la certificación ya sea enel curso que realiza el Colegio dentro de los primeros cuatro meses de cada año oen el que organiza la Asociación Nacional del Notariado Mexicano A. C. El Notarioy en su caso su suplente, que no cuenten con la certificación por causasimputables a él, se hará acreedor a la sanción establecida por el artículo 221 deesta ley.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!