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informe tributario - AELE

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INFORME TRIBUTARIOPrestaciones AlimentariasEn este Informe se analizan los alcances, contenido, efectos e implicanciaslaborales y tributarias de la Ley Nº 28051, Ley de Prestaciones Alimentarias.INTRODUCCIÓNMediante la Ley Nº 28051 publicada el 02 de agosto de 2003se ha aprobado el beneficio de Prestaciones Alimentarias (PA)con fines promocionales en favor de los trabajadores sujetos alrégimen laboral de la actividad privada.El objeto de la norma es que los empleadores puedan mejorarlos ingresos de los trabajadores entregándoles bienes de consumoalimentario con la participación de terceros, en condicionesadecuadas. Dado que este beneficio persigue mejorar losingresos de los trabajadores, solo puede otorgarse para incrementarlos ingresos que vienen percibiendo actualmente y nopuede significar la rebaja de su sueldo actual para ser compensadocon las PA.El beneficio puede otorgarse por medios que comprendendesde el acto unilateral del empleador (1) , el contrato individual, ytratándose de negociaciones colectivas, por cualquiera de losmedios de solución que contempla la Ley de Relaciones Colectivas(D. L. Nº 25593). Sin embargo, si el trabajador no acepta laPA, ésta no podrá aplicarse.1. Prestaciones alimentarias: La Ley se aparta de los modelostradicionales europeos que sólo se circunscriben al financiamientodel desayuno, almuerzo y cena (Italia, España), y se opta porun sistema más amplio que comprende toda clase de bienes deconsumo alimentario, por lo que también están comprendidos eneste alcance de la Ley, los bienes secos, enlatados y demás quese expenden en centros comerciales, tiendas y bodegas afiliadas.Así las PA se convierten en una remuneración en especie conefectos restringidos, pues a pesar de tener la calidad de pago enespecie, conforme a la Ley, no tienen los alcances jurídicos de unaremuneración en especie.El valor de las prestaciones alimentarias no podrá exceder del20 por ciento del monto de la remuneración ordinaria percibida porel trabajador a la fecha de vigencia de la Ley (Ver cuadro Nº 1).En ningún caso, el valor de la prestación alimentaria podrásuperar las dos (02) remuneraciones mínimas vitales.CUADRO Nº 1CÁLCULO DEL TOPE MÁXIMO DE LA PA POR REMUNERACIÓNRemuneraciónOrdinaria41050060080090010001200PrestaciónCálculo20%82100120160180200240RMV: S/. 410.00P. AlimentariaTope82100120160180200240ExcesoAfecto0000000RMV: S/. 460.00P. AlimentariaTope82100120160180200240ExcesoAfecto0000000RemuneraciónOrdinaria14001500160018002000220025003000350040004100460060006500700075008500950010000CUADRO Nº 1CÁLCULO DEL TOPE MÁXIMO DE LA PA POR REMUNERACIÓNPrestaciónCálculo20%28030032036040044050060070080082092012001300140015001700190020002. Tipos de suministro de las PALas Prestaciones Alimentarias se podrán conceder a travésdel Suministro Directo o Indirecto, pero en ambos casos son voluntariasy pueden originarse en cualquiera de las vías antes descritas.Los tipos de prestaciones alimentarias son:– Por suministro directo– Por suministro indirecto2.1 Suministro DirectoRMV: S/. 410.00 RMV: S/. 460.00P. AlimentariaTope280300320360400440500600700800820820820820820820820820820ExcesoAfecto0000000000010038048058068088010801180P. AlimentariaTope280300320360400440500600700800820920920920920920920920920ExcesoAfecto00000000000028038048058078098010802.1.1 Tipos de suministro directoEs el que otorga el empleador «valiéndose de los servicios decomedor o concesionario provisto en el centro de trabajo…».a) Servicios de comedor: Se refiere al caso en que el empleadorhabilita un ambiente o lugar para que los trabajadores ingieranlos alimentos (desayuno, almuerzo y cena) elaborados por elpropio empleador. En este caso el empleador financia la totalidado parte de la alimentación, desayuno, almuerzo o cena queconsumen los trabajadores en el comedor.b) Concesionarios: La Ley se refiere en este caso a las empresaso personas naturales que proporcionan a los trabajadoresde un empleador el servicio de preparar y servir los alimentos–––––––(1) Dado que la PA es una vía para el incremento de remuneraciones, no estáprohibido en la norma que el empleador utilice el acto unilateral para otorgarla.AGOSTO 2003 25

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